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AFIP: Solicitar Devolución de Percepciones por Mis Aplicaciones Web

Este mes, AFIP comenzaría a efectuar el reintegro de las retenciones por compras con tarjetas de crédito en el exterior, compra de dólar ahorro/turista y adquisición de pasajes o paquetes turísticos al extranjero en 2015. En este artículo, EconoBlog explica cómo solicitar la devolución de percepciones por Mis Aplicaciones Web de www.afip.gob.ar. Las personas a las que se les han aplicado percepciones en 2012, 2013, 2014 y 2015 por operaciones en moneda extranjera tienen la oportunidad de solicitar una devolución de las mismas por medio de la página de AFIP siempre y cuando cumplan con una serie de requisitos. Para hacerlo es necesario tener CUIL, lo cual no es lo mismo que CUIL y debe ser gestionado en la dependencia del […]

Este mes, AFIP comenzaría a efectuar el reintegro de las retenciones por compras con tarjetas de crédito en el exterior, compra de dólar ahorro/turista y adquisición de pasajes o paquetes turísticos al extranjero en 2015. En este artículo, EconoBlog explica cómo solicitar la devolución de percepciones por Mis Aplicaciones Web de www.afip.gob.ar.

Las personas a las que se les han aplicado percepciones en 2012, 2013, 2014 y 2015 por operaciones en moneda extranjera tienen la oportunidad de solicitar una devolución de las mismas por medio de la página de AFIP siempre y cuando cumplan con una serie de requisitos. Para hacerlo es necesario tener CUIL, lo cual no es lo mismo que CUIL y debe ser gestionado en la dependencia del organismo más cercana, y Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3; declarar el CBU de la cuenta bancaria en la que se quiera recibir el cobro; haberse adherido al Domicilio Fiscal Electrónico, lo cual se puede hacer siguiendo los pasos indicados AQUÍ; y haber cancelado todas las deudas y/o regularizado inconsistencias.

La solicitud de percepciones por compra de dólar se puede efectuar por los siguientes sujetos:

  • Aquellos que estén inscriptos únicamente en Bienes Personales.
  • Los monotributistas que no estén inscriptos en Bienes Personales.
  • Los empleados en relación de dependencia sin retenciones de Ganancias.
  • Los que no están inscriptos en Ganancias ni Bienes Personales.

Antes de realizar la presentación del formulario para solicitar el reintegro de las percepciones, el usuario debe declarar su CBU. Para hacerlo es necesario ingresar a www.afip.gob.ar con el CUIT y la Clave Fiscal; y dirigirse a la opción «Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad social».

Los pasos a seguir para solicitar la devolución de percepciones por compras en dólares son los siguientes:

  • Ingresar en la página de AFIP con el CUIT y la Clave Fiscal.
  • Acceder al servicio «Mis Aplicaciones Web».
  • En la solapa «Nuevo» es necesario generar el Formulario 746/A seleccionando «AFIP» en el campo «Organismo», «F.746/A – Devoluciones y Transferencias» en «Formulario» y el período fiscal que corresponda en formato AAAAMMM (Año mes).
  • En pantalla se mostrará el listado de las percepciones cargadas en el sistema. Es necesario seleccionar las que se quieran solicitar. En caso de no haber alguna, es posible agregarla manualmente pulsando en el botón «Agregar percepción».
  • Para realizar la presentación se debe pulsar en «Presentar» y luego en «Sí».

Si bien AFIP ya ha realizado la devolución de las percepciones que van de 2012 a 2014, los contribuyentes que aún no las han solicitado pueden hacerlo.

Es importante tener en cuenta que el reintegro se realiza en seis cuotas para importes altos. Las primeras cinco de ellas con un tope de $6000 y la sexta con el saldo restante.

42 comentarios en “AFIP: Solicitar Devolución de Percepciones por Mis Aplicaciones Web”

  1. Buen dia, acabo de venir del afip y no saben las fechas, mi pregunta es la siguiente ,cuanto tiempo antes suelen publicar las fechas, en otros casos, si lo hacen siempre 15 dias antes ya casi casi que cobramos en septiembre , si aveces no publican podemos cobrar el martes , espero que se entienda la pregunta , Gracia s

  2. te pregunto lo mismo, segun tu punto de vista saldran este mes, por el tiempo, esposible que publiquen las fechas y salga este mes o siempre publican con 15 dias de anticipacion las fechas y saldria en septiembre

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