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Requisitos para devolución de 300 pesos de IVA a Jubilados y Pensionados

Ayer, por medio del Decreto 858/2016, el Poder Ejecutivo creó el régimen de reintegro por compras en comercios de venta minorista. En este artículo, EconoBlog detalla la lista de los requisitos para la devolución de 300 pesos de IVA a Jubilados y Pensionados del SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino), cuyo haber es pagado por ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social). Los requisitos para devolución del IVA a jubilados y pensionados nacionales son los siguientes: No superar el haber jubilatorio mínimo. No ser contribuyente del Impuesto sobre los Bienes Personales. En caso de tener cónyuge, la suma de los haberes del grupo familiar no puede superar dos veces y medio la jubilación mínima. En este caso, el beneficio sólo se […]

Ayer, por medio del Decreto 858/2016, el Poder Ejecutivo creó el régimen de reintegro por compras en comercios de venta minorista. En este artículo, EconoBlog detalla la lista de los requisitos para la devolución de 300 pesos de IVA a Jubilados y Pensionados del SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino), cuyo haber es pagado por ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

Los requisitos para devolución del IVA a jubilados y pensionados nacionales son los siguientes:

  • No superar el haber jubilatorio mínimo.
  • No ser contribuyente del Impuesto sobre los Bienes Personales.
  • En caso de tener cónyuge, la suma de los haberes del grupo familiar no puede superar dos veces y medio la jubilación mínima. En este caso, el beneficio sólo se aplicará al adulto mayor que cobre la mínima.
  • Hacer compras en comercios minoristas con la tarjeta de débito asociada a la cuenta bancaria en la que se cobra el haber mensual.
  • Las compras deben ser inferiores a 2000 pesos.

Además de a los jubilados y pensionados del SIPA, la devolución del IVA se realiza a los beneficiarios de Pensiones no Contributivas (PNC), la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo.

El tope de devolución del IVA es de 300 pesos, monto que se actualizará en enero y julio de cada año.

Con el fin de incentivar a los beneficiarios a realizar sus compras con tarjetas de débito, en julio se acreditarán $150 con las primeras dos compras; en agosto, $75 en las primeras cuatro; y en septiembre, $50 en las primeras seis. Desde octubre se procederá a realizar el reintegro del 15% sobre el 21% ó 10,50% del gravamen.

Este beneficio se suma al reintegro del 5% del Impuesto al Valor Agregado que actualmente está vigente.

Recordemos que este beneficio es otorgado por el Estado Nacional con la finalidad de que sea más rendidor el ingreso de las personas que más lo necesitan. Además, gracias a ello disminuyen las operaciones comerciales en negro y crece la lista de comercios que instalan posnet para aceptar pagos electrónicos.

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