Nuevos Salarios del Servicio Doméstico Noviembre de 2009
Los salarios del Servicio Domestico subieron en promedio un 18% lo dispuso el Ministerio de Trabajo por Resolución 10028/09-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día 9/11/09, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Separando el salario mensual de un trabajador con y sin retiro.
Luego de la modificación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que es aplicable a los trabajadores en general con excepción del Servicio Domestico, se estaba a la espera de este aumento.
El porcentaje resulta de un 18% promedio para las distintas categorías y es aplicable al estatuto domestico. Pero también para los que se encuentran fuera de él ya que se verán en la planilla adjunta considerados los valores mínimos para jornadas menores.
Los nuevos salarios rigen a partir del 1ro. de noviembre de 2009, de esta manera, los ingresos MÍNIMOS para los trabajadores del Servicio Domestico son los siguientes:
|
CATEGORÍA |
ACTIVIDAD DESARROLLADA |
A partir de Noviembre de 2009 |
|
|
Personal Con Retiro 8 horas |
Personal Sin Retiro |
||
| PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1656.72 | $ 1846.70 |
| SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares. | $ 1537.54 | $ 1713.36 |
| TERCERA | cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. | $ 1502.14 | |
| CUARTA | Aprendices en general de 14 a 17 años de edad | $ 1347.56 | |
| QUINTA |
Personal con retiro que trabaja diariamente 8 o más horas diarias |
$ 1347.56 | |
| Por hora | $10.27 | ||
| Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarios. |
$ 673.78 |
||
|
Por cada hora de excedencia |
$10.27 | ||
Artículos relacionados
458 respuestas to “Nuevos Salarios del Servicio Doméstico Noviembre de 2009”
Páginas: « 23 … 19 18 17 16 15 [14] 13 12 11 10 9 … 1 »
Páginas: « 23 … 19 18 17 16 15 [14] 13 12 11 10 9 … 1 »

Enviar Noticia
[458] Comentarios
9 abril 2010 a las 9:26 pm
Sabrina
Si se paga mes vencido, y calculas el sueldo por horas
9 abril 2010 a las 7:16 pm
Hola. Si quiero contratar a una persona 12 horas semanales( 4horas, 3veces por semana)
¿como calculo su salario? y a partir de la contratacion, lleno el formulario de la afip mes vencido, no?
Gracias
Sabrina
5 abril 2010 a las 5:18 pm
Perdón, mientras lo corregías yo escribía… queda claro.
Muchas gracias.
5 abril 2010 a las 5:17 pm
Graciela, preaviso también? No corre a partir de los 90 días?
Te aclaro que vamos a darle un plus adicional igual, es solo para confeccionar el recibo correctamente.
Gracias.
5 abril 2010 a las 5:15 pm
Marcelo
Vacaciones y preaviso no
5 abril 2010 a las 3:48 pm
Graciela. Tengo una empleada doméstica con una antiguedad inferior a 90 días… qué debo pagarle para disolver el vínculo?
a) Solo el sueldo
b) Sueldo + Sac Prop + Vac Prop + Preaviso
Gracias.
5 abril 2010 a las 2:20 pm
marina
No tengo ese importe como minimo, solamente el 10.27
5 abril 2010 a las 1:23 pm
Graciela,
gracias, está claro que no pueden ganar menos de 10.27$. Yo le pago 14$ por hora, pero hoy en el Sindicato nos informaron que el mínimo era 15$.
Esta persona cuida a los niños pero no tiene ninguna formación como niñera.
En alguna categoría el mínimo es 15$/hora o fue un error en la infromación?
gracias!
5 abril 2010 a las 12:43 pm
Marina
$10.27 es el jornal minimo no pueden ganar mas d eeso, no quiere decir que es lo que obligatoriamente le tenes que pagar, el sueldo se arregla entre partes, y depende d ela responsabilidad, eficiencia, capacidad, confianza, zona de trabajo, situación economica empleadora, etc
5 abril 2010 a las 12:34 pm
No me queda claro si el salario mínimo para una empleada doméstca por horas que trabaja 10 hs semanales (un día por semana)que cocina, limpia y cuida niños es de 10.27 $/hs o más. Me lo podrían aclarar?
gracias!
29 marzo 2010 a las 5:35 pm
alejandro
Aunque no esta comprendida dentro del régimen, yo considero para no tener problemas conviene siempre llegar a un arreglo, que te mande el telegrama de renuncia y empezas negociando el monto.
Calcula medio sueldo por año, 5 dias de falta de preaviso, 10 días de vacaciones proporcionales al mes de la desvinculación. Siempre y cuando vos estes de acuerdo
29 marzo 2010 a las 4:33 pm
Graciela, Como se calcula la indemnización para una empleada que lleva tres años cuidando a una persona mayor dos veces por semana, o sea, que no estaria comprendida dentro del regimen de domesticas, a pesar que se le realizan los aportes como tal con el F102?
Muchas gracias por tu atención
29 marzo 2010 a las 2:56 pm
Mi empleada se jubiló luego de 20 años de trabajo en casa. Quiere seguir trabajando, puedo pasarla a cobrar por hora 2 dias 6 horas.Debo pagar dias por enfermedad?debo pagar vacaciones y aguinaldo?
Muchas gracias
28 marzo 2010 a las 8:14 pm
Alejandro
No sde da la baja en AFIP, no se cual fue mi respuesta anterior pero la baja no se da en la AFIP
27 marzo 2010 a las 8:52 pm
1º) Entonces en el caso de que no tenga libreta de trabajo, la desvinculación seria automatica dejando de pagar el F102?
2º) Como se calcula la indemnización para esta mujer, si trabajaba dos veces por semana, o sea, que no estaba comprendida dentro del regimen de domesticas, a pesar que se le realizan los aportes con el F102?
3º) Este caso es medio complicado, dado que a la chica que cuida a mi suegra, la contrato el hermano de mi mujer, pero en el F102 figura como empleadora mi suegra, que es a la persona a la que estan cuidando. Entonces quien tendria que dar la baja en la AFIP?
Una vez mas, muchas gracias por tu asesoramiento
27 marzo 2010 a las 6:59 pm
Alejandro
La desvinculación siempre es dejando de pagar el formulairo 102 y se debe anotar la baja en la libreta de trabajo, que no todos tienen. Todo esto isempre y cunaod la empleadora sea la señora que fallece, te digo esto por que aveces es contratada por un hijo
27 marzo 2010 a las 4:06 pm
Hola Graciela, queria saber que pasa con la relación: “empleada domestica y empleador”, cuando la empleada domestica trabaja cuidando a una persona mayor y se encuentra en blanco (o sea, con los aportes por el formulario F102), cuando la persona a la que cuidaba fallece.
¿En el caso de trabajar dos días a la semana, le corresponde indemnización? ¿Como es la desvinculación de la AFIP, basta solamente con dejar de realizar los aportes con el F102, o hay que hacer algún otro tramite?
Muchas gracias por tu atención
26 marzo 2010 a las 8:31 pm
gonzalo
Por hora, entre $15.- y $18.-
25 marzo 2010 a las 9:47 pm
hola queria saber cuanto le tengo que pagar a la niñera, esta trabaja 12 hs semanales y cuida a tres chicos gracias
19 marzo 2010 a las 1:45 pm
Graciela,
Quiero poner a mi empleada en blanco, hace 88 hs mensuales pero viniendo 3 días a la semana. Son 88hs*$10,27 o los $673.78 + 8hs extras semanales*$10,27????
Muchas gracias!