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Cobro PROGRESAR, ¿puedo reclamar la Ayuda Escolar?

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) efectúa el pago de la Ayuda Escolar junto con el haber de marzo. Por lo cual recibimos muchas consultas de estudiantes PROGRESAR que desean saber si pueden reclamar el cobro de dicho beneficio. Es por ello que EconoBlog.com.ar decidió publicar este artículo para aclarar dicha duda. Uno de los requisitos para el cobro de la Ayuda Escolar Anual es que el menor tenga de 45 meses a 18 años de edad, cuyo padre debe ser titular de la Asignación Universal por Hijo (AUH) o del Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF). Por lo cual, el mismo no coincide con el del Plan PROGRESAR, el cual se trata de una suma económica que […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) efectúa el pago de la Ayuda Escolar junto con el haber de marzo. Por lo cual recibimos muchas consultas de estudiantes PROGRESAR que desean saber si pueden reclamar el cobro de dicho beneficio. Es por ello que EconoBlog.com.ar decidió publicar este artículo para aclarar dicha duda.

Uno de los requisitos para el cobro de la Ayuda Escolar Anual es que el menor tenga de 45 meses a 18 años de edad, cuyo padre debe ser titular de la Asignación Universal por Hijo (AUH) o del Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF). Por lo cual, el mismo no coincide con el del Plan PROGRESAR, el cual se trata de una suma económica que el Estado Nacional paga a los alumnos de 18 a 24 años.

Es por esta razón que ambos beneficios no son compatibles y no es posible reclamar su cobro en ANSES.

Sin embargo, el alumno igualmente debe presentar el Certificado de Escoalridad en ANSES usando el Formulario PS 2.68, trámite que se tiene que hacer de agosto a noviembre y de diciembre a marzo. De esta forma él demuestra que ha cumplido con su asistencia a clases para que se proceda a liquidar el 20% retenido mensualmente.

Pasos para presentar Certificado Escolar PROCREAR

  • Ingresar ACÁ y completar los datos requeridos por el sistema.
  • Imprimir el Formulario PS 2.68.
  • Presentar el mismo en la escuela o taller de oficio en el que se esté cursando.
  • Cumplir con su presentación en ANSES. Esto se puede efectuar por Internet entando AQUÍ o personalmente sacando un turno en el organismo previsional.

Recordemos que los universitarios y terciarios no tienen que presentar el F.PS 2.68. Dicho trámite es efectuado por la universidad. En estos casos sólo se basta con la inscripción a las materias y el cumplimiento del régimen de asistencias de cada una de ellas.

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