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AFIP: ¿Cuándo cobro devolución de retenciones por compra de dólares?

El mes pasado, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha comenzado a efectuar el reintegro de las percepciones del 20% y 35% por las operaciones en moneda extranjera. Hemos recibido muchas consultas de contribuyentes que habiendo hecho el trámite aún no tuvieron el depósito y desean saber cuándo cobrarán la devolución de las retenciones por la compra de dólares. Los contribuyentes que hayan efectuado compra de dólar ahorro y/o turista; adquirido pasajes y/o paquetes al exterior; y/o hayan realizado compras con tarjetas de crédito/débito en negocios extranjeros, ya sea por Internet o personalmente, entre 2012 y el levantamiento del cepo cambiario pueden solicitar una devolución de las percepciones. Para realizar este pedido es necesario presentar el Formulario 746/A (Devoluciones […]

El mes pasado, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha comenzado a efectuar el reintegro de las percepciones del 20% y 35% por las operaciones en moneda extranjera. Hemos recibido muchas consultas de contribuyentes que habiendo hecho el trámite aún no tuvieron el depósito y desean saber cuándo cobrarán la devolución de las retenciones por la compra de dólares.

Los contribuyentes que hayan efectuado compra de dólar ahorro y/o turista; adquirido pasajes y/o paquetes al exterior; y/o hayan realizado compras con tarjetas de crédito/débito en negocios extranjeros, ya sea por Internet o personalmente, entre 2012 y el levantamiento del cepo cambiario pueden solicitar una devolución de las percepciones. Para realizar este pedido es necesario presentar el Formulario 746/A (Devoluciones y transferencias) siguiendo los pasos detallados AQUÍ.

Una vez presentado el F746/A, el usuario tiene la oportunidad de consultar el estado de su trámite mediante el servicio «Devoluciones web – Percepciones – Res. Grales. A.F.I.P. 3.378/12 y 3.379/12». En caso de que el trámite haya sido calificado como «Aprobado» o «Aprobado – Devolución en cuotas» después del 29 de enero de 2016, el depósito se hará a partir de la fecha prevista para la acreditación de la cuota 2 (11 de Marzo de 2016).

El cronograma con las fechas de depósito de la devolución de retenciones por compra de dólares en 2012, 2013 y 2014 es el siguiente:

  • 11 de marzo: Segunda cuota.
  • 13 de abril: Tercera cuota.
  • 12 de mayo: Cuarta cuota.
  • 14 de junio: Quinta cuota.
  • 14 de julio: Sexta cuota.

El depósito de la devolución de las percepciones por compra de moneda extranjera es realizado en la cuenta corriente del CBU que el contribuyente informe a AFIP previamente a presentar el Formulario 746/A.

El reintegro en una sola cuota se realiza cuando el monto es de hasta 6.000 pesos. Para importes mayores, el Fisco efectúa una devolución en cuotas de hasta 6.000 pesos cada una de ellas.

Recordemos que las percepciones del 20% y 35% de 2015 podrán ser solicitadas por los empleados en relación de dependencia, monotributistas, jubilados, pensionados y demás sujetos no alcanzados por el Impuesto a las Ganancias una vez que venza la presentación de la Declaración Jurada (DDJJ) de Ganancias y Bienes Personales, es decir en abril/mayo de 2016. Por el momento, el organismo recaudador no ha anunciado cuál será el cronograma para la devolución de dichos importes.

271 comentarios en “AFIP: ¿Cuándo cobro devolución de retenciones por compra de dólares?”

  1. Tengo la misma situacion que ustedes, alguien tendra una respuesta cuando van a devolver lo que fue cobrado por el gobierno anterior y este gobierno «generoso» nos quiere devolver??? o se habran llenado la boca hablando de que lo van a devolver???? mmmmm cuanta previsibilidad Ingeniero Macri!!! para mi que nos hicieron el cuentooooo

  2. buenas tardes consulta
    hice las presentaciones de los años 2013-2014 y 2015 el mismo dia, ya cobré lo del año 2015, los otros dos años figura APROBADO, esto fue en julio, pero aun no tengo novedades . estan pagando percepciones de años anteriores al 2015?

    muchas gracias.

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