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AFIP: Consultar si me depositaron el reintegro del 20% o 35% por compra de dólar

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha dado comienzo a efectuar la devolución de las percepciones por operaciones en moneda extranjera. Los interesados en consultar si le han depositado el reintegro del 20% o 35% por compra de dólar ahorro o turista y compras con tarjetas de crédito en el exterior deben ingresar en la página web del organismo recaudador (www.afip.gob.ar) con su CUIT y Clave Fiscal. Los contribuyentes tienen la oportunidad de solicitar el reintegro de las percepciones del 20% por compras de dólares con fines de atesoramiento y del 35% por compra de divisas y paquetes con fines turísticos y gastos realizados con tarjetas de crédito o de débito en comercios extranjeros. Para hacerlo, ellos deben cumplir […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha dado comienzo a efectuar la devolución de las percepciones por operaciones en moneda extranjera. Los interesados en consultar si le han depositado el reintegro del 20% o 35% por compra de dólar ahorro o turista y compras con tarjetas de crédito en el exterior deben ingresar en la página web del organismo recaudador (www.afip.gob.ar) con su CUIT y Clave Fiscal.

Los contribuyentes tienen la oportunidad de solicitar el reintegro de las percepciones del 20% por compras de dólares con fines de atesoramiento y del 35% por compra de divisas y paquetes con fines turísticos y gastos realizados con tarjetas de crédito o de débito en comercios extranjeros. Para hacerlo, ellos deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • No pagar Impuesto a las Ganancias ni sobre los Bienes Personales.
  • Si se trata de un empleado en relación de dependencia, que el empleador no le haya practicado retenciones.
  • Tener CUIT, lo cual no es lo mismo que el CUIL. El mismo tiene que ser tramitado en la oficina de AFIP correspondiente a la jurisdicción del domicilio fiscal.
  • Clave Fiscal con nivel de seguridad 2.
  • Cargar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta bancaria con la cual se opera normalmente.

Para requerir la devolución de las percepciones es necesario presentar el Formulario 746/A (Devoluciones y transferencias) siguiendo los pasos detallados AQUÍ. Por el momento sólo se puede ingresar pedidos por las operaciones en moneda extranjeras de 2012 a 2014.

El pedido del reintegro de las percepciones de 2015 se podrá hacer una vez que venzan las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales en abril/mayo de 2016. Esto es porque en dicho momento se conocerá la verdadera situación de cada contribuyente. El depósito del reintegro se hará a partir de agosto de 2016.

Una vez ingresado el pedido, el solicitante puede hacer un seguimiento del mismo mediante el servicio Mis Aplicaciones Web de www.afip.gob.ar.

Las personas interesadas en consultar si le depositaron el reintegro del 20% o 35% deben acceder a su Domicilio Fiscal Electrónico.

La devolución de las percepciones se hará de forma automática para las solicitudes de hasta 6000 pesos y en cuotas para las mayores. El primer reintegro ya ha comenzado a realizarse en grupos de dos mil personas y finalizará el 16 de febrero de 2016. Las siguientes cuotas se devolverán el 11 de marzo, 13 de abril, 12 de mayo, 14 de junio y 14 de julio.

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