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AFIP: Tras regresar al Monotributo por baja de oficio ¿puedo usar viejas Facturas C?

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) permite regresar al Monotributo a aquellos contribuyentes que fueron dados de baja de oficio de dicho régimen siempre y cuando se encuadren en una nueva categoría. En caso de aún contar con viejas Facturas C impresas, el Monotributista no podrá utilizar las mismas y tendrá que dar de alta un punto de venta mediante www.afip.gov.ar. En caso de baja del Monotributo por exclusión, cese de actividades o renuncia, el contribuyente tiene la obligación de dar la baja del punto de venta por medio del servicio «Autorización de Impresión de Comprobantes» de la página de AFIP usando su CUIT y Clave Fiscal, la cual se puede obtener siguiendo los pasos indicados AQUÍ. Luego de […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) permite regresar al Monotributo a aquellos contribuyentes que fueron dados de baja de oficio de dicho régimen siempre y cuando se encuadren en una nueva categoría. En caso de aún contar con viejas Facturas C impresas, el Monotributista no podrá utilizar las mismas y tendrá que dar de alta un punto de venta mediante www.afip.gov.ar.

En caso de baja del Monotributo por exclusión, cese de actividades o renuncia, el contribuyente tiene la obligación de dar la baja del punto de venta por medio del servicio «Autorización de Impresión de Comprobantes» de la página de AFIP usando su CUIT y Clave Fiscal, la cual se puede obtener siguiendo los pasos indicados AQUÍ. Luego de haberlo hecho, el sujeto debe anular las facturas C impresas.

Al dar nuevamente el alta en el Monotributo, el Monotributista debe habilitar un nuevo punto de venta desde la opción «AMB Puntos de Venta» del mencionado servicio. Para hacerlo, el sujeto tiene que haber habilitado «Administración de puntos de venta y domicilios» desde «Administrador de Relaciones de Clave Fiscal».

Los pasos a seguir para dar de alta el servicio «Autorización de Impresión de Comprobantes» son los siguientes:

  • Acceder a www.afip.gov.ar.
  • Pulsar en «Ingresar» e indicar el CUIT y la Clave Fiscal.
  • Hacer clic en «Administrador de Relaciones de Clave Fiscal» que se encuentra bajo el título «Servicios Administrativos».
  • Seleccionar «Adherir servicio».
  • Marcar «AFIP», «Servicios Interactivos».
  • Seleccionar «Autorización de Impresión de Comprobantes» y pulsar en «Confirmar».
  • Se mostrará en pantalla el Formulario 3283/E. No es necesario imprimir el mismo.
  • Cerrar la ventana del explorador de Internet. Al volver a ingresar al sistema estará activo el servicio.

Esto quiere decir que el monotributista no puede volver a usar viejas facturas C una vez que regrese al Monotributo. La numeración de los nuevos comprobantes inicia desde el «00000001».

Recordemos que, luego de la modificación del Impuesto a las Ganancias y del RS, AFIP permite a los monotributistas excluidos de oficio en los últimos 12 meses regresar al Monotributo si pueden encuadrarse en una de las nuevas categorías, las cuales se pueden consultar ingresando ACÁ.

11 comentarios en “AFIP: Tras regresar al Monotributo por baja de oficio ¿puedo usar viejas Facturas C?”

  1. Hola, di de alta al monotributo y en la fecha de inicio de actividades la coloque mal, trate de modificarlo y no pude así que le di cese y ahora me dice que debo esperar un mes para activarlo. Aún así hice mi factura del mes. ¿Que problemas me puede traer esto?

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