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AFIP: Exclusión de pleno derecho del Monotributo en diciembre de 2016

Hoy, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó la lista de los sujetos que han recibido la exclusión de pleno derecho del Monotributo en diciembre de 2016. Aquellos excluidos del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) tienen la oportunidad de presentar un descargo online mediante la página www.afip.gob.ar. Tal como lo establece la Ley, el primer día hábil de cada mes se realiza la publicación del listado de los Monotributistas excluidos de pleno derecho del RS. La causa por la cual el organismo dirigido por Alberto Abad produce la baja de oficio del Monotributo es porque, tras efectuar un cruce de información con otros organismos, se han detectado inconsistencias entre los límites de la categoría en la que están registrados […]

Hoy, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó la lista de los sujetos que han recibido la exclusión de pleno derecho del Monotributo en diciembre de 2016. Aquellos excluidos del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) tienen la oportunidad de presentar un descargo online mediante la página www.afip.gob.ar.

Tal como lo establece la Ley, el primer día hábil de cada mes se realiza la publicación del listado de los Monotributistas excluidos de pleno derecho del RS. La causa por la cual el organismo dirigido por Alberto Abad produce la baja de oficio del Monotributo es porque, tras efectuar un cruce de información con otros organismos, se han detectado inconsistencias entre los límites de la categoría en la que están registrados con su verdadera situación.

Las personas interesadas en conocer el motivo por el que le han dado la baja del Monotributo deben ingresar a la dirección web www.afip.gob.ar con su CUIT y Clave Fiscal, contraseña que se puede obtener siguiendo los pasos indicados AQUÍ. En el sitio de AFIP es necesario pulsar en el servicio «Monotributo – Exclusión de Pleno Derecho».

Como establece el Artículo 74 del Decreto 1397/79 y sus modificaciones da la oportunidad de que los Pequeños Contribuyentes efectúen la presentación de un descargo dentro de los 20 días contados a partir de que se ha difundido la publicación del listado. Luego de hacerlo, el sistema emitirá un acuse de recibo indicando el número de la solicitud.

Cabe señalar que los contribuyentes excluidos no pueden volver a anotarse al Monotributo por un plazo de tres meses.

Los Pequeños Contribuyentes que deseen consultar el listado publicado hoy deben ingresar ACÁ. Además, accediendo en ESTE enlace se puede hacer una consulta por Internet para saber si fueron excluidos indicando su CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria).

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