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Devolución del IVA a jubilados y Asignación Universal por Hijo desde julio de 2016

El miércoles pasado, el Senado sancionó la Ley que beneficiará a los titulares de jubilaciones, pensiones y planes sociales con el reintegro del Impuesto al Valor Agregado de sus compras con tarjeta de débito y de crédito. La devolución del IVA a jubilados y pensionados que paga ANSeS; la Asignación Universal por Hijo (AUH) y por Embarazo; y las Pensiones no Contributivas (PNC) comenzará en julio de 2016. La devolución del IVA por las compras con tarjeta de débito para los sectores de menores recursos económicos de nuestro país tiene como finalidad mejorar el poder adquisitivo de los beneficiarios y difundir el uso de medios electrónicos de pago. Además, de esta forma se difundirá el uso del posnet en los […]

El miércoles pasado, el Senado sancionó la Ley que beneficiará a los titulares de jubilaciones, pensiones y planes sociales con el reintegro del Impuesto al Valor Agregado de sus compras con tarjeta de débito y de crédito. La devolución del IVA a jubilados y pensionados que paga ANSeS; la Asignación Universal por Hijo (AUH) y por Embarazo; y las Pensiones no Contributivas (PNC) comenzará en julio de 2016.

La devolución del IVA por las compras con tarjeta de débito para los sectores de menores recursos económicos de nuestro país tiene como finalidad mejorar el poder adquisitivo de los beneficiarios y difundir el uso de medios electrónicos de pago. Además, de esta forma se difundirá el uso del posnet en los comercios pequeños.

Esta normativa comenzará a regir a partir del mes que viene de acuerdo al siguiente esquema:

Mes Devolución a Jubilados
Julio $150 En las dos primeras compras.
Agosto $75 En las cuatro primeras compras.
Septiembre $50 En las seis primeras compras.
Octubre 15% En todas las compras hasta completar el tope mensual.

El tope mensual de reintegro del IVA para jubilados será de $300. Dicho monto se actualizará en enero y julio de cada año en base a la variación de precios de la canasta básica informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

Los requisitos de la devolución del IVA son los siguientes:

  • Las compras deben ser efectuadas con la tarjeta de débito asociada a la cuenta en la cual se percibe la prestación que paga ANSES.
  • Ser titular de:
    • Jubilación y/o pensión por fallecimiento del SIPA (Sistema Integrado Provisional Argentino). Quedando exceptuados aquellos que con su cónyuge cobren más de 2,5 veces el monto del haber mínimo.
    • Asignación Universal por Hijo.
    • Asignación por Embarazo para la Protección Social.
    • Pensión no Contributiva.

La devolución del IVA se acreditará en la cuenta bancaria que esté asociada a la tarjeta de débito utilizada para percibir el haber mensual.

Este beneficio se aplica tanto a los productos de la canasta básica como los que no, ya sea que estén gravados al 21% o al 10,50%. El valor total de la compra no debe superar los 2.000 pesos.

Un dato a tener en cuenta es que el tope de devolución para los titulares de la AUH y la Asignación por Embarazo será de 200 pesos si utilizan la tarjeta al máximo. Esto es equivalente a 2,5 asignaciones extras al año.

Es importante tener en cuenta que en los primeros meses de vigencia del beneficio, no importa que las compras sean menores a la devolución del Impuesto al Valor Agregado. Por ejemplo, si la primera compra en julio es de $100, el jubilado igualmente verá acreditados los $150 para que sus futuras compras las haga sin IVA.

Los beneficiarios podrán hacer compras menores a 2000 pesos y pagarlas en dos cuotas con su tarjeta de débito. De esta forma, ellos transformarán la misma en una tarjeta de crédito.

De acuerdo a los datos suministrados por el Ministerio de Hacienda y Finanzas, la inversión social anual de esta medida es de 25.000 millones de pesos. Esto es equivalente a la mitad del dinero que el Estado Nacional invierte en la AUH por año.

22 comentarios en “Devolución del IVA a jubilados y Asignación Universal por Hijo desde julio de 2016”

  1. Hola. Perdón pero no entiendo si ya está ó no vigente. Por lo que leo en los artículos sí, por lo que veo en el resumen del Banco no y pedí información en el Banco y me dijeron que no rige aún. Qué pueden decirme al respecto por favor? saben si ya está ó desde cuándo estará?. gracias, saludos!

      1. Hola Jorge, ante todo mil gracias por la pronta respuesta. Penosamente en el caso que me tocó, la empleada del banco no estaba bien informada xq me dijo que aún no regía. Indica q me corresponde pero no lo he visto detallado ni agregado en el valor total mensual. Éso lo explica en otro lado? como viene detallado? Gracias, slds!

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