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Acuerdo Salarial 2016 – 2017 de ASIMRA

El 26 de mayo se realizó la firma del Acuerdo Salarial 2016 – 2017 de ASIMRA (Asociación de Supervisores de la Industria Metalúrgica de la República Argentina). En el mismo, el sindicato acordó con las cámaras empresariales del sector un aumento escalonado del 20% retroactivo a mayo, del 7% que entrará en vigencia en agosto y del 6% desde noviembre; y el pago de dos sumas fijas. La firma del Acuerdo Salarial 2016 – 2017 fue firmado por los representantes de ASIMRA con los de la Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina (ADIMRA), la Federación de Cámaras Industriales de Artefactos para el Hogar de la Republica Argentina (FEDEHOGAR), la Cámara Argentina de la Industria del Aluminio y Metales […]

El 26 de mayo se realizó la firma del Acuerdo Salarial 2016 – 2017 de ASIMRA (Asociación de Supervisores de la Industria Metalúrgica de la República Argentina). En el mismo, el sindicato acordó con las cámaras empresariales del sector un aumento escalonado del 20% retroactivo a mayo, del 7% que entrará en vigencia en agosto y del 6% desde noviembre; y el pago de dos sumas fijas.

La firma del Acuerdo Salarial 2016 – 2017 fue firmado por los representantes de ASIMRA con los de la Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina (ADIMRA), la Federación de Cámaras Industriales de Artefactos para el Hogar de la Republica Argentina (FEDEHOGAR), la Cámara Argentina de la Industria del Aluminio y Metales Afines (CAIAMA) y la Asociación de Fábricas Argentinas de Componentes (AFAC).

Los aumentos en la escala salarial 2016-2017 de ASIMRA acordados fueron los siguientes:

  • 1° de mayo: 20%.-
  • 1° de agosto: 7%.-
  • 1° de noviembre: 6%.-

Los incrementos no son acumulativos y deben ser aplicados sobre la planilla de sueldos básicos vigente al 30 de abril de 2016.

Además, las partes acordaron el pago de una gratificación extraordinaria no remunerativa por única vez de 4000 pesos. La misma debe ser pagada en dos cuotas de 2000 pesos cada una, la primera junto con las remuneraciones de enero de 2017 y la segunda con las de marzo. Estos importes deben figurar en el recibo de sueldos del trabajador con la denominación «Gratificación Extraordinaria no Remunerativa Acuerdo ASIMRA 27/05/2016 – Cuota N°» en forma completa o abreviada.

Este acuerdo paritario alcanza a los empelados comprendidos por los Convenios Colectivos de Trabajo N° 233/94, 237/94, 246/94, 247/95, 248/95, 249/95, 251/95, 252/95, 253/95, 266/95 y 275/75, excluyendo a las ramas electrónica y autopartes de la Provincia de Tierra del Fuego.

La vigencia de este acuerdo es retroactiva al 1° de mayo de 2016 al 30 de abril de 2017.

Cabe señalar que aún el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) no realizó la homologación del Acuerdo Salarial 2016-2017 de ASIMRA.

Bajar el Acuerdo Salarial de ASIMRA en formato PDF (Requiere el Adobe Acrobat Reader).

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