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AFIP: Solución a error al dar la baja del impuesto 103-Regímenes de Información

Al dar la baja de una Sociedad de Hecho en la página de la Administración Federal de Ingresos Públicos (www.afip.gob.ar), algunos contribuyentes obtienen como error la leyenda «Para dar de baja el impuesto 103-Regímenes de Información debe previamente darse de baja en la categorización 68-Participaciones societarias». En dicho caso se necesita presentar el F981 en AFIP. Algunos contribuyentes que desean dar la baja a una Sociedad de Hecho mediante el Sistema Registral del organismo recaudador dirigido por Alberto Abad obtienen el siguiente error: Para dar de baja el impuesto 103-REGIMENES DE INFORMACIÓN debe previamente darse de baja en la caracterización 68-Participaciones societarias. Según indica la Mesa de Ayuda de AFIP, en caso de disolución de la sociedad, la baja del régimen […]

Al dar la baja de una Sociedad de Hecho en la página de la Administración Federal de Ingresos Públicos (www.afip.gob.ar), algunos contribuyentes obtienen como error la leyenda «Para dar de baja el impuesto 103-Regímenes de Información debe previamente darse de baja en la categorización 68-Participaciones societarias». En dicho caso se necesita presentar el F981 en AFIP.

Algunos contribuyentes que desean dar la baja a una Sociedad de Hecho mediante el Sistema Registral del organismo recaudador dirigido por Alberto Abad obtienen el siguiente error:

Para dar de baja el impuesto 103-REGIMENES DE INFORMACIÓN debe previamente darse de baja en la caracterización 68-Participaciones societarias.

Según indica la Mesa de Ayuda de AFIP, en caso de disolución de la sociedad, la baja del régimen de información 103 se tiene que hacer de forma presencial en la dependencia correspondiente al domicilio fiscal. Para hacerlo, el sujeto tiene que realizar la presentación del Formulario 981, el cual se puede bajar al pie de este artículo en formato PDF.

Bajar F.981 (Requiere la instalación del Adobe Acrobat Reader).

8 comentarios en “AFIP: Solución a error al dar la baja del impuesto 103-Regímenes de Información”

  1. hola buen dia! tengo el mismo problema,no puedo dar de baja el regimen 337 por que me pide primero el de ventas y compras.como lo hago desde la pagina web de afip??? gracias

    1. Para dar de baja el impuesto 103-REGIMENES DE INFORMACIÓN debe previamente darse de baja en la caracterización 337-REGIMEN INFORMATIVO DE COMPRAS Y VENTAS.
      ESTO ES LO QUE A MI ME SALE…..A ALGUIEN LE CONTESTAN? JESICA PUDISTE SOLUCIONARLO?

  2. GRACIELA EL CARMEN

    Quiero dar de baja a un contribuyente individual en regimen de informacion cod.103 por internet, cese de actividades total al 31-7-2017 y me figura que debo previamente darlo de baja CITI compras codigo 72.Como proceder? espero su opinion.Muchas gracias.

  3. buenos dias
    di de baja el IVA en un consorcio de propietarios que ya no tiene alquileres
    y al querer dar de baja regimenes de informacion sale una leyenda que dice
    que antes se debe dar de baja regimen de informacion de compras y ventas caracterizacion 337
    como se debe proceder?
    espero su opinion
    muchas gracias
    saludo atte

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