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AFIP: Vencimiento de Ganancias y Bienes Personales para Personas Físicas en abril de 2016

El lunes 11 de abril de 2016, como indica el cronograma de AFIP, inicia el vencimiento de Ganancias y Bienes Personales para personas físicas para las Declaraciones Juradas del Período 2015. La presentación debe hacerse mediante www.afip.gob.ar utilizando su Clave Fiscal. En este artículo, EconoBlog detalla el calendario con las fechas límites para cumplir con esta obligación. AFIP ha habilitado un nuevo servicio llamado «Ganancias y Bienes – Nuestra Parte» que permite a los contribuyentes tener la oportunidad de conocer la información que el Estado Nacional tiene en su base de datos y que, obviamente, tiene que verse reflejada en la Declaración del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. En el caso de Ganancias, «Nuestra Parte», sólo […]

El lunes 11 de abril de 2016, como indica el cronograma de AFIP, inicia el vencimiento de Ganancias y Bienes Personales para personas físicas para las Declaraciones Juradas del Período 2015. La presentación debe hacerse mediante www.afip.gob.ar utilizando su Clave Fiscal. En este artículo, EconoBlog detalla el calendario con las fechas límites para cumplir con esta obligación.

AFIP ha habilitado un nuevo servicio llamado «Ganancias y Bienes – Nuestra Parte» que permite a los contribuyentes tener la oportunidad de conocer la información que el Estado Nacional tiene en su base de datos y que, obviamente, tiene que verse reflejada en la Declaración del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.

En el caso de Ganancias, «Nuestra Parte», sólo muestra datos a los contribuyentes de cuarta categoría. A los les indica la DDJJ simplificada de 2014, las incorporaciones que han hecho a lo largo de 2015 y el saldo de las cuentas bancarias y plazos fijos al 31 de diciembre de 2015.

La fecha de vencimiento de Ganancias y Bienes Personales opera en abril, mayo y junio dependiendo del tipo de sujeto obligado.

Este mes se encuentran obligados a cumplir con la presentación y pago las personas físicas que cuenten con bienes por un monto igual o mayor a 305.000 pesos y que no cuenten con participación en sociedades con cierre de ejercicio comercial en el mes de diciembre o que teniéndolas consistan en acciones de empresas que cotizan en bolsa o mercados de valores.

El cronograma con las fechas de vencimiento de Ganancias y Bienes Personales para Personas Físicas en abril de 2016 es el siguiente:

Finalización del CUIT Presentación Pago
0-1 11/04/16 12/04/16
2-3 12/04/16 13/04/16
4-5 13/04/16 14/04/16
6-7 14/04/16 15/04/16
8-9 15/04/16 18/04/16

En mayo vence esta obligación para los contribuyentes que cuenten con participación en sociedades cuyos cierres comerciales sean en diciembre y que no coticen en bolsa o mercados de valores. En dichos casos, el cronograma de vencimiento es el siguiente:

Finalización del CUIT Presentación Pago
0-1 09/05/16 10/05/16
2-3 10/05/16 11/05/16
4-5 11/05/16 12/05/16
6-7 12/05/16 13/05/16
8-9 13/05/16 16/05/16

En junio vence Ganancias y Bienes Personales para los trabajadores en relación de dependencia; jubilados y pensionados; y actores cuyos ingresos sean percibidos mediante la Asociación Argentina de Actores. En dichos casos, la fecha límite de presentación es el 30 de junio de 2016.

Las personas que deben presentar la DDJJ de Ganancias son las siguientes:

  • Las inscriptas en el gravamen.
  • Las inscriptas en el Régimen General (RG), exceptuando a los Monotributistas incluyendo los ingresos que obtengan por actividades como Autónomos.
  • Los trabajadores en relación de dependencia jubilados, pensionados y actores que cuenten con ingresos iguales o superiores a 300.000 pesos.

Los sujetos obligados a presentar Bienes Personales son los siguientes:

  • Los inscriptos en el impuesto.
  • Quienes al 31 de diciembre de 2015 cuenten con bienes valuados por más de 305.000 pesos.
  • Los empleados, jubilados, pensionados y actores que hubieran percibido ingresos brutos anuales iguales o mayores a 200.000 pesos.

Para efectuar la confección de la Declaración Jurada es necesario utilizar el programa aplicativo «Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales» que está disponible en el sitio de AFIP. De forma opcional, también se puede utilizar el servicio online «Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas» que se encuentra en www.afip.gob.ar, para lo cual se debe ingresar con el CUIT y Clave Fiscal del contribuyente.

La presentación de la DDJJ se puede hacer mediante:

  • La página del Fisco Nacional con la Clave Fiscal, contraseña que se puede generar por Internet siguiendo los pasos indicados AQUÍ.
  • Los sitios LinkPagos, MagoMisCuentas, Interbanking o los de los bancos habilitados (opción «Servicios AFIP»). Para ello se debe utilizar la clave bancaria.

Cabe señalar que es posible hacer el pago del impuesto en cuotas. En dicho caso se debe utilizar el aplicativo RG 984.

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