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AFIP: Acreditación de devolución de Percepciones 2015 en agosto/septiembre de 2016

La semana pasada, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó al Diario Clarín que ha habido una demora en los pagos a causa de la implementación del Sinceramiento Fiscal. Finalmente, muchos de nuestros usuarios han comenzado a recibir la acreditación de la devolución de las percepciones de 2015 el 31 de agosto y el 1° de septiembre de 2016. En un primer momento, si bien no publicó un nuevo cronograma de pagos, AFIP indicó que la devolución de las percepciones por operaciones en moneda extranjera durante 2015 se efectuarían en el mes de agosto de 2016. Sin embargo, la implementación del Blanqueo de Capitales hizo que el Fisco Nacional se demorara produciendo preocupación e indignación en los contribuyentes. Afortunadamente, […]

La semana pasada, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó al Diario Clarín que ha habido una demora en los pagos a causa de la implementación del Sinceramiento Fiscal. Finalmente, muchos de nuestros usuarios han comenzado a recibir la acreditación de la devolución de las percepciones de 2015 el 31 de agosto y el 1° de septiembre de 2016.

En un primer momento, si bien no publicó un nuevo cronograma de pagos, AFIP indicó que la devolución de las percepciones por operaciones en moneda extranjera durante 2015 se efectuarían en el mes de agosto de 2016. Sin embargo, la implementación del Blanqueo de Capitales hizo que el Fisco Nacional se demorara produciendo preocupación e indignación en los contribuyentes.

Afortunadamente, el organismo recaudador a cargo de Alberto Abad empezó a hacer las transferencias de fondos, cuya demora puede tardar hasta 72 horas en acreditarse en la cuenta bancaria del CBU informado. Los depósitos de las devoluciones de percepciones se efectúan en grupos por cada día.

Para consultar el estado de la solicitud de devolución de percepciones es necesario seguir estos pasos:

  • Acceder a la web de AFIP con el CUIT y la Clave Fiscal.
  • Pulsar en «Mis Aplicaciones Web».
  • En el campo «Organismo» elegir «AFIP» y en Formulario «F.746/A – Devoluciones y Transferencias»; y pulsar en «Aceptar».
  • Hacer clic sobre la palabra «Presentado» que se muestra en la columna «Estado».

Algunos de nuestros usuarios han descubierto que, una vez aprobado el reintegro, es posible hacer un seguimiento del depósito mediante el servicio «Consulta de Devoluciones de IVA». Para ello es necesario seguir estos pasos:

  • Ingresar a la página del organismo recaudador con el número de CUIT y la Clave Fiscal.
  • Seleccionar «Consulta de Devoluciones de IVA». Si no está habilitado se debe:
    • Ingresar en «Administrador de Relaciones de Clave Fiscal».
    • Pulsar en «Adherir servicio».
    • Presionar en «AFIP».
    • Hacer clic en «Servicios Interactivos».
    • Seleccionar «Consulta de Devoluciones de IVA».
    • Pulsar en «Confirmar».
    • Se mostrará en pantalla el Formulario 3283/E indicando el servicio que fue adherido. Es necesario cerrar sección y volver a abrir una nueva para seguir operando.
  • En la parte superior de la ventana emergente se debe pulsar en «Devoluciones» (No en el botón «Consultar»). Es importante tener en cuenta que si al acceder a «Consulta de Devoluciones de IVA» se abre y se cierra automáticamente una ventana, el usuario tiene que habilitar ventanas emergentes para el sitio de AFIP en su navegador.

Recordemos que en los años 2012, 2013, 2014 y 2015, el Estado aplicó una percepción del 20% a la compra de dólar ahorro; y del 35% a la compra de dólar turista, pasajes y paquetes al exterior y a las compras con tarjetas de crédito y de débito por Internet o personalmente en comercios extranjeros. El nuevo Gobierno decidió aplicar el reintegro de este dinero a aquellos sujetos que no están alcanzados por el Impuesto a las Ganancias ni sobre los Bienes Personales.

746 comentarios en “AFIP: Acreditación de devolución de Percepciones 2015 en agosto/septiembre de 2016”

  1. quiisieravsaber cuando me depositaran la tercera cuota de retenciones 2015, la primera fue en setiembre y la segunda el 23 de diciembre y la de enero para cuando el tiempo pasa y cuando ya lo devuelven no es nada lo necesito estoy haciendo arreglos en mi casa pero para c uando,,,,tendrian que dar intereses por el tiempo acaecido

  2. Hola, buenas Tardes!.tengo una inquietud, siguiendo este blog agregue el item consulta de devolucion de iva, me sale este mensaje: «La CUIT seleccionada no corresponde a un beneficiario de devolución». pero en mis aplicaciones Web sale esta leyenda: «ESTADO [APROBADO – DEVOLUCIÓN EN CUOTAS (24-70)] FECHA ESTADO [07-01-2017]
    Estimado Ciudadano, el importe correspondiente a su solicitud de devolución ha sido incluido en un cronograma de cuotas de hasta $ 6.000 cada una.»
    No sé cual seria por la que debo guiarme, me podrias guiar un poco con tus conocimientos? desde ya muy agradecida!

  3. Feliz año a todos! yo tengo todas mis presentaciones en trámite y con la misma leyenda que le aparece a Cristina, desde Junio 2016. No se que tengo que hacer porque reclamé varias veces y me dicen que están verificando todavía. No entiendo porque lleva tato tiempo. Mi duda es si van a seguir devolviendo durante el 2017. Gracias.

  4. buenos dias

    Conforme las bases de datos de este Organismo, Ud. se encuentra inscripto en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y en el Impuesto sobre los Bienes Personales. Por lo tanto, la percepción solicitada en devolución corresponde ser computada en la DDJJ correspondiente al impuesto citado. Por lo expuesto, su solicitud se encuentra en proceso de verificación. Oportunamente se le comunicará el resultado de la mismo.

    Ahora bien no entiendo que tengo que hacer y en la afip no saben, si alguien puede ayudarme. Gracias

    1. Si te corresponde presentar DDJJ de bienes Personales tenes que en esa DDJJ pedir el reintegro y cuando la presentes, haces una multinota y vas a la aFIP

    2. tenes que presentar dd.jj. de impuesto a las ganacias y debitar las retenciones de las ganancias, solo presentando las dd.jj. si te da quebranto te la devolveran

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