Nuevos Salarios del Servicio Doméstico Noviembre de 2009
Los salarios del Servicio Domestico subieron en promedio un 18% lo dispuso el Ministerio de Trabajo por Resolución 10028/09-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día 9/11/09, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Separando el salario mensual de un trabajador con y sin retiro.
Luego de la modificación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que es aplicable a los trabajadores en general con excepción del Servicio Domestico, se estaba a la espera de este aumento.
El porcentaje resulta de un 18% promedio para las distintas categorías y es aplicable al estatuto domestico. Pero también para los que se encuentran fuera de él ya que se verán en la planilla adjunta considerados los valores mínimos para jornadas menores.
Los nuevos salarios rigen a partir del 1ro. de noviembre de 2009, de esta manera, los ingresos MÍNIMOS para los trabajadores del Servicio Domestico son los siguientes:
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CATEGORÍA |
ACTIVIDAD DESARROLLADA |
A partir de Noviembre de 2009 |
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|
Personal Con Retiro 8 horas |
Personal Sin Retiro |
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| PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1656.72 | $ 1846.70 |
| SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares. | $ 1537.54 | $ 1713.36 |
| TERCERA | cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. | $ 1502.14 | |
| CUARTA | Aprendices en general de 14 a 17 años de edad | $ 1347.56 | |
| QUINTA |
Personal con retiro que trabaja diariamente 8 o más horas diarias |
$ 1347.56 | |
| Por hora | $10.27 | ||
| Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarios. |
$ 673.78 |
||
|
Por cada hora de excedencia |
$10.27 | ||
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458 respuestas to “Nuevos Salarios del Servicio Doméstico Noviembre de 2009”
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[458] Comentarios
7 julio 2010 a las 7:00 pm
Carolina
No se que respondi pero seguro por que es proque realiza dos tareas, entonces entra como niñera especializada, imposible volver a comentario y respuestas anteriores, voy por orden. El decreto dice tanto es el pago por 88 horas y si trabaja sobre esas horas le tenes que pagar el excendete no son horas extras es el valor horario
7 julio 2010 a las 3:38 pm
Hola Graciela:
queria saber donde puedo chequear los aportes acumulados que le estoy haciendo a la persona que cuida a mis hijos ya que entre en la pagina del anses y figuraba cero aporte, cuando yo los estoy haciendo desde Marzo. me podes decir en donde los puedo ver? ya que tanto mi empleada como yo estamos preocupadas por saber a donde estan los aportes que vengo haciendo como corresponde. ella trabaja 2 veces a la semana entre 8 y 10hs aprox. mil gracias
7 julio 2010 a las 9:56 am
Buenos días, Graciela
gracias por su respuesta del 7/06. Lo que no me queda claro es por qué entraría en la categoría Primera cuando no se trata de nurse ni intitutriz, y tampoco correspondería a la categoría Segunda porque no es especializada. A mi criterio correspondería la categoría Tercera de $ 1502. Y está trabajando media jornada, pues trabaja 100 horas semanales, por qué se debe pagar hora extra si no supera las 200 horas de jornada completa? gracias nuevamente por su respuesta.
3 julio 2010 a las 11:13 am
Juana
Vacaciones no le corresponde no cumple 4 dias 4 horas a la semana. Aguinaldo tampoco, pero personalmente considero que todos los trabajadores lo deben cobrar en este caso es proporcional si entro en abril le pagas la mitad de la mitad. O sea 1400/2/2=$350.- Le tendrias que pagar por horas a razon de $11.- a $15.- la hora
3 julio 2010 a las 11:00 am
Gabriela
Si vos estas enferma en tu trabajo no te deben descontar, 30 dias al año pagos le corresponden. Sueldo $1537.54 por trabajar 8 horas de lunes a viernes, más $10.27 por cada hora excendete
2 julio 2010 a las 6:44 pm
Hola Graciela, en casa trabaja una chica cuidando de mis hijos y realizando tareas domesticas mientras ellos estan en el colegio,durante 10 horas diarias. Le estoy pagando $1600.- por mes y los aportes se los pago totalmente yo. Si ella falta un día, corresponde que igualemente se lo pague si trae certificado médico? Te lo pregunto porque a mi me lo descuentan en mi trabajo, y si ella falta, me tengo que quedar yo en mi casa, perdiendo dinero de mi sueldo. Y como saco la cuenta de lo que debería descontarle por ese día?
2 julio 2010 a las 12:14 pm
Hola: Tengo una empleada tres veces por semana, trabaja : lunes 6 hs., miercoles y viernes 9 hs. realiza tareas de limpieza,planchado mínimo la mayoria de la ropa se dobla como sale del secarropas.
Le pago 1400$ por mes más los apores 81,75
Quisiera saber si es correcto el importe o me estoy quedando corta, cuantos días de vacaciones le corresponden y si debo pagarle un proporcional del aguinaldo este mes o completo ; inicio sus actividades en casa en el mes de abril de este año.
Atte. saludos Juana S.
1 julio 2010 a las 8:12 pm
Viviana
Ok muchas suerte, si queres luego comenta como te resulto
1 julio 2010 a las 8:11 pm
Graciela, muchas gracias x tu pronta respuesta. Espero llegar a un acuerdo con esta sra. y no tener que llegar a temas con abogados y todo eso. Es una lastima, porque el nene esta encariñado y a mi me servia, pero no le puedo seguir pagando si no me viene a trabajar.
Saludos!!
1 julio 2010 a las 6:32 pm
Viviana
No le tenes que pagar por enfermedad y no le corresponde indemnización ya que no esta dentro del régimen El aguinaldo personalmente considero que todo el que trabaja tiene que cobrarlo, pero legalmente no le corresponde, si estas en conflicto te convienen no pagarle y llegar a un arreglo con ella de darle algo y que renuncie. Yo se que muchos se enojan con esta respuesta pero considero que es mas tranquilo llegar a un arreglo y no empezar con las cartas documento y abogados, que finalmente terminas gastando más. -Pero ella te manda el telegrama la acompañas al correo y le pagas o bien primero recibis el telegrama y luego le pagas
1 julio 2010 a las 5:11 pm
Hola Graciela, tengo hace un año una sra. que trabaja en casa , en blanco, Lunes, Miercoles y Viernes de 14.00 a 18.00 Hs. Le pago $ 400.00 + 81.75 de aportes y contribuciones que lo pago todo yo.
Me cuida un nene de 5 años, y si tiene tiempo plancha (somos 3 de familia) y limpia un poco la casa (cocina y baño, porque no se porque, pero no me limpia las habitaciones) Le tengo mucha confianza, pero hace un tiempo esta con problemas de salud, y me falta mucho, me recomplica con el nene, y encima le tengo que pagar igual el sueldo. Esta bien paga? Si la hecho la tengo que indemnizar? Le corresponde aguinaldo? Si no me trae certificado, le puedo descontar el dia? Desde ya te agradezco lo que me puedas ayudar.
30 junio 2010 a las 6:25 pm
claudia
Si generalmente es así
30 junio 2010 a las 11:03 am
Hola mi consulta es si las cuatro horas a las que corresponde un salario de 673,78 son de lunes a viernes
Muchas gracias.
13 junio 2010 a las 12:56 pm
monica
La pregunta esta incompleta ya que no pones los dias y horas que trabajas, si te bajo el sueldo y horas tendria que llegar a una cuerdo e pagarte algo por esas horas qu etrabajabas y te las saco, generalmente el acuerdo se firmo en el Ministerio de Trabajp
12 junio 2010 a las 7:53 pm
hola graciela quisiera pregunarle porq yo falte por enermedad a trabajar y mi patrona busco otra persona me bajo hr de trabajo y sueldo la mitad de lo q ganaba .
se puede hacer eso ?con respecto al papel de afip trabajando 9hr semanales interviene en la obra social ? me estan por operar en un tiempo va a bajar el aporte a dicha preguna ? espero su respuesta gracia
11 junio 2010 a las 5:22 pm
Fernanda
Que averigue en la que se va a inscribir, pero todas le tienen que dar la prestación basica, supuestamente?¿?¿?
11 junio 2010 a las 2:17 pm
Gracias por tu respuesta. Tengo una consulta más. Para poder acceder a las obras sociales (el listado lo saqué de la página de la Super) alcanza solo con el aporte de 81,75 que yo le hago o tiene que pagar un adicional?
Gracias de nuevo!!
11 junio 2010 a las 1:58 pm
Fernanda
Si es solo niñera $1502.14 Aportes $81.75 de los cuales $46.75 paga la trabajadora y $35 empleadora te paso un link donde podes bajar lso formularios para el pago
http://www.econoblog.com.ar/2711/regimen-del-servicio-domestico-formularios/
http://www.econoblog.com.ar/1863/%C2%BFcomo-hago-los-aportes-al-servicio-domesticoformulario/
11 junio 2010 a las 1:48 pm
Hola, la semana que viene comienza a trabajar en mi casa una chica cuidando a mi bebe. Trabajará de lunes a viernes 45 hs. Cuánto es el sueldo que tengo que pagarle? Cuántos son los aportes?
9 junio 2010 a las 2:27 pm
Muchas Gracias Graciela…