Servicio domestico, baja en la AFIP
Para dar la baja a un trabajador dependiente del servicio domestico, en la AFIP, la resolución general Nº 558/1999, de la AFIP en su Anexo I, punto C “Casos especiales”, prevé que los empleadores del servicio doméstico deben presentar ante la AFIP constancias de presentación de las declaraciones juradas y los comprobantes de pago respectivos de los aportes y contribuciones, correspondientes a los tres (3) últimos períodos fiscales anteriores al momento en el que se verifique el cese de actividades.
En la realidad esta resolución es inaplicable ya que la declaración jurada no existe, y los empleadores no se registran ni dan alta alguna, y en la mayoría de los casos una empleada es reemplazada por otra.
Tampoco es obligación de los empleadores del servicio doméstico llevar libros de sueldos y jornales, pero los trabajadores si tienen la obligación de tramitar la correspondiente libreta de trabajo.
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143 respuestas to “Servicio domestico, baja en la AFIP”
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[143] Comentarios
16 junio 2009 a las 3:30 pm
Valeria
Teens que sacar de la pagina de ANSeS la certificacion negativa o no te sale?
16 junio 2009 a las 3:23 pm
jorge
46.75 trabajador $35 empleador
16 junio 2009 a las 2:13 pm
en el form 102 de los $ 81,75, cuanto corresponde al empleador y cuanto al empleado?
16 junio 2009 a las 2:01 pm
YO RENUNCIE EL 14 DE FEBRERO A UNA EMPRESA DE LIMPIEZA Y MI NENE NO PUEDE USAR LA OBRA SOCIAL DEL PAPA PORQ LE SALTA MI OBRA SOCIAL Y NECESITO UNA ORDEN DE ANSES PARA Q LO PUEDAN ATENDER LA OBRA SOCIAL Q YO TENIA ERA MAESTRANZA Y LA Q TIENE MI NENE Y NECESITA USAR AHORA ES LA DE CARGA Y DESCARGA
21 mayo 2009 a las 2:46 pm
Hola
mi empleada domestica renución formalmente con telegrama incluido. Todo bien. Ahora parace ser que quiere cambiar su obra social al de su marido que es de relacion de dependencia. cuando era domestica eligio la obra social de los gastronomico. su nueva obra social pide que se de debaja en la de gastronomics y es alli deonde parece que intervengo yo o la baja la tengo que pedir yo. es asi. Qué debe hacer? ante quién? ante sssalud? ante gatronomicos? ante afip?
13 mayo 2009 a las 11:15 pm
dedy:
No se da la baja, si es de confianza habla con ella y fijate que quiere, que tenga en cuenta que le pagaste 90 días de enfermedad cuando en realidad le correspondia 30 dias pagos. Siempre es mejor un arreglo que un juicio, por eso hablalo con ella tranquila, tranquila
13 mayo 2009 a las 10:19 pm
a penas sepa algo te aviso, y yo no tengo la libreta de trabajo porque era de confianza!!! que hago con eso , voy a la afip y la doy de baja( nunca hize el alta). gracias.
13 mayo 2009 a las 9:52 pm
deby:
No existe libreta fondo desempleo para el personal de servicio domestico, quizas te quizo pedir los aportes para cobrar fondo de desempleo que tgampoco existe. Si averiguas algo y luego queres comentalo asi no me quedo con la duda gracias
13 mayo 2009 a las 9:20 pm
tenia una empleada que estuvo 92 dias enferma y los cobro como enfermedad, tome a otra persona y dispuse de su puesto de trabajo , le envie telegrama , y ella envia telegrama pidiendo libreta de desempleo , cual es? no sabia que existia en el decreto 326 y el 7979 no habla de esta libreta. te pregunto porque con respecto a los pagos estoy ok pago desde que salio ley form. 102 jubilacion.puede ser rapido la respuesta – gracias-
11 mayo 2009 a las 9:37 am
mac55555
depende si cumple las condiciones del regimen trabajr 4 horas como minimo 4 días a la semana. Te tiene qu emandar telegrama de renuncia, es gratuito
10 mayo 2009 a las 10:20 pm
Hola, tengo una empleada domestica en blanco, que me dijo que en 15 dias no va a venir mas por motivos personales, es que encontro otro trabajo.
Para poder cerrar bien el tema,
-que tramites tiene que hacer ella??
-que tramites tengo que hacer yo??
En la ultima liquidacion que items deben ir??, es obligatorio pagar SAC proporcional, vacaciones proporcionales??
Muchas gracias, muy bueno el Blog.
17 abril 2009 a las 9:02 am
VERO:
Las bajas se dan por internet ingresando al servicio Sistema REgistral
16 abril 2009 a las 8:32 pm
yo quiero darme la baja en afip como ago?????
8 abril 2009 a las 5:32 pm
CLAUDIA:
lA BAJA SE DA SOLAMENTE SI DISTE EL ALTA EN LA afip, EN CASI NINGUNA HAY QUE DAR EL ALTA.SOLAMENTE ENTREGALE COPIAS D ELOS APORTES Y UN CERTIFICADO DE TRABAJO QU ETRABAJO DESDE TAL A TAL FECHA Y QUE TE FIRME UNA COPIA COMO QU ELA RECIBIO
8 abril 2009 a las 4:18 pm
Hola, tengo q dar de baja a mi empleada domestica, me podran informar donde puedo sacar el formulario y cual es el nro. del mismo??
Puedo tambien darla de baja x internet?
Aguardo su respuesta,
muchas gracias
2 marzo 2009 a las 12:43 pm
hola.
que hago para dar de baja a mi emplada domèstica. Debo llenar algun formùlario?. por favor necesito instrucciones.
Gracias
27 febrero 2009 a las 7:58 pm
hola:
Mi empleada domestica, quiere renunciar al trabajo, por problemas personales. La tenemos en BLANCO, con aportes AFIP, vacaciones, S.A.C, etc.-
Que tramites tengo que hacer para darle de baja. Tengo la obligacion de pagarle algun dinero al renunciar ????
ATTE.-
gustavo
13 febrero 2009 a las 12:22 pm
Hola, yo hago rigurosamente los aportes, pero el la pagina del ANSES, no figura como empleada domestica sino como autonoma.
eso esta bien?
debo hacer algo para corregir la situacion?
gracias
6 febrero 2009 a las 4:35 pm
Mago: tenes que aportarle $39 por mes comomínimo. Sí, igual te puede reclamar los años no aportados
6 febrero 2009 a las 1:46 pm
con juicio o alguna indenmizacion? Gracias
Soy la del cuadro anterior