Empleados de comercio, liquida tu propio sueldo, baja esta planilla Excel
La Federación Argentina de Empelados de Comercio y las cámaras de Comercio, acordó un 20% de aumento salarial sobre las remuneraciones que percibían los trabajadores asociados a OSECAC sobre los básicos del mes de marzo de 2008 a cobrar de manera escalonada según el siguiente cronograma:
- Abril de 2008 8%
- Julio 6%
- Septiembre 6%
- Se continua abonando las suma de $100.- sin que el monto sea acumulable para los anteriores aumentos.
Estos aumentos se abonaran en rubro separado y en forma No Remunerativas
En el mes de junio de 2008 se abonara:
- Se comenzara a pagar en rubro separado el 0.5% por año de antigüedad.
- Se abonará el 25% de las sumas no remunerativa
En el mes de diciembre de 2008 se abonará el 50% de lo abonado hasta esa fecha de las sumas no remunerativas.
Se activara el Instituto de Capacitación del art.102 del CCT a financiar con una contribución empresarial del 0,5% aplicado sobre el salario básico de la categoría Maestranza A inicial.
Baja la Planilla Excel, liquida tu sueldo en junio
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[817] Comentarios
21 enero 2009 a las 5:01 pm
Andrea: En realidad no, dado que el convenio 130/75 en el art. 40 dice: “Para ser acreedor al beneficio, el trabajador no podrá haber incurrido en más de una ausencia
en el mes, no cumputándose como tal las debidas a enfermedad, accidente, vacaciones o
licencia legal o convencional.”
Osea no solo “no” se pierde el presentismo si las faltas son justificadas, sino que tampoco se lo pierde con “una” falta injustificada.
Pero vale aclarar que muy pocas veces es respetado dicho árticulo por las empresas
21 enero 2009 a las 4:05 pm
cONSULTA: sI UNA PERSONA FALTA JUSTIFICADAMENTE LE DEBO DESCONTAR EL PRESENTISMO ACORDADO EN EL 130/75
gRACIAS
21 enero 2009 a las 3:46 pm
Hola!
Queria hacerles la siguiente consulta.
En mi recibo de sueldo del mes de enero me pagaron las vacaciones que me voy a tomar las primeras semanas de febrero. El item aparece como ” adelanto vacaciones”, y es una cuenta no remunerativa. Mi pregunta es si el proximo mes cuando me descuenten este item tambien va a afectar mis aportes al SUSS.
gracias!
20 enero 2009 a las 7:19 pm
Hola Nazarena:
Cuando te tenes que reincorpora tenes tres opciones a tomar vos elegiste la de continuar trabajando porque las vacaciones es como si elegieras continuar trabajando, vos decis que a otras personas le dieron la posibilidad de tomarse lso dias pero hay que ver cada caso en especial quizas ellas eligieron la opción del permiso sin goce de haberes. si te despiden te pagan la indemnización comun, no te van a despedir ya que saben que te vas a ir sola si te piden que trabajes tiempo completo eso es lo que creo, por las dudas consulta a un abogado solo ocnsulta por las dudas, si queres luego comenta lo que te dijo y tu resultado
20 enero 2009 a las 6:57 pm
Hola Adrian
Esta bien todos somos del regimen de reparto ahora
20 enero 2009 a las 11:29 am
Consulta:
En mayo de 2008 entre en licencia por maternidad y me tomé los 3 meses.
Luego tomé 41 días de vacaciones que tenía pendientes y así llegué al 14/09/2008.
Por problemas de salud de mi bebé, que tengo debidamente documentado, no pude reincorporarme a mi trabajo y solicité una licencia sin goce de haberes por esta razón.
Luego los médicos de mi bebé me dicen, q por la salud de él, yo no estoy en condiciones de retomar la jornada completa y que vea la posibilidad de hacer 1/2 jornada.
Cuando lo plantié en la empresa, sabiendo de otros casos de empleadas que se lo habían otorgado por diferentes motivos, me dijieron verbalmente que era una posibilidad y después, cuando esté mi bebé mejor, lo charlábamod.
Ahora q me llamaron de la empresa para “charlarlo” me dicen que no tiene lugar para mí en esas condiciones y que sino extienda mi licencia. Aclaro que esperaron que el bebé haya cumplido los 7 meses para no pagarme la indemnización adicional.
Además mi puesto ya fue ocupado por otra persona ni bien me fui.
Consulta: i) hay un límite para pedir licencia por enfermedad de hijo ? (estou fuera de convenio ii)si me desvinculan antes que el bebé cumple 1 año, tengo derecho a alguna indemnización adicional o es simplemente sueldo por antigüedad + preaviso iii)si le dieron el benficio a otros empleados, tienen la obligación de darmelo a mi.
Desde ya muchas gracias por todo.
Atentamente.
Nazarena
20 enero 2009 a las 9:49 am
Una consulta, el 1/12 ingreso al trabajar una empleada (comercio) que venia aportando al regimen de capitalizacion. al hacer la liquidacion del 931 por su declaracion, al ser pasados en ese mes al sipa, en el espacio de opcion de regimen tilde Reparto para el respectivo calculo. Esta bien hecho?
19 enero 2009 a las 4:52 pm
Hola Vanesa:
En el gremio del comercio existen hasta horarios especiales se tarmita en el ministerio con autorización del sindicato los sueldos no existen basicos para franqueras pero se hacen los calculos correposndientes y basicos especiales para los que trabajan horarios espeaciales, consulta con otro contador si al que te asesora no entiende, no te digo que la cambies solo que averigues o consultes
19 enero 2009 a las 4:00 pm
Hola, recien entro a la pagina y me encontre con mucha informacion util. Queria hacerles una consulta: tengo una empleada (hace 4 meses)y quiero “blanquearla”, le pedi a mi contadora que me averigue lo que le corresponde por su trabajo. El tema es que en el sindicato le informaron que el basico es de $1497, jornadas de 8 horas y un franco semanal, pero esta chica trabaja de martes a domingos 6 horas diarias. Tambien queria tomar una chica para los fines de semana y cubrir algun franco. Como debo proceder? En el sindicato le dijeron que no hay medias jornadas o franqueras. El negocio es una panaderia.- Muchas gracias, espero que me puedan asesorar.Mi contadora no tiene experiencia en panaderias y eso me hace dudar.- Vanesa, de Escobar
17 enero 2009 a las 11:39 am
Hola Dario:
10 años cuando los cumpliste antes de diciembre 2008 o en enero 2009? Decime tu fecha de ingreso completa
17 enero 2009 a las 10:01 am
Hola, soy empleado de comercio en una empresa donde hace 10 años que trabajo, mi pregunta es de acuerdo a esta antigüedad, cuantos dias de vacaciones me corresponderian, gracias
16 enero 2009 a las 2:23 pm
hola:
queria saber como debo saber si mis vacaciones estan bien liquidadas.
mi neto es 1681.- no tengo hijos,ingrese en 10 de abril de 2008, me corresponden 14 dias.
dentro de neto 1681- figuran los aumentos no remunerativos.
me gustaria saber como lo puedo calcular.
gracias.
tamara
15 enero 2009 a las 11:09 am
Clarísimo Graciela !! muchísimas gracias por la paciencia y dedicación
Seguiré en la tarea de recomendar la pagina !!!
14 enero 2009 a las 4:56 pm
Hola Jhose:
Hasta los 5 años de antiguedad corresponden 14 días corridos contando sabado domingo y feriados. Las vacaciones se pagan por adelantado ejemplo si se toma lso dias a partir del dia 09/02/2009 se debe firmar la comunicación de las vacaciones 45 días antes, si no lo hiciste hacelo y pone fecha anterior y que te la firme para el legajo, le haces la liquidación y le pagas el 06/02/09 Tene en cuenta la fecha de pago ya que los aportes se realizan en el periodo que pones de pago de esta manera podes poner los dias de vacaciones con la liquidación de febrero y no recargas los aportes de enero Entendes? Las vacaciones son como te explique divido 25 y multiplicado por los dias de vacaciones ok A fin de febrero se liquida basico divido 30 por 16 (en este caso que le corresponden 14) el mes siempre se considera de 30 días 30 menos los dias de vacaciones igual dias trabajados en el mes. No es que se descuenta lo cobrado por vacaciones se paga antes. Fui clara?
14 enero 2009 a las 3:00 pm
Ultimas preguntas: le corresponde segun veo 14 dias de vacaciones, estos son dias seguidos incluyendo los dias de findesemana o dias habiles? el monto a pagar , es una adelanto y se debe descontar de la proxima liquidacion o es un monto extra ? Gracias nuevamente !!!
14 enero 2009 a las 2:24 pm
Hola Hjose:
Muchas gracias e igualmente para vos.
Si ingreso en mayo/2008 no cobra antiguedad?
Te paso la liquidación:
http://WWW.ECONOBLOG.COM.AR
LIQUIDACION HABERES http://www.econoblog.com.ar
HABERES IMPORTE
SUELDO BASICO Administ. A $ 659,78
ANTIGÜEDAD 0 $ –
PRESENTISMO $ 54,98
SUMA FIJA (No Remunerativa) $ 50,00
Acuerdo Colectivo Abril 2008 $ 131,96
PRESENTISMO (No Remunerativo) $ 15,16
Pago excepcional no remunerativo Diciemb./08 50% $ 98,56
TOTALES $ 1.010,44
DEDUCCIONES % IMPORTE
JUBILACION 11 $ 78,62
LEY 19032 3 $ 21,44
OBRA SOCIAL OSECAC 3 $ 60,63
F.E.C. 2 $ 20,21
FAECYS 0,50 $ 5,05
DEDUCIONES $ 185,96
ADICCIONALES IMPORTE $ 824,48
Empleados de comercio no corresponde pago de los $200.-
Vacaciones basico 659.78/25x 14= 369.46 y a eso la sumas el presentismo y el 20% no remunerativo luego 100/25×14=56 y a eso le sumas el presentismo
14 enero 2009 a las 1:07 pm
Graciela.. Feliz año nuevo!
tome tu planilla de diciembre para sacar sueldo de un empleado que ingreso en mayo 2008
y me dio asi
BASICOAdminist. A $ 659,78
ANTIGÜEDAD $ 6,60
PRESENTISMO $ 55,53
SUMA FIJA $ 100,00
Acu Col Abril 2008$ 131,96
PRESENTISMO $ 19,33
Pago excl no rem Diciemb./0850%$ 125,64
TOTALES$ 1.098,84
DEDUCCIONES
JUBILACION $ 79,41
LEY 19032 $ 21,66
OBRA SO OSECAC3$ 32,97
F.E.C.2 $ 21,98
FAECYS0,50$ 5,49
DEDUCIONES $ 161,50
IMPORTE 937,33
Necesitaria saber si esta bien liquidado el mes diciembre y ademas,teniendo en cuenta que trabaja media jornada desde mayo:como es el tema de las vacaciones en cuanto a dias y forma de liquidar? el aguinaldo es 937 dividido 2? le corresponde los 200 $ que se otorgaron recientemente?
Desde Ya muchas gracias !!
Muchas dudas la resuelvo navegando por tu sitio y ya la he recomendado a varios colegas en cordoba !!
Saludos
14 enero 2009 a las 12:01 pm
Hola Romina:
Donde dice sueldo basico va el sueldo basico el convenio luego se suma la antiguedad, presentismo etc. y ese es tu sueldo remuenrativo bruto
14 enero 2009 a las 11:55 am
Hola Graciela, quisiera saber y es lo que no termino de entender, a mi en mi recibo me tiene que figurar donde dice sueldo basico, mi sueldo bruto verdad?
muchas gracias
13 enero 2009 a las 7:28 pm
Hola Maria Luz:
Muchas gracias te corresponden 14 días recien a fin del 2009 vas a tener mas de 5 años