Cuaderno con logo de la AFIP

AFIP: ¿Cuándo cobro devolución de retenciones por compra de dólares?

El mes pasado, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha comenzado a efectuar el reintegro de las percepciones del 20% y 35% por las operaciones en moneda extranjera. Hemos recibido muchas consultas de contribuyentes que habiendo hecho el trámite aún no tuvieron el depósito y desean saber cuándo cobrarán la devolución de las retenciones por la compra de dólares. Los contribuyentes que hayan efectuado compra de dólar ahorro y/o turista; adquirido pasajes y/o paquetes al exterior; y/o hayan realizado compras con tarjetas de crédito/débito en negocios extranjeros, ya sea por Internet o personalmente, entre 2012 y el levantamiento del cepo cambiario pueden solicitar una devolución de las percepciones. Para realizar este pedido es necesario presentar el Formulario 746/A (Devoluciones […]

El mes pasado, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha comenzado a efectuar el reintegro de las percepciones del 20% y 35% por las operaciones en moneda extranjera. Hemos recibido muchas consultas de contribuyentes que habiendo hecho el trámite aún no tuvieron el depósito y desean saber cuándo cobrarán la devolución de las retenciones por la compra de dólares.

Los contribuyentes que hayan efectuado compra de dólar ahorro y/o turista; adquirido pasajes y/o paquetes al exterior; y/o hayan realizado compras con tarjetas de crédito/débito en negocios extranjeros, ya sea por Internet o personalmente, entre 2012 y el levantamiento del cepo cambiario pueden solicitar una devolución de las percepciones. Para realizar este pedido es necesario presentar el Formulario 746/A (Devoluciones y transferencias) siguiendo los pasos detallados AQUÍ.

Una vez presentado el F746/A, el usuario tiene la oportunidad de consultar el estado de su trámite mediante el servicio «Devoluciones web – Percepciones – Res. Grales. A.F.I.P. 3.378/12 y 3.379/12». En caso de que el trámite haya sido calificado como «Aprobado» o «Aprobado – Devolución en cuotas» después del 29 de enero de 2016, el depósito se hará a partir de la fecha prevista para la acreditación de la cuota 2 (11 de Marzo de 2016).

El cronograma con las fechas de depósito de la devolución de retenciones por compra de dólares en 2012, 2013 y 2014 es el siguiente:

  • 11 de marzo: Segunda cuota.
  • 13 de abril: Tercera cuota.
  • 12 de mayo: Cuarta cuota.
  • 14 de junio: Quinta cuota.
  • 14 de julio: Sexta cuota.

El depósito de la devolución de las percepciones por compra de moneda extranjera es realizado en la cuenta corriente del CBU que el contribuyente informe a AFIP previamente a presentar el Formulario 746/A.

El reintegro en una sola cuota se realiza cuando el monto es de hasta 6.000 pesos. Para importes mayores, el Fisco efectúa una devolución en cuotas de hasta 6.000 pesos cada una de ellas.

Recordemos que las percepciones del 20% y 35% de 2015 podrán ser solicitadas por los empleados en relación de dependencia, monotributistas, jubilados, pensionados y demás sujetos no alcanzados por el Impuesto a las Ganancias una vez que venza la presentación de la Declaración Jurada (DDJJ) de Ganancias y Bienes Personales, es decir en abril/mayo de 2016. Por el momento, el organismo recaudador no ha anunciado cuál será el cronograma para la devolución de dichos importes.

271 comentarios en “AFIP: ¿Cuándo cobro devolución de retenciones por compra de dólares?”

  1. Que se hace cuando aparece este mensaje?

    F746/A – CUIT [] – PERIODO [201512] – TRANSACCION [] – FECHA CONSULTA [02-11-2016 10:38]

    IMPORTE [$6.198,83]

    ESTADO [EN TRAMITE] FECHA ESTADO [28-10-2016]

    [30315013 – 35] RECHAZO SIN DESCRIPCION

      1. yo tambien sigo esperando, le hice el tramite a un monton de personas que ya lo fueron cobrando y a mi aun nada :(

  2. hola:
    Una consulta, detallo mi situacion; en el mes de Enero solicite el pedido de reintegro por compras en el exterior correspondientes al periodo del año 2014. En el mes de febrero cerre la cuenta de mi banco, pero el CBU quedo registrado en Afip, yo el dia 21 de septiembre anule el CBU que tenia informado y presente uno nuevo (el cual ya esta aprobado).Mi consulta es la siguiente, me aparece que el pedido de reintegro por compras en el exterior esta aprobado con fecha del 09/07 de este año, a esa fecha yo tenia el otro CBU informado. Pregunto que tramite debo realizar para que el reintegro lo acrediten al nuevo CBU ??
    Desde ya muchas gracias ….

  3. Fuimos a reclamar a Afip de Comodoro Rivadavia y dicen que estan las liquidaciones listas de todas las operaciones aprobadas pero que no se liquida la devolución. Seguramente nos dijeron porque no hay fondos, asi de simple.
    asique a esperar usaron NUESTRA plata para hacer otras cosas. tengo todo aprobado desde el 14-08

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *