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AFIP: ¿Cuándo cobro devolución de retenciones por compra de dólares?

El mes pasado, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha comenzado a efectuar el reintegro de las percepciones del 20% y 35% por las operaciones en moneda extranjera. Hemos recibido muchas consultas de contribuyentes que habiendo hecho el trámite aún no tuvieron el depósito y desean saber cuándo cobrarán la devolución de las retenciones por la compra de dólares. Los contribuyentes que hayan efectuado compra de dólar ahorro y/o turista; adquirido pasajes y/o paquetes al exterior; y/o hayan realizado compras con tarjetas de crédito/débito en negocios extranjeros, ya sea por Internet o personalmente, entre 2012 y el levantamiento del cepo cambiario pueden solicitar una devolución de las percepciones. Para realizar este pedido es necesario presentar el Formulario 746/A (Devoluciones […]

El mes pasado, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha comenzado a efectuar el reintegro de las percepciones del 20% y 35% por las operaciones en moneda extranjera. Hemos recibido muchas consultas de contribuyentes que habiendo hecho el trámite aún no tuvieron el depósito y desean saber cuándo cobrarán la devolución de las retenciones por la compra de dólares.

Los contribuyentes que hayan efectuado compra de dólar ahorro y/o turista; adquirido pasajes y/o paquetes al exterior; y/o hayan realizado compras con tarjetas de crédito/débito en negocios extranjeros, ya sea por Internet o personalmente, entre 2012 y el levantamiento del cepo cambiario pueden solicitar una devolución de las percepciones. Para realizar este pedido es necesario presentar el Formulario 746/A (Devoluciones y transferencias) siguiendo los pasos detallados AQUÍ.

Una vez presentado el F746/A, el usuario tiene la oportunidad de consultar el estado de su trámite mediante el servicio «Devoluciones web – Percepciones – Res. Grales. A.F.I.P. 3.378/12 y 3.379/12». En caso de que el trámite haya sido calificado como «Aprobado» o «Aprobado – Devolución en cuotas» después del 29 de enero de 2016, el depósito se hará a partir de la fecha prevista para la acreditación de la cuota 2 (11 de Marzo de 2016).

El cronograma con las fechas de depósito de la devolución de retenciones por compra de dólares en 2012, 2013 y 2014 es el siguiente:

  • 11 de marzo: Segunda cuota.
  • 13 de abril: Tercera cuota.
  • 12 de mayo: Cuarta cuota.
  • 14 de junio: Quinta cuota.
  • 14 de julio: Sexta cuota.

El depósito de la devolución de las percepciones por compra de moneda extranjera es realizado en la cuenta corriente del CBU que el contribuyente informe a AFIP previamente a presentar el Formulario 746/A.

El reintegro en una sola cuota se realiza cuando el monto es de hasta 6.000 pesos. Para importes mayores, el Fisco efectúa una devolución en cuotas de hasta 6.000 pesos cada una de ellas.

Recordemos que las percepciones del 20% y 35% de 2015 podrán ser solicitadas por los empleados en relación de dependencia, monotributistas, jubilados, pensionados y demás sujetos no alcanzados por el Impuesto a las Ganancias una vez que venza la presentación de la Declaración Jurada (DDJJ) de Ganancias y Bienes Personales, es decir en abril/mayo de 2016. Por el momento, el organismo recaudador no ha anunciado cuál será el cronograma para la devolución de dichos importes.

271 comentarios en “AFIP: ¿Cuándo cobro devolución de retenciones por compra de dólares?”

  1. Buenas tardes, hago una consulta… hace mas de 3 meses hice todos los tramites y hace varios ya que tengo esta leyenda en la pagina de la afip.

    ESTADO [APROBADO – DEVOLUCIÓN EN CUOTAS (24-70)] FECHA ESTADO [04-06-2016]

    Estimado Ciudadano, el importe correspondiente a su solicitud de devolución ha sido incluido en un cronograma de cuotas de hasta $ 6.000 cada una.

    Segun lo que vi en el cronograma de pagos era el 14/6, pero no me depositaron nada de nada. Alguno sabe porque? cuando va a ser?

    Gracias

  2. Prensente 2012, 2013 y 2014 en abril y aun no se me deposito nada. Ahora se me actualizo a «06-06-2016» en proceso de devolucion. Cuando cobraremos che?

    1. Laura, ingresa con tu clave fiscal, luego aplicaciones web, formulario 746 y aceptar. Ahi te aparecen todas las presentaciones y su estado.

  3. Hola queria consultar por que me sale esta leyenda:

    ESTADO [APROBADO – DEVOLUCIÓN EN CUOTAS (24-70)] FECHA ESTADO [04-06-2016]

    Estimado Ciudadano, a fin de poder cumplir con el compromiso de devolución de percepciones -períodos 2012 a 2014-, tenga en cuenta que:

    Estimado Ciudadano, el importe correspondiente a su solicitud de devolución ha sido depositado en la CBU por usted informada.
    Una vez solucionado el inconveniente detectado, ud. se encontrará en condiciones de cobrar la devolución de las percepciones en la próxima cuota disponible…

    Nunca me dice cual es el inconveniente, y encima me lo pasan para la proxima cuota?. Graciaaaas

    1. Hola Fabián, a mi me apareció lo mismo. Fui a la agencia que me corresponde y no me pudieron ayudar. En la consulta que realice online a Afip me contestaron lo siguiente:

      Le informamos que las solicitudes de devolución que se encuentran en estado “Aprobado – Devolución en cuotas”, han sido incorporadas en el cronograma de pago, razón por la cual en caso de observar el mensaje “Una vez solucionado el inconveniente detectado, ud. se encontrará en condiciones de cobrar la devolución de las percepciones en la próxima cuota disponible.”, tenga en cuenta quepróximamente se ejecutará un proceso centralizado a fin de dejar sin efecto el mismo.

      O sea algo que no se entiende!
      vos pudiste averiguar algo mas?

      Gracias!!!

    2. Me pasa igual que a vos !! Alguien sabe???
      Yo las tenia presentadas el 4/1/2016 pero por las dudas rectifique con los mismos datos…
      El importe con mis retenciones es el mismo !!!

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