Carpeta abierta con logo de AFIP

AFIP: Plan de Facilidades de Pago permanente ¿tasa de interés fija o variable?

Desde su anuncio, hemos recibido varias consultas sobre el nuevo Plan de Facilidades de Pago permanente de AFIP para autónomos, monotributistas y compañías con ingresos de hasta 250 millones de pesos. Una de las mayores dudas de nuestros lectores es si se trata de una tasa de interés fija o variable. Por lo cual hemos decidido publicar este artículo para aclarar dicho punto. La tasa de interés del Plan de Facilidades de Pago de AFIP será fija. Sin embargo, debido a que se tratará de un régimen permanente, la misma se irá actualizando el día 20 de cada mes tomando como referencia la Tasa Nominal Anual (TNA) del Banco Nación para los plazos fijos a 180 días más 2 puntos […]

Desde su anuncio, hemos recibido varias consultas sobre el nuevo Plan de Facilidades de Pago permanente de AFIP para autónomos, monotributistas y compañías con ingresos de hasta 250 millones de pesos. Una de las mayores dudas de nuestros lectores es si se trata de una tasa de interés fija o variable. Por lo cual hemos decidido publicar este artículo para aclarar dicho punto.

La tasa de interés del Plan de Facilidades de Pago de AFIP será fija. Sin embargo, debido a que se tratará de un régimen permanente, la misma se irá actualizando el día 20 de cada mes tomando como referencia la Tasa Nominal Anual (TNA) del Banco Nación para los plazos fijos a 180 días más 2 puntos para los pequeños contribuyentes con ingresos anuales de hasta 91 millones de pesos y más 6 puntos para los que superen dicha facturación anual.

Por lo cual, por ejemplo, aquellos que se adhieran al plan de pagos de AFIP el día 10 de abril tendrán la tasa de interés del 20 de marzo.

Las deudas a ingresar en el Plan de Facilidades de Pago permanente son las siguientes:

  • Los aportes de autónomos, monotributistas y trabajadores en relación de dependencia.
  • Impuesto integrado del Monotributo.
  • Deuda de contribuyentes en áreas de emergencia.

No será posible regularizar retenciones y percepciones impositivas y previsionales corrientes, anticipos o pagos a cuenta, IVA (Impuesto al Valor Agregado) por importación de servicios, prima de la ART (Aseguradora de Riesgo de Trabajo) y deudas declaradas en planes de pagos vigentes. Quedan excluidos de este régimen aquellos ciudadanos que se encuentren imputados penalmente.

Las obligaciones adeudadas podrán ser financiadas en hasta en 3 cuotas para los aportes de trabajadores en relación de dependencia; hasta en 6, las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social; hasta en 20, las obligaciones por contribuyentes inscriptos en el Régimen General y Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes; y hasta en 24, las generadas por ajustes de inspección.

El monto mínimo de la cuota es de $500 para los autónomos y monotributistas y de $1.000 para el resto.

El nuevo Plan de Pagos de AFIP utilizará un sistema de amortización será el francés y cada cuota será debitada directamente de una cuenta bancaria del contribuyente.

Para evitar la caída de planes, se implementará un sistema de aletas por SMS y la ventanilla electrónica del domicilio fiscal electrónico. El régimen caducará a los 60 días de adeudadas dos cuotas o pasado dicho tiempo de vencida la última cuota.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *