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AFIP: Vencimiento de DDJJ Informativa de Compras y Ventas en Mayo de 2016

El día de mañana, como estipula el calendario de AFIP y de forma conjunta con el del Impuesto al Valor Agregado (IVA), comienza el vencimiento de la Declaración Jurada (DDJJ) Informativa de Compras y Ventas en Mayo de 2016. Para cumplir con esta obligación, los sujetos obligados deben utilizar el programa «DGI – Régimen de Información de Compras y Ventas – Versión 1.0». Las declaraciones juradas del Régimen de Información de Compras y Ventas deben ser generadas utilizando el programa aplicativo «DGI – Régimen de Información de Compras y Ventas – Versión 1.0» y remitidas mediante el servicio «Presentación de DDJJ y Pagos» del sitio web del organismo dirigido por Alberto Abad. Para efectuar la presentación es necesario utilizar la Clave […]

El día de mañana, como estipula el calendario de AFIP y de forma conjunta con el del Impuesto al Valor Agregado (IVA), comienza el vencimiento de la Declaración Jurada (DDJJ) Informativa de Compras y Ventas en Mayo de 2016. Para cumplir con esta obligación, los sujetos obligados deben utilizar el programa «DGI – Régimen de Información de Compras y Ventas – Versión 1.0».

Las declaraciones juradas del Régimen de Información de Compras y Ventas deben ser generadas utilizando el programa aplicativo «DGI – Régimen de Información de Compras y Ventas – Versión 1.0» y remitidas mediante el servicio «Presentación de DDJJ y Pagos» del sitio web del organismo dirigido por Alberto Abad. Para efectuar la presentación es necesario utilizar la Clave Fiscal, contraseña que se puede obtener siguiendo los pasos indicados AQUÍ.

Este mes, los contribuyentes deben informar las operaciones que han registrado en el período fiscal Abril/2016.

El vencimiento de esta obligación coincide con el de la presentación de la DDJJ del  IVA. El mismo varía dependiendo del dígito verificar del CUIT.

El cronograma con las fechas de vencimiento de la presentación de la DDJJ Informativa de Compras y Ventas en Mayo de 2016 es el siguiente:

Terminación del CUIT Vencimiento
0 y 1 18 de mayo de 2016
2 y 3 19 de mayo de 2016
4 y 5 20 de mayo de 2016
6 y 7 23 de mayo de 2016
8 y 9 24 de mayo de 2016

Los contribuyentes que están obligados a cumplir con este régimen de información son los comprendidos por el Resolución General N°2485, sus modificaciones y complementarias quedando exceptuados los indicados en la RG N° 3067; los registrados en el Impuesto al Valor Agregado desde el 1ero de enero de 2014; y los alcanzados por el IVA y por el Régimen de Almacenamiento Electrónico de Registraciones previsto en el Apartado A Título II de la Resolución General N° 1361, sus modificaciones y complementarias.

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