Empleados de Comercio homologación del acuerdo salarial
Subido por Graciela el 14 May 2008 5:02 pm. En la categoría Otros.
Hoy a la mañana 14 de mayo de 2008 fue publicado el Aumento firmado el día 8 de abril para los Empelados de Comercio el cual fue homologado el día 8 de mayo de 2008 bajo la Resolución 510/08 ST
Aumento salarial de 20% a los Empleados de Comercio, el mismo se hará efectivo de la siguiente forma:
- 8 % a partir del mes de Abril de 2008.
- 6% en Julio de 2008.
- 6% en Septiembre de 2008
Se seguirá pagando los $100.- que fueron abonados en los meses de enero, febrero y marzo, más un plus de 0.50% por cada año de antigüedad aplicado sobre los básicos de convenio.
Los incrementos deberán ser pagados “No remunerativos” hasta el mes de abril de 2009, excepto en lo que respecta a la Obra Social.
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26 respuestas a “Empleados de Comercio homologación del acuerdo salarial”



Agosto 1, 2008 at 12:32 pm
Hola Oscar:
Perdon si quize poner que jubilación NO
gracias
Agosto 1, 2008 at 12:27 pm
Graciela: gracias por tu respuesta pero te falto lo mas importante, de jubilacion?? creo que quisiste decir que no pero me gustaria que me lo reconfirmaras.
Tenes razon es Abril 2008 el 8%
Agosto 1, 2008 at 12:03 pm
Hola Oscar:
Seguro quisiste decir 8% de abril no de enero/08? llevan descuento de obra social y sindicato pero de jubilación.
gracias
Agosto 1, 2008 at 11:23 am
Quisiera saber si el aumento del 8% de enero 2008 y el 6% de julio 2008 llevan los descuentos de obra social y jubilacion. Muchas gracias
Julio 31, 2008 at 12:52 pm
Hola daniela:
A mi modo de ver el acuerdo si te corresponde.
gracias
Julio 31, 2008 at 11:25 am
Graciela, quisiera consultarte respecto de mi situación. Yo soy Adm B Inicial e ingrese a la empresa el 2 de enero de 2008, y me dicen que no me corresponde el aumento de abril porque no ingresé antes del 31 de diciembre de 2007. Es asi?¿?¿.
muchas gracias por tu ayuda!!!
Daniela
Julio 12, 2008 at 9:57 am
hola MAXI:
Me pasas el basico eso no tiene nada que ver con el 25% del mes d ejunio tenes que tomar lo cobrado como NO REMUNERATIVO $100.- + 8 % aumento + Presentismo de lo anterior y a esa suma le aplicas el 25% que tambien se paga como NO REMUNERATIVO ok.
gracias
Julio 11, 2008 at 5:17 pm
no entiendo como se calcula el mes de junio del 25%,soy vendedor b basico al mes de junio 1400 pesos.si me podes ayurdar a calcularlo te lo agradezco
Junio 29, 2008 at 11:43 am
Hola Soledad:
Este aumetno ya fue homologado el 8% mas los $100.- a partir de abril y meses sucesivos, y en junio te tienen que pagar el 25% como un SAC de la parte no remunerativa, ademas sobre los no remunerativo corresponde el presentismo.
El día 14 de mayo tengo en la pagina publicada la homologación que fue el 8 d emayo RST 510 y arriba del ese articulo una planilla que podes cargas tus datos y ver el aumento completo .
fijate cualquier duda me preguntas. Bajalo y mostraselo a tu jefe y que se lo de al contador.
gracias
Junio 29, 2008 at 11:25 am
Hola Ingrid:
si buscas por fecha el día 2 de junio tengo publicada una planilla excel en al cual podes bajarla y ver como se liquida junio, pero eso que preguntas esta homologado junto con el aumento del 8% del mes de abril 6% julio y 6 septiembre, todo ya esta homologado.
gracias
Junio 28, 2008 at 12:22 am
Hola! Es la primera ves q visito la pagina y me parece muy interesante poder hacer preguntas y sacarmelas dudas de lo q mi jefe no da respuesta alguna.En el mes de ABRIL teniamos q haber tenido el aumento del 8% no? Bueno mi jefe dice q no sabe nada y q eso se encarga elcontador?! Q podemos hacer para que esto no siga ocurriendo.. Los empleadores se estan quedando con lo que es nuestro!!!
Junio 27, 2008 at 9:02 pm
Hola Graciela ! ..
Queria consultarte respecto a el acuerdo salarial,yo entre a la pagina de comercio y lei en el acuerdo de mayo precisamente art. 3, que se iba a abonar con la liquidacion de haberes de junio de 2008 una suma no remunerativa equivalente al 25 % de lo abonado mensualmente hasta esa fecha, y con los haberes de diciembre de 2008 se abonara el 50 % de lo abonado mensualmente hasta esa fecha.
Consulte en Recursos y me dijeron que no estaban al tanto de nada. Asi que bueno si sabes algo de esto te agradezco muchisimo!!
Junio 24, 2008 at 12:28 pm
Hola Raul Alberto:
Anteriormente el basico cambiaba cuando cambiaba el mes de antiguedad.
gracias
Junio 23, 2008 at 8:11 pm
Gracias Graciela. Entiendo entonces que a los empleados de comercio recien ahora se les comienza a pagar el rubro antiguedad ??? Antes no se pagaba ? O no existe en el convenio colectivo como componente del sueldo ?.
Nuevamente GRACIAS por las aclaraciones
Junio 23, 2008 at 12:06 pm
hola Raul:
El dçia 2 de junio publique una planilla excel la cual podes bajar y calcular tu sueldo, pero si tenes 13 años de antiguedad correpsonde el 6.5 por ciento de antiguedad sobre el basico d econvenio.
gracias
Junio 23, 2008 at 11:40 am
Graciela: Cuanto es lo que se paga a los empleados de comercio por el rubro ANTIGUEDAD ?
Por ejemplo: si tengo 13 años de antiguedad y mi basico es de $ 1400, cuanto es lo que me corresponde ?
Gracias
Junio 3, 2008 at 3:14 pm
Hola luciana:
Aveces las empresas tienen una forma que realizan o bien acuerdo internos, yo te digo la forma que utilizo Sueldos basico divido 200 por la cantidad de horas trabajadas (en tu caso calculo 108 horas? si el dia qu ela persona le correpsonde trabajar y cae feriado esta incluido, si va otro dia en lugar del feriado se incrementan las horas) Cuando realiza horas extras se calcula basico divido 200 por 1.5 (horas al 50 por ciento) y multiplicado por 2 (horas al 100)
espero haber sido clara, cualquier duda volve a preguntarme.
gracias
Junio 2, 2008 at 6:45 pm
Graciela: me gustaria conocer la manera en que se liquida el sueldo de un empleado de comercio, que realiza tareas administrativas (clase A), que trabaja 4 días a la semana, 6 horas cada día (trabajo part time)
De que manera se calculan los feriados,domingos, horas extras, antiguedad?
Muchas gracias
Mayo 19, 2008 at 4:33 pm
Graciela: El 6% de aumento de Julio hay que sumarlo al 8% de Abril, pasando a ser del 14% el aumento? Va en un rubro separado que se denomina: “Acuerdo Salarial Abril 2008″? Disculpe que la moleste tanto, sucede que desde ahora seré la encargada de liquidar los sueldos y no temgo un contador a quien consultarle. Gracias!
Mayo 16, 2008 at 3:45 pm
Graciela, en el Boletín Oficial todavía no figura, puede ser? Tiene idea de dónde la puedo descargar?
Saludos