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AFIP: Devolución de percepciones enviada al banco aún no acreditada, ¿qué hago?

La semana pasada, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha dado comienzo al pago de la devolución de las percepciones de 2015. Desde entonces recibimos muchas consultas de diferentes usuarios que aseguran que le han enviado las mismas al banco pero aún no han cobrado. En dichos casos es necesario aguardar dado que la acreditación puede tardar hasta 72 horas hábiles. En los años 2012, 2013, 2014 y 2015, el Gobierno Nacional ha aplicado una percepción del 20% a la compra de dólar ahorro; y del 35% a la adquisición de dólar turista, paquetes y pasajes con destinos en el extranjero y a las compras con tarjetas de crédito/débito en el exterior. La misma podía ser tomada como un […]

La semana pasada, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha dado comienzo al pago de la devolución de las percepciones de 2015. Desde entonces recibimos muchas consultas de diferentes usuarios que aseguran que le han enviado las mismas al banco pero aún no han cobrado. En dichos casos es necesario aguardar dado que la acreditación puede tardar hasta 72 horas hábiles.

En los años 2012, 2013, 2014 y 2015, el Gobierno Nacional ha aplicado una percepción del 20% a la compra de dólar ahorro; y del 35% a la adquisición de dólar turista, paquetes y pasajes con destinos en el extranjero y a las compras con tarjetas de crédito/débito en el exterior. La misma podía ser tomada como un pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias y/o sobre los Bienes Personales.

La nueva administración decidió efectuar la devolución de dichas percepciones a los contribuyentes que no estén alcanzados por Ganancias  ni Bienes Personales. Para solicitar el reintegro es necesario presentar el Formulario 746/A como se explica AQUÍ.

Una vez cumplida la presentación, el solicitante puede hacer un seguimiento de su trámite de la siguiente forma:

  • Entrar en la página oficial de AFIP con el CUIT y la Clave Fiscal.
  • Presionar en el servicio «Mis Aplicaciones Web».
  • En el campo «Organismo» seleccionar «AFIP» y en «Formulario» elegir «F.746/A – Devoluciones y Transferencias»; y hacer clic en el botón «Aceptar».
  • En la columna «Estado» se tiene que presionar sobre la palabra «Presentado».

Algunos usuarios han descubierto que, una vez aprobada la solicitud, es posible conocer si se ha enviado al banco la percepción. Para ello se tiene que utilizar el servicio «Consulta de Devoluciones de IVA» de la siguiente forma:

  • Acceder al sitio del organismo dirigido por Alberto Abad con el CUIT y la Clave Fiscal.
  • Pulsar en «Consulta de Devoluciones de IVA», servicio que debe ser activado de la siguiente manera:
    • Ingresar en «Administrador de Relaciones de Clave Fiscal».
    • Presionar en el botón «Adherir servicio», «AFIP», «Servicios integrativos» y «Consulta de devolución de IVA».
    • Presionar en «Confirmar».
    • En pantalla se mostrará el Formulario 3283/E confirmando el alta del servicio. Luego es necesario cerrar la ventana y volver a acceder al sitio.
  • Hacer clic sobre la palabra «Devoluciones», no en el botón «Consultar». En caso de que la ventana se cierre al acceder a este servicio es necesario habilitar ventanas emergentes para la página de AFIP.

Si el sistema indica una fecha de envío de la devolución de las percepciones al banco pero aún no haber recibido el dinero en la cuenta bancaria del CBU informado, el contribuyente debe aguardar. Dependiendo de la entidad bancaria que se trate, la acreditación del reintegro puede tardar hasta 72 horas hábiles.

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