Aumento Empleados de Comercio interpretación
Ayer se firmo un acta acuerdo del aumento salarial de los empleados de comercio entre el asesor del Ministro de Trabajo, Dr. Jorge Ariel Schuster y representantes de la Federación Argentina de Empleados de comercio y Servicios, F.A.E.C.y .S. entre ellos el Sr. Armando O. Cavalieri y acordaron entre otras cosas el aumento para el personal adheridos al convenio de los Empleados de Comercio:
Aumento en los salarios del 20% sobre las remuneraciones, escalonado:
8% a partir del mes de abril de 2008
6% a partir del mes de julio de 2008
6% a partir del mes de septiembre de 2008
- Abril y Mayo será liquidado:
- Nuevas planillas de Básicos (actuales mas el 23% No remunerativo que ya venían cobrando desde Junio/2007) más un 8% no remunerativo.
- $100.- que se venían cobrando desde enero 2008
2. Junio se liquidará con nuevas planillas de básicos (modificación de la antiguedad) y además se pagará un adicional no remunerativo igual al 25% de lo cobrado por este aumento o sea los $100.- más el 8%.
3. Julio y Agosto básicos de la nueva planilla y al 8% se incrementa el 6% no remunerativo
4. Septiembre igual que agosto pero se incrementa al 8 y 6% un 6% mas no remunerativo
5. Octubre y noviembre igual que septiembre
6. Diciembre igual pero se paga un adicional no remunerativo igual al 50% de lo cobrado por este aumento (todos los conceptos cobrados desde julio a diciembre no remunerativos).
Se continuara cobrando igual hasta el mes de abril de 2009, fecha que el incremento tendrá carácter salarial remunerativo, esto que se firmo es un acta hay que esperar que se homologue y publique el acuerdo, aunque el Ministerio en su artículo octavo dice que se debe pagar igual.
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260 respuestas to “Aumento Empleados de Comercio interpretación”
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[260] Comentarios
15 mayo 2008 a las 10:08 am
Queria saber en base a que sueldo se calcula el aumento y si hay alguna pagina del gobierno donde se pueda seguir o te informe sobre el estado de la homologación.
13 mayo 2008 a las 9:20 am
Graciela:
Esta “rama” no es para ninguna provincia en particular ya que yo he descargado la escala salarial de sitios de acopiadores de cordoba (www.acopiadorescba.com) y de Bs.As.
El unico dato que yo te puedo pasar es que esta rama se forma por un acuerdo entre: FAECyS, CONINAGRO y la Federación de Acopiadores. y es previa a la formación de URGARA que es el sindicato de la Union de Recibidores de Granos y Anexos. Entre ambos sindicatos se disputan la pertenencia de los empleados… y nosotros en el medio….
12 mayo 2008 a las 6:16 pm
Hola Guillermo:
Yo te preguntaba para ver si dice algo para saber a que convenio o de que lugar es, es de alguna provincia?
gracias
12 mayo 2008 a las 5:06 pm
Graciela, ante todo gracias por tu dedicación. Si te es útil tengo copia en formato PDF de la escala de esta “rama” del año 2005 si queres contactate por mail y te la envio a vuelta de correo.
De nuevo Gracias
Guillermo
12 mayo 2008 a las 4:33 pm
Hola carlos:
te paso el ejemplo:
http://WWW.ECONOBLOG.COM.AR
LIQUIDACION HABERES http://www.econoblog.com.ar
HABERES IMPORTE
SUELDO BASICOAdminist. D 23 años $ 1.445,64
PRESENTISMO $ 120,47
SUMA FIJA (No Remunerativa) $ 100,00
Acuerdo Colectivo Abril 2008 $ 115,65
PRESENTISMO (No Remunerativo) $ 17,97
TOTALES $ 1.799,73
DEDUCCIONES % IMPORTE
JUBILACION 11 $ 172,27
LEY 19032 3 $ 46,98
OBRA SOCIAL OSECAC3 $ 53,99
SINDICATO 2 $ 35,99
FAECYS 0,50 $ 9,00
DEDUCIONES $ 318,24
IMPORTE NETO $ 1.481,49
GRACIAS
12 mayo 2008 a las 2:36 pm
Graciela, quisiera saber la remuneración que le corresponde a un Empleado de Comercio Administrativo Categoría “D”, con 23 años de antiguedad y cuanto cobraría con los descuentos por los aportes hechos.-
Muchas gracias
12 mayo 2008 a las 12:20 pm
Hola guilermo:
Las planillas aunque sean viejas tienen alguna direción o algo que las identifique, quizas corresponden a alguna provincia edn particular.
Voy a tratar de averiguar algo.
gracias
12 mayo 2008 a las 11:46 am
El acopio es la actividad que se efectua en las plantas de silos. Se almacena cereal y se realizan servicios s/el cereal almacenado. Existe (ya que yo tengo copias de escalas de la Rama Acopio no muy nuevas) pero en varios lugares me han dicho lo mismo que vos, es decir que no la conocen. Si todos estan bajo el mismo convenio (incluida esta rama) el aumento debio haberse pagado. Si averiguas algo con respecto a la obligacion de estar en esa rama de acuerdo a la actividad te lo voy a agradecer mucho. Muchas Gracias.
11 mayo 2008 a las 11:45 am
Hola Ramon:
la ley de contrato de trabajo dice que para sacar el valor horario hay que dividir el sueldo por 200, para sacar el valor diario por 30, y para calcular licencias se divide por 25.–
gracias
10 mayo 2008 a las 7:08 pm
Son 200 hs porque setoma en promedio 25 dias trabajados de 8 hs? serian 23 dias de semana y dos sabados de 8 hs al mes.
23x5hs= 115
2x8hs = 16
131 hs segun mi calculo
10 mayo 2008 a las 10:45 am
Hola Guillermo:
A que se dedica la empresa? no se que es acopio? yo conozco solo una escala salarial de los empleados de comercio.
gracias
9 mayo 2008 a las 6:06 pm
Quiero saber si para la Rama Acopio de Empleados de comercio corresponde el mismo aumento ya que considero que estamos en el mismo convenio. Es Asi??
Por otro lado quiero saber cual es la obligacion de una empresa Acopiadora de tener a sus empleados dentro de esta rama ?? No es lo mismo que esten directamente bajo el convenio de Empleados de Comercio?? Muchas Gracias !!
8 mayo 2008 a las 8:17 pm
Hola Naty:
Si cunado se homologue tienen que pagarte el retroactivo, el 25% es como una aguinaldo de la parte no remunerativa.
gracias
8 mayo 2008 a las 7:09 pm
A nosotros en la empresa no nos pagaron el aumento hasta que no sea homologado, luego nos corresponderia un retroactivo?, Que significa que en junio cobramos un 25% mas? eso corresponde al aguinaldo más el proporcional de ese aumento? que es no remunerativo? Gracias
8 mayo 2008 a las 5:38 pm
Hola gabriel:
No hay fecha estipulada, solo que tardan un monton, fijate que los $300.- sa pagar enero, febrero y marzo recien fueron homologadas en abril.
gracias
8 mayo 2008 a las 5:33 pm
Hola Diego:
Lo determina la empresa, igualmente estan siendo pasado a remunerativo.
gracias
8 mayo 2008 a las 12:53 pm
HOLA GRACIELA:
QUISIERA SABER SI TIENEN FECHA PARA LA HOMOLOGACION DEL ACUERDO DE ABRIL DE 2008 PORQUE MI EMPLEADOR NO LO QUIERE PAGAR HASTA QUE NO ESTE HOMOLOGADO. GRACIAS
8 mayo 2008 a las 12:26 pm
Hola, como es el asunto de los tiket canasta? Mis compañeros lo cobran a mi ano me los pagan. ($80). Quien determina eso? La empresa o el estado? Gracias. Diego
8 mayo 2008 a las 9:19 am
Hola Ramon:
Se divide por 200 y multiplica por las horas que trabajas, el calculo a mi me da 121 horas trabajadas, fijate.
gracias
8 mayo 2008 a las 9:11 am
Hola Ruben:
Estoy por publicar otra que s epuedan cargar los adicionales, pero para que te sea mas facil buscala en este sitio por fecha, ya que lo sarticulos estan ubicados por fecha, fua publicada el 13 de abril
gracias