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AGIP: Escala de Ingresos Brutos del Régimen Simplificado

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó un aumento en los topes de la escala del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos Porteño mediante el Código Fiscal 2017. Con lo cual, desde este año, el monto máximo de facturación de dicho régimen de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) pasó de $240.000 mensuales a $400.0000. A fines del mes de diciembre, los contribuyentes porteños tienen la obligación de cumplir con la recategorización del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos, trámite que tienen que realizar tres veces en el año como ocurre con el Monotributo de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Esto se tiene efectuar siempre y cuando hayan cambios en el nivel de facturación, superficie afectada […]

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó un aumento en los topes de la escala del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos Porteño mediante el Código Fiscal 2017. Con lo cual, desde este año, el monto máximo de facturación de dicho régimen de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) pasó de $240.000 mensuales a $400.0000.

A fines del mes de diciembre, los contribuyentes porteños tienen la obligación de cumplir con la recategorización del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos, trámite que tienen que realizar tres veces en el año como ocurre con el Monotributo de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Esto se tiene efectuar siempre y cuando hayan cambios en el nivel de facturación, superficie afectada a la actividad y energía eléctrica consumida que modifiquen la categoría.

En caso de no cumplir con la rectagorización, AGIP puede hacerla de oficio, imponer multas, incorporar al sujeto al Padrón de Alto Riesgo Fiscal o excluirlo del Régimen Simplificado.

Al igual que hizo AFIP con el Monotributo, AGIP ha aumentado la escala del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos de la Ciudad de Buenos Aires quedando la misma de la siguiente forma:

Cat. Base Imponible Superficie afectada m2 Energía eléctrica KW Impuesto para actividades con alícuotas
Más de $ Hasta $ Del 3% y superiores Inferiores al 3%
Anual $ Bimestral $ Anual $ Bimestral $
B 0 48.000 30 3.330 180 180 540 90
C 48.000 72.000 45 1.100 350 350 1.050 175
D 72.000 96.000 60 2.940 490 490 1.470 245
E 96.000 144.000 85 4.200 700 700 2.100 350
F 144.000 192.000 110 5.880 980 980 2.940 490
G 192.000 240.000 150 7.560 1.260 1.260 3.780 630
H 240.000 288.000 200 9.240 1.540 1.540 4.620 770
I 288.000 400.000 200 12.000 2.000 2.000 6.000 1.000

Los pasos a seguir para hacer la recategorización del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos son los siguientes:

  • Entrar en la página oficial de AGIP y pulsar en «Ingreso» dentro del apartado «Clave Ciudad».
  • Completar el CUIT y la clave para acceder al sistema, la cual puede ser de nivel 1 ó 2. En caso de no contar con la misma, el sitio permite generarla.
  • Pulsar en «Ingresos Brutos».
  • Hacer clic en «Ingresos Brutos» y en «Recategorización de ISIB-RS».
  • Hacer clic en el ícono con forma de lupa.
  • En pantalla se mostrarán los datos del contribuyente. Es necesario pulsar en la pestaña «Datos del trámite».
  • Seleccionar la nueva categoría del Régimen Simplificado Porteño.
  • Se deben modificar los datos por los correctos y pulsar en el botón guardar que tiene forma de diskette.

Recordemos que la rectagorización del Régimen Simplificado Porteño se tiene que hacer en los meses de enero, mayo y septiembre de cada año.

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