Nuevos Básicos Empleados de Comercio Acuerdo abril/2008
El día 8 de abril de 2008 reunidos en el Ministerio de Trabajo los representantes de la Federación Argentina de Empleados de comercio y Servicios, acordaron el tan esperado aumento para el personal adheridos al convenio 130/75 de los Empleados de Comercio, luego intensas tratativas acuerdan:
ARTÍCULO PRIMERO: Las partes convienen en establecer un incremento de:
- 20% sobre las remuneraciones que por todo concepto perciban a la fecha todos los trabajadores de la actividad, incluidos aquellos adicionales fijos y permanentes, y ticket y/o sus equivalentes y/o adicionales convencionales fijos. Se excluye de la base de cálculos los siguientes rubros y conceptos variables: comisiones, horas extras, presentismo, art. 40 CCT 130/75, premios otorgados individual o colectivamente que no resulten fijos y permanentes y rubros no remunerativos.
- Pagar $100 en concepto de suma fija mensual para la totalidad de los trabajadores de la actividad. El importe de la asignación otorgada se entiende referido a los trabajadores que prestan servicios en jornada completa. Para el caso de trabajadores con jornada parcial, esta asignación se abonará en forma proporcional a la jornada pactada.
ARTÍCULO SEGUNDO: El 20% se abonará, en forma no acumulativa de la siguiente manera:
a) 8% a partir del mes de abril de 2008
b) 6% a partir del mes de julio de 2008
c) 6% a partir del mes de septiembre de 2008
Los $100.- se abonará en forma mensual a partir de abril de 2008.
La totalidad del incremento tendrá el carácter de asignación no remunerativa y se liquidará en el recibo de sueldo por rubro separado bajo la denominación “Acuerdo colectivo abril 2008” . Sin perjuicio de su naturaleza no remunerativa, sobre estas sumas se devengarán los aportes y contribuciones de la Obra Social de los Empleados de Comercio y el aporte del trabajador establecido por el art. 100 (texto ordenado de fecha 21-6-1991 del Convenio Colectivo Nº 130/75) sobre su monto nominal.
El incremento resultante en cada caso, compensará hasta su concurrencia los incrementos que se hubieran otorgado por los empleadores a partir del 1º de enero de 2008 y hasta la fecha del presente acuerdo, a cuenta de esta negociación colectiva o concepto equivalente.
Sobre los incrementos se calculará y aplicará el equivalente al presentismo del art. 40 CCT Nº 130/75.
ARTÍCULO TERCERO:
- Con la liquidación de los haberes del mes de junio de 2008 se abonará a cada trabajador una suma no remunerativa equivalente al 25% de lo abonado mensualmente hasta esa fecha, conforme lo acordado en el ARTICULO PRIMERO y ARTICULO SEGUNDO.
- Con la liquidación de los haberes de diciembre de 2008 se abonará el 50% de lo abonado mensualmente hasta esa fecha conforme lo acordado en el ARTICULO PRIMERO y ARTICULO SEGUNDO.
Estos importantes accesorios estarán sujetos a iguales aportes y contribuciones que los mencionados en el artículo SEGUNDO, punto 3, de este acuerdo.
ARTÍCULO CUARTO: A partir del mes de abril de 2009, la totalidad del incremento pactado tendrá carácter salarial remunerativo, sobre su monto nominal y sin computar para ese único fin, la equivalencia del presentismo no remunerativo mencionado en el artículo primero, párrafo final.
ARTÍCULO QUINTO: Todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo Nº 130/75 percibirán un adicional, por cada año de antigüedad en la empresa, calculado según la metodología, y conforme las pautas que en el encabezado de las tablas salariales anexas se estipula. Estas nuevas tablas comenzarán a tener vigencia con los haberes del mes de junio de 2008. Desde esa fecha, en que regirán las nuevas tablas, que publicaremos a la brevedad para las respectivas categorías están ahora vigentes. El nuevo adicional absorberá hasta su concurrencia los conceptos adicionales por antigüedad o equivalente, voluntarios y/o convencionales, que se estuviesen abonando a la fecha.
ARTÍCULO SEXTO: En el término de cinco días a contar desde la fecha ambas partes acompañarán:
a) Las escalas básicas salariales con mas el adicional por antigüedad que entrarán en vigencia a partir del: 1º de junio de 2008.
b) Las escalas vigentes a partir del 1º de abril de 2009 que incorporen como remunerativas las asignaciones previstas en el artículo PRIMERO del presente acuerdo, con mas el resultante del adicional por antigüedad.
Las referidas tablas considerarán como parte integrante del presente a los fines de su homologación.
ARTÍCULO SÉPTIMO: El presente acuerdo sobre asignaciones no remunerativas y adicional por antigüedad tendrá vigencia desde el 1º de abril de 2008 hasta el 31 de marzo de 2009, en las condiciones y carácter que se han determinado precedentemente.
ARTÍCULO OCTAVO: Las Cámaras empresariales que optaren por discutir en forma directa con FAECYS la adecuación salarial acordada tienen cinco días contados a partir de la firma de la presente acta. Si perjuicio de ello las empresas representadas por esas entidades deberán abonar las sumas acordadas en el presente hasta tanto se suscriba uno nuevo
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501 respuestas to “Nuevos Básicos Empleados de Comercio Acuerdo abril/2008”
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[501] Comentarios
21 marzo 2009 a las 3:23 pm
Cecilia:
Faltan datos para la liquidación y no entiendo vos que queres hacer? Podes denuncialos al ministerio de trabajo porque te quitan horas laborales pero no s ela situación, el motivo quizas ellos no tienen trabajo y reducen personal cada caso es muy particular para opinar sin saber
21 marzo 2009 a las 1:53 pm
Hola, trabajo hace 20 años en un comercio haciendo desde la limpieza, atencion al publico y manejo de caja, trabajando incluso sabados y domingos, me tienen anotada media jornada,siendo mi sueldo neto a cobrar de $1056.
El jueves de la semana pasada, me informan verbalmente que me van a quitar 8 hs semanales o sea 32 horas mensuales, yo quisiera saber a cuanto se reduce mi sueldo y que puedo hacer. Cecilia.
11 marzo 2009 a las 4:51 pm
Natalia.
Me preguntas por tantas? Te paso la liquidación:
http://WWW.ECONOBLOG.COM.AR
LIQUIDACION HABERES http://www.econoblog.com.ar
HABERES IMPORTE
SUELDO BASICO Maestranza C $ 1.324,74
ANTIGÜEDAD 4 $ 26,49
PRESENTISMO $ 112,60
SUMA FIJA (No Remunerativa) $ 100,00
Acuerdo Colectivo Abril 2008 $ 270,25
PRESENTISMO (No Remunerativo) $ 30,85
TOTALES $ 1.864,94
DEDUCCIONES % IMPORTE
JUBILACION 11 $ 161,02
LEY 19032 3 $ 43,92
OBRA SOCIAL OSECAC 3 $ 55,95
F.E.C. 2 $ 37,30
FAECYS 0,50 $ 9,32
DEDUCIONES $ 307,51
IMPORTE $ 1.557,43
11 marzo 2009 a las 4:42 pm
Natalia:
Art. 5º.- Personal de Maestranza y Servicios. Se considera personal de maestranza y servicios
al que realiza tareas atinentes al aseo del establecimiento, al que se desempeña en funciones
de orden primario y a los que realicen tareas varias sin afectación determinada. Este personal
se encuentra comprendido en las siguientes
c) Marcadores de mercaderías; etiquetadores; personal de depósitos de supermercados
y/o autoservicios; ayudantes de liquidación (editorial); conductores de vehículos de tracción a
sangre; porteros de servicios fúnebres; personal de envasado y/o fraccionamiento de productos
químicos; limpieza y ventilación de cereales; personal de embolse, pesaje, costura, sellado y
rotulado (semillería); personal de estiba; playeros con cartera (estación de servicio); cuidadoraenfermera
de guardería (Baby Sister).
11 marzo 2009 a las 3:58 pm
quisiera saber cuanto es el basico de un empleado de comercio maestranza C con 4 años de antiguedad. gracias.
11 marzo 2009 a las 1:42 pm
quisiera saber que trabajos realiza un empleado de comercio de categoria Maestranza C. Muchas gracias.
10 marzo 2009 a las 9:40 am
quisiera saber como debo calcular el sueldo de mi empleado para el mes de abril del 2009. Es vendedor B, gana $1380,01+34,50 de antigüedad. Por favor enviarme un ejemplo práctico.Gracias
4 marzo 2009 a las 12:33 pm
Buen dia, me gustaria saber cuanto es el sueldo media jornada empleados de comercio, mi trabajo es administrativo. Desde ya muchas gracias
3 marzo 2009 a las 2:05 pm
Gra los empleados de comercio tienen fondo de cesa laboral o de desempleo xq no lo encuentro x ningun lado?
Si mi cliente ganaba mas que lo q estipulan las escalas del gremio, la liquidacion sobre que monto lo hago?
xq en la grilla x su categoria ganaria 1.400 mas o menos y a el le pagaban 2000 sin contar hs extras y feriados, como saco la mejor remuneracion mensual?
gracias
27 febrero 2009 a las 3:20 pm
Hola! Le hago una consulta de parte de un compañero de trabajo. El tiene la categoria de maestranza, comenzo exactamente hace 6 meses. Trabaja 7 hs de Lunes a Viernes, incluida en ellas, la hora de almuerzo. ¿Cuanto neto deberia cobrar?. Gracias
27 febrero 2009 a las 8:26 am
Me podrían informar alguna novedad sobre paritarias para empleados de comercio con motivo de que el 31/03 vence el convenio de Abril 2008?
Gracias
26 febrero 2009 a las 10:50 pm
buenas noches.. trabajo en una financiera como analista de creditos. trabajo de lunes a viernes de 11 a 20 hs y sabados de 9 a 13 hs. mi funcion ademas de analista, tiene manejo de caja y demas funciones. me gustaria saber cuanto es lo que deberian pagarme y si los sabados se pagan extras??
23 febrero 2009 a las 3:44 pm
gracias!
en serio
saludos y suerte
ya vendre a consultar de nuevo
22 febrero 2009 a las 9:57 am
romina: el convenio vigente es el 130/75 http://www.sec.org.ar/parabajar/Convenio_colectivo.pdf
22 febrero 2009 a las 9:57 am
Hola Romina:
El convenio de empleados de comercio el 130.75 lo pode sbajar aca:
http://www.trabajo.gba.gov.ar/informacion/biblioteca.htm
21 febrero 2009 a las 11:26 pm
graciela cual es el convenio colectivo vigente de trabajadores de comercio?
si mi cliente era carnicero en un supermercado le corresponde ese convenio?
sino cual?
16 febrero 2009 a las 6:59 pm
Hola Ariel:
Tengo publicado un articulo
http://www.econoblog.com.ar/946/ley-n%c2%ba-26474-modificacion-ley-de-contrato-de-trabajo/#more-946
16 febrero 2009 a las 11:33 am
quisiera que me expliquen que pasa con la ley 26474, porque yo tengo 36 horas semanales
12 febrero 2009 a las 8:36 pm
Hola! Trabajo en un supermercado realizando tareas de supervisor, pero en el recibo de sueldo figuro con la categoria “Maestranza C”. Me parece que esa no es la categoria que me corresponde. Alguien me podria orientar al respecto? Fernando
6 febrero 2009 a las 8:38 am
Buenos Días:
Me podrían informar alguna novedad sobre paritarias para empleados de comercio con motivo de que el 31/03 vence el convenio de Abril 2008?
Gracias