Aumento Empleados de Comercio interpretación
Ayer se firmo un acta acuerdo del aumento salarial de los empleados de comercio entre el asesor del Ministro de Trabajo, Dr. Jorge Ariel Schuster y representantes de la Federación Argentina de Empleados de comercio y Servicios, F.A.E.C.y .S. entre ellos el Sr. Armando O. Cavalieri y acordaron entre otras cosas el aumento para el personal adheridos al convenio de los Empleados de Comercio:
Aumento en los salarios del 20% sobre las remuneraciones, escalonado:
8% a partir del mes de abril de 2008
6% a partir del mes de julio de 2008
6% a partir del mes de septiembre de 2008
- Abril y Mayo será liquidado:
- Nuevas planillas de Básicos (actuales mas el 23% No remunerativo que ya venían cobrando desde Junio/2007) más un 8% no remunerativo.
- $100.- que se venían cobrando desde enero 2008
2. Junio se liquidará con nuevas planillas de básicos (modificación de la antiguedad) y además se pagará un adicional no remunerativo igual al 25% de lo cobrado por este aumento o sea los $100.- más el 8%.
3. Julio y Agosto básicos de la nueva planilla y al 8% se incrementa el 6% no remunerativo
4. Septiembre igual que agosto pero se incrementa al 8 y 6% un 6% mas no remunerativo
5. Octubre y noviembre igual que septiembre
6. Diciembre igual pero se paga un adicional no remunerativo igual al 50% de lo cobrado por este aumento (todos los conceptos cobrados desde julio a diciembre no remunerativos).
Se continuara cobrando igual hasta el mes de abril de 2009, fecha que el incremento tendrá carácter salarial remunerativo, esto que se firmo es un acta hay que esperar que se homologue y publique el acuerdo, aunque el Ministerio en su artículo octavo dice que se debe pagar igual.
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[257] Comentarios
6 octubre 2008 a las 11:16 am
Hola GERMAN:
Cuando llames al Sindicato pregunta lo del seguro, ya que tengo entendido en Buenos Aires, se firmo un acuerdo y debe hacerse por esa compañia. Tambien cuando lo sepas comentalo
muchas gracias
6 octubre 2008 a las 10:40 am
Si era eso, ahora llamo al CUEC y si consigo algo te lo envío. Te hago otra consulta además;
Seguro Art. 97 CCT 130/75 de Vida Convencional, correspondiente al equivalente de 12 sueldos del personal administrativo categoría A, es decir actualmente $15.834,72, corresponde abonar la prima 2/3 al empleador y el 1/3 al empleado? Es obligatorio? Si es asi, se contrata con cualquiera o es tipo la Estrella?
Saludos,
6 octubre 2008 a las 10:28 am
Hola GERMAN:
te referis a lo del CUEC? ya te conteste eso o es otra cosa?
gracias
6 octubre 2008 a las 10:25 am
muchas gracias graciela,
pudiste ver el tema del 2% sobre Jornada Completa,? según el otro comentario?
Saludos,
6 octubre 2008 a las 10:21 am
Hola GERMAN:
No el sueldo ya incluye el pago del dia 26/09 y lo duplicas dividiendo por 30,
gracias
6 octubre 2008 a las 9:44 am
Graciela, buenos días,
Otra consulta sobre un tema trillado, que es la liquidación del día 26/09/08, que al ser feriado pero el trabajador presta servicios divide por 30. Tengo dudas liquidación si además lo multiplico por el doble, es decir:
Sueldo básico + antiguedad 0 + presentismo, de vendedor categoría B = $1.380,01
liquidación 1.380,01 / 30 *1 * 2 = $92,00
donde:
1380,01 = remuneración mensual
30 = cantidad de días al mes
1 = cantidad de días feriados que se liquidan
2= coeficiente a utilizar para dterminar el importe de una suma igual a los días comunes.
Muchas gracias, como siempre
6 octubre 2008 a las 8:49 am
Hola GERMAN:
CUEC es el sindicato lo que aca llamamos FEC? sera algo de Santa Fé? en Buenos Aires no estoy enterada? Trata de averiguar en el sindicato local y luego si queres comentame lo que te dicen si te dan algun folleto si queres pasamelo asi lo publico.
si alguna persona lee el comentario y sabe algo y quiere comentar se lo agradezco.
gracias
6 octubre 2008 a las 8:24 am
Graciela, desde hace unas semanas, aparece en el diario El Litoral de la ciudad de Santa Fe, aviso del CUEC SANTA FE, en donde informa la utilización de un nuevo aplicativo, uso obligatorio a partir del 01/11/2008, y aclara textualmente al final en negrita, el siguiente párrafo:
“Sr. Empleador: recuerde que los aportes de los afilaidos al CUEC Santa fe deben realizarse sobre los haberes correspondientes a “Jornada Completa” de acuerdo a la categoría laboral que corresponda. La presente no exime a las empresas de empadronarse.”
Como verás no menciona ningún artículo, pero hace referencia a Jornada Competa. Vos como lo ves?
Saludos,
5 octubre 2008 a las 12:05 pm
Hola German:
Yo liquido jornada completa sobre la obra social CUEC es el sindicato quien te dijo que tambien iba jornada completa?
gracias
5 octubre 2008 a las 11:53 am
Hola Paula:
no me pasas la antiguedad y tampoco las horas que trabajs por dia asi que te paso la liquidación sin antiguedad y por 130 horas mensuales que es aproximado lo que trabajarias trajando 31 semanales:
http://WWW.ECONOBLOG.COM.AR
LIQUIDACION HABERES http://www.econoblog.com.ar
HABERES IMPORTE
SUELDO BASICOAdminist. B 130 h. $ 864,50
ANTIGÜEDAD 0 $ –
PRESENTISMO $ 72,04
SUMA FIJA (No Remunerativa) $ 65,00
Acuerdo Colectivo Abril 2008 $ 172,90
PRESENTISMO (No Remunerativo) $ 19,83
TOTALES $ 1.194,27
DEDUCCIONES % IMPORTE
JUBILACION 11 $ 103,02
LEY 19032 3 $ 28,10
OBRA SOCIAL OSECAC 3 $ 55,12
F.E.C. 2 $ 23,89
FAECYS 0,50 $ 5,97
DEDUCIONES $ 216,09
IMPORTE $ 978,17
gracias
4 octubre 2008 a las 10:00 pm
Graciela, quería que me aclares algo en relaciòn a los aportes y contribuciones patronales, en los casos de sueldos media jornada de empleado de ventas B. Liquidamos basico por $690,00 mas todos los conceptos, pero la retenciòn del 3% y contribuciòn del 6%, es sobre la jornada completa? Y el aporte del CUEC del 2%? es sobre el bàsico jornada completa????
Muchas gracias como siempre
4 octubre 2008 a las 5:51 pm
Consulto por lo siguiente, trabajo en una empresa editorial, con la siguiente categoria; administrativa B (empleados de comercio), media jornada, 31 horas semanales, que sueldo neto deben pagarme?
Muchas gracias por la respuesta!!!!
2 octubre 2008 a las 6:43 pm
Hola Florencia:
Se divide el basico por 30 y se paga como un adicional sumandole el presentismo.
gracias
2 octubre 2008 a las 3:24 pm
hola queria saber si me podian decir cunto me deben pagar por el dia del empleado de comercio. Puede ser q ese dia se paga doble?
29 septiembre 2008 a las 5:02 pm
Hola natalin:
Depende de las normas y costumbres de cada empresa
gracias
29 septiembre 2008 a las 2:32 pm
mi pregunta es acerca de cuentas llegadas tardes se toleran para no perder el presentismo. gracias
26 septiembre 2008 a las 5:42 pm
yo soy administrativa A, trabajo 4 y 1/2 x dia y mi sueldo neto es de $ 800.
Esta bien?
10 septiembre 2008 a las 9:10 am
Hola Madaglena:
No me pones la fecha de ingreso, pregunta nuevamente pregunta completa.
gracias
7 septiembre 2008 a las 2:52 pm
graciela, buenos dias.
necesito que me digas con el basico de 1380.01 como debio haber sido la liquidacion del mes de junio, julio, agosto y septiembre aprox. porque ese 25% no me lo pagaron. gracias
4 septiembre 2008 a las 8:12 pm
Hola Marcelo.
Te paso los porcentajes, tene en cuenta que la obra social va calcula sobre el basico jornada completa $1380.01 y la suma fija $100.- la ART depdende de la contratada ok.
CONTRIBUCIONES PATRONALES
Jubilación 10,17%
INSSJP 1,50%
F.N.EMPLEO 0,89%
Sal.Familiares 4%
Obra social 6%
INACAP 6,47
SEGURO LA ESTRELLA 3,50%
ART
aprox. Depeden acuerdo
gracias