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AFIP: Vencimiento del anticipo de Ganancias y Bienes Personales en junio de 2016

El lunes 13, tal como lo estipula el calendario de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), inicia el vencimiento del anticipo de Ganancias y Bienes Personales en junio de 2016 para las personas físicas y las sucesiones indivisas. Además, hasta el miércoles 15, los contribuyentes tienen tiempo para efectuar un recalculo del mismo mediante la página web www.afip.gob.ar. En junio inicia el vencimiento de los cinco anticipo del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. El mismo debe ser abonado por los contribuyentes que hayan sido alcanzados por el pago de dichos gravámenes en el período fiscal 2015. El cronograma con las fechas de vencimiento del anticipo de Ganancias y Bienes Personales en junio de 2016 es […]

El lunes 13, tal como lo estipula el calendario de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), inicia el vencimiento del anticipo de Ganancias y Bienes Personales en junio de 2016 para las personas físicas y las sucesiones indivisas. Además, hasta el miércoles 15, los contribuyentes tienen tiempo para efectuar un recalculo del mismo mediante la página web www.afip.gob.ar.

En junio inicia el vencimiento de los cinco anticipo del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. El mismo debe ser abonado por los contribuyentes que hayan sido alcanzados por el pago de dichos gravámenes en el período fiscal 2015.

El cronograma con las fechas de vencimiento del anticipo de Ganancias y Bienes Personales en junio de 2016 es el siguiente:

Terminación del CUIT Fecha de Vencimiento
0, 1, 2 y 3 Lunes 13/06/2016
4, 5 y 6 Martes 14/06/2016
7, 8 y 9 Miércoles 15/06/2016

Debido a los cambios que el Gobierno Nacional realizó de las deducciones de Ganancias que rigen a partir del 1ero de enero de 2016, la Administración Federal de Ingresos Públicos permite que los contribuyentes realizar un recalculo de los anticipos de Ganancias y Bienes Personales, lo cual se puede efectuar siguiendo los pasos detallados AQUÍ. Al realizar dicho trámite, el sistema recalcula la base sobre la cual se liquidan los mismos y se indican sus nuevos importes.

Cabe señalar que AFIP ha establecido un nuevo monto mínimo de anticipos de 1.000 pesos para las personas físicas y sucesiones indivisas. En caso de que el importe sea menor, el contribuyente no está obligado a ingresar este pago a cuenta del tributo.

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