Jubilado pensando frente a oficina de Anses

ANSES: ¿Cuánto cobro por haberes devengados por muerte de jubilado?

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) efectúa el pago de haberes devengados por muerte de jubilados y pensionados, lo cual requiere la solicitud de un turno mediante www.anses.gob.ar. Únicamente los mismos son abonados de forma directa a los herederos sin exigir una declaratoria de herederos si no existen derechohabientes. El monto máximo que se paga es de $1600. Un requisito para solicitar el cobro de haberes devengados por muerte del jubilado y pensionado del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) es que los datos personales y de su grupo familiar estén registrados en la Base de datos de ANSeS. La actualización de dicha información se tiene que realizar en cualquier oficina del organismo previsional sin sacar turno previo con […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) efectúa el pago de haberes devengados por muerte de jubilados y pensionados, lo cual requiere la solicitud de un turno mediante www.anses.gob.ar. Únicamente los mismos son abonados de forma directa a los herederos sin exigir una declaratoria de herederos si no existen derechohabientes. El monto máximo que se paga es de $1600.

Un requisito para solicitar el cobro de haberes devengados por muerte del jubilado y pensionado del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) es que los datos personales y de su grupo familiar estén registrados en la Base de datos de ANSeS. La actualización de dicha información se tiene que realizar en cualquier oficina del organismo previsional sin sacar turno previo con la documentación que acredite el vínculo.

El monto máximo a cobrar por haberes devengados es de 1.600 pesos. Dicho importe incluye los haberes más el proporcional del aguinaldo.

La solicitud de los haberes devengados en ANSES puede ser realizada por las personas comprendidas en los siguientes puntos:

  • Si hay más de un solicitante podrá ser realizada por:
    • Hijos mayores de 18 años de edad que no estén incapacitados. En este caso se dividirá el monto para ser pagado en partes iguales.
    • Nieto y bisnieto. Se abonará en función de las partes que le correspondería a sus padres/abuelos.
    • Padres. Se pagarán los haberes en partes iguales.
    • Abuelo y bisabuelo. Se abonará en base a lo que le correspondería al hijo o nieto.
    • Hermanos. Se pagará en partes iguales. En caso de medio hermanos se pagará en base a los artículos 3586 y 3587 del Código Civil.
    • Sobrinos. Se pagará en base a los que hubiera cobrado su padre.
  • Si no existen parientes por consanguinidad pueden solicitar el cobro las personas que acrediten haberse hecho cargo de los gastos de la última enfermedad del jubilado/pensionado.

La solicitud del cobro de los haberes devengados se tiene que hacer dentro de los dos años de la muerte del causante.

Un dato a tener en cuenta es que las personas interesadas en solicitar el cobro de haberes devengados deben sacar un turno en ANSES. Dicha solicitud se puede hacer comunicándose con el número de teléfono 130 o la página www.anses.gob.ar.

29 comentarios en “ANSES: ¿Cuánto cobro por haberes devengados por muerte de jubilado?”

  1. necesito saber que debo hacer para poder cobrar los haberes devenegados, RESOLUCIÓN ANSES N°1178/02. SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENEINO (SIPA)
    la cual realice los tramites en la Ciudad de Vera en el Anses.
    La cual son por el FALLECIMIENTO DE CRISTINA BEATRIZ, DNI 11111111 FALLECIDA EL 15 DE JUNIO DEL 2023. YO SIENDO LA APODERADA ORENA EDITH, DNI .

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