Cuaderno con el logo de la AFIP en escritorio

AFIP: ¿Es anticonstitucional una alícuota del 40% del Impuesto a las Ganancias?

Como parte de las promesas que Mauricio Macri realizó a lo largo de su campaña presidencial, el Ministerio de Hacienda y Finanzas se encuentra trabajando en una reforma del Impuesto a las Ganancias. La misma incluiría que se dejen de aplicar las alícuotas del 9 al 35% y sean reemplazadas por un nuevo esquema que iría del 6 al 40%, algo que muchos afirman que es anticonstitucional. El Proyecto de Ley para modificar Ganancias será presentado por el Gobierno Nacional para que sea tratado junto con el Presupuesto 2017 en el Congreso. El mismo será muy polémico dado que elevaría la alícuota máxima del tributo al 40% cambiando el rango de escalas que está fijo desde hace más de 15 […]

Como parte de las promesas que Mauricio Macri realizó a lo largo de su campaña presidencial, el Ministerio de Hacienda y Finanzas se encuentra trabajando en una reforma del Impuesto a las Ganancias. La misma incluiría que se dejen de aplicar las alícuotas del 9 al 35% y sean reemplazadas por un nuevo esquema que iría del 6 al 40%, algo que muchos afirman que es anticonstitucional.

El Proyecto de Ley para modificar Ganancias será presentado por el Gobierno Nacional para que sea tratado junto con el Presupuesto 2017 en el Congreso. El mismo será muy polémico dado que elevaría la alícuota máxima del tributo al 40% cambiando el rango de escalas que está fijo desde hace más de 15 años.

Por lo cual, iProfesional se ha contactado con un experto en la materia para aclarar si es o no constitucional esta medida. El profesional destacó que la modificación en las alícuotas de Ganancias no sería anticonstitucional. Nunca se ha definido un porcentaje de confiscatoriedad sobre la presunción de renta afectada por las deducciones especiales, las cargas de familia y el Mínimo no Imponible.

El experto destacó que en otros países se aplica una alícuota del 40% sobre las ganancias de las personas físicas.

Un dato a tener en cuenta es que la Coste Suprema de Justicia de la Nación se pronunció en reiterados casos provinciales (Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes, Impuesto Inmobiliario Rural y Contribuciones de Mejoras) considerando que una tasa mayor al 33% es confiscatoria. Sin embargo, en varias oportunidades no lo ha hecho.

En los casos relacionados con el Impuesto a las Ganancias, los pronunciamientos en contra de la aplicación de esta tasa fueron relacionados con la falta de aplicación del ajuste por inflación, lo cual llevó a que se pague un tributo sobre guanacias ficticias y no reales de acuerdo al proceso inflacionario.

Por otro lado, en estos días, el Estado se reunirá con los gobernadores de las Provincias dado que esta modificación producirá un gran impacto en su economía. Para obtener el aval en el Congreso, es necesario minimizar el costo financiero de este cambio en las escalas.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *