A partir de diciembre de 2005 fueron puesta a disposición medidas para beneficiar al empleador del personal contratado para servicios domésticos y a su vez beneficiar al trabajador.

Los beneficios para el trabajador son:

  • Cobertura de salud.
  • El día de mañana acceder a su jubilación.

Los beneficios del empleador son que podrá deducir como gasto en el Impuesto a las Ganancias lo que abone a su trabajador como retribución por su trabajo y las contribuciones de la seguridad social, topes:

  • En la Declaración Jurada de Ganancias correspondiente al año 2005 hasta $4.020.-
  • En la Declaración Jurada de Ganancias correspondiente al año 2006 hasta $6.000.-
  • En la Declaración Jurada de Ganancias correspondiente al año 2007 hasta $7.500.-