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AFIP: ¿Cómo saber si tengo CUIT?

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirmó que el mes que viene comenzará a realizar la devolución de las percepciones compras de dólares a los contribuyentes que no están alcanzados por Ganancias ni Bienes Personales. Para solicitar dicho reintegro, la persona debe cumplir con una serie de requisitos, uno de los cuales consiste en tener Clave Única Identificación Tributaria. En este artículo explicamos cómo saber si se tiene CUIT por www.afip.gob.ar. Las personas que hayan sufrido percepciones por compra de moneda extranjera y paquetes turísticos y las compras efectuadas en comercios del exterior con tarjeta de crédito y de débito, sin importar si las mismas fueron efectuadas en dólares o en pesos, tienen la oportunidad de cargar el Formulario […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirmó que el mes que viene comenzará a realizar la devolución de las percepciones compras de dólares a los contribuyentes que no están alcanzados por Ganancias ni Bienes Personales. Para solicitar dicho reintegro, la persona debe cumplir con una serie de requisitos, uno de los cuales consiste en tener Clave Única Identificación Tributaria. En este artículo explicamos cómo saber si se tiene CUIT por www.afip.gob.ar.

Las personas que hayan sufrido percepciones por compra de moneda extranjera y paquetes turísticos y las compras efectuadas en comercios del exterior con tarjeta de crédito y de débito, sin importar si las mismas fueron efectuadas en dólares o en pesos, tienen la oportunidad de cargar el Formulario 746/A por Internet para solicitar su reintegro. Para efectuar dicho trámite es necesario seguir los pasos indicados AQUÍ.

Los requisitos para solicitar la devolución de las percepciones son los siguientes:

  • Tener CUIT.
  • Haber registrado y aceptado los datos biométricos.
  • Contar con Clave Fiscal con nivel de seguridad 3.
  • Declarar el CBU de la cuenta bancaria en la que se desea recibir el depósito de la devolución.

Los tres primeros puntos deben ser tramitados en la oficina de AFIP correspondiente a la jurisdicción del domicilio fiscal del solicitante.

En caso de no cumplir con alguno de los requisitos anteriormente detallados, el sistema emite un mensaje de error del Art. 2° de la RG 3420. Es por esta razón que es necesario verificar que se cumple con cada uno de dichos puntos.

Hemos recibido muchos comentarios de usuarios que afirman cumplir con todos los requisitos para pedir el reintegro pero el sistema sigue emitiendo dicho mensaje de error. En dichos casos aconsejamos verificar que se tenga CUIT, clave que, si bien el mismo número, no es lo mismo que CUIL.

Verificar si se tiene CUIT

Para efectuar dicha verificación es necesario hacer clic ACÁ; ingresar el número de CUIT y código de validación que muestra el sitio; y pulsar «Consultar». Si el sistema indica «La clave ingresada no es una CUIT» significa que es necesario tramitar la Clave Única Identificación Tributaria.

En caso de que se trate de un CUIT pero que no esté inscripto en ningún tributo, la constancia de inscripción dirá «No registra impuestos activos». Este es el caso de los empleados en relación de dependencia y los desempleados.

¿Cómo tramitar el CUIT?

El contribuyente debe dirigirse a la delegación del organismo recaudador que corresponda a su jurisdicción. Allí tendrá que presentar el F460/F por duplicado, el cual se puede bajar e imprimir en formato PDF accediendo a ESTE enlace; el DNI; y dos constancias que acrediten el domicilio fiscal que se declara.

28 comentarios en “AFIP: ¿Cómo saber si tengo CUIT?”

  1. Hola. Quise pedir la devolución del 35% (dolar ahorro) del 2020 y me pide CUIT.
    Yo soy empleado en relación de dependencia, no tengo monotributo ni nada de eso. Si me hago el CUIT no tendré alguna otra obligación o impuesto que tributar?

    Entiendo que solo es un tramite para generar/habilitar el CUIT, pero nada más.

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