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Reclamar cuota alimentaria hasta los 25 años

Así como es posible mantener a un hijo como adherente en una obra social hasta los 25 años si se presentan los certificados de estudio, también es posible extener el reclamo de la cuota alimentaria hasta dicha edad cumpliendo con la misma condición. Esto, abalado por el Nuevo Código Civil, quedó demostrado tras un fallo de cuenta de una sentencia en la que se obligó a un padre a depositar el 18% de su sueldo para la manutención de su hijo. Luego de que un joven presentara un reclamo ante la justicia, la justicia obligó a su padre a cumplir con la cuota alimentaria hasta cumplir los 25 años de edad. La jueza de familia, María Marta Nieto, comentó que […]

Así como es posible mantener a un hijo como adherente en una obra social hasta los 25 años si se presentan los certificados de estudio, también es posible extener el reclamo de la cuota alimentaria hasta dicha edad cumpliendo con la misma condición. Esto, abalado por el Nuevo Código Civil, quedó demostrado tras un fallo de cuenta de una sentencia en la que se obligó a un padre a depositar el 18% de su sueldo para la manutención de su hijo.

Luego de que un joven presentara un reclamo ante la justicia, la justicia obligó a su padre a cumplir con la cuota alimentaria hasta cumplir los 25 años de edad.

La jueza de familia, María Marta Nieto, comentó que son muy comunes este tipo de demandas, las cuales se encuentra previstas en el nuevo Código Civil que expresa que los jóvenes puedne extender el reclamo hasta los 25 años de edad siempre y cuando estén estudiando.

De acuerdo al nuevo Código Civil sancionado el 1° de agosto de 2015, los padres tienen la obligación y el drecho de prestar todos los recursos económicos y asistenciales a sus hijos menores de edad.

Si bien actualmente una persona entra en la mayoría de edad a los 18 años, la ley establece la obligación alimentaria hasta los 21.

Por ello, entre los 18 y 21 años, a pesar de ser mayores, se podía reclamar la cuota alimentaria a alguno de los padres. Lo que estipula el Nuevo Código Civil es que está la posibilidad de poder exigir la cuota alimentaria hasta los 25.

La jueza explicó que el padre no va a tener la obligación de prestar la cuota alimentaria en el caso de que acredite que su hijo puede procurarse sus propios recursos, y citó el caso de los jóvenes que terminan el secundario y comienzan a trabajar aunque sigan estudiando.

En el caso de que los progenitores con cumplan con la cuota alimentaria, ya desde los 13 años el chico puede realizar acciones legales con un abogado.

Es importante aclarar que para este tipo de demandas, si bien a los 18 años se es mayor, la demanda la puede continuar uno de los progenitores para obtener la cuota alimentaria para su manutención.

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