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AFIP: Buenos Cumplidores exentos del pago de Bienes Personales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que 300.000 «Buenos Cumplidores» estarán exentos del pago de Bienes Personales. Además, el organismo a cargo de Alberto Abad indicó que 263.000 contribuyentes no tributarán Impuesto a las Ganancias en el último medio aguinaldo pagado. Dichos beneficios son otorgados en el marco de la Ley de Sinceramiento Fiscal. El último Blanqueo de Capitales marcó un récord respecto a pasados regímenes similares de años anteriores. Si bien aún no hay datos oficiales, se estima que el Sinceramiento Fiscal permitió la exteriorización de 116.800 millones de dólares. A diferencia de anteriores blanqueos, el Fisco Nacional ha decidido otorgar un beneficio a los contribuyentes que han cumplido con sus obligaciones fiscales. Para acceder al mismo, […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que 300.000 «Buenos Cumplidores» estarán exentos del pago de Bienes Personales. Además, el organismo a cargo de Alberto Abad indicó que 263.000 contribuyentes no tributarán Impuesto a las Ganancias en el último medio aguinaldo pagado. Dichos beneficios son otorgados en el marco de la Ley de Sinceramiento Fiscal.

El último Blanqueo de Capitales marcó un récord respecto a pasados regímenes similares de años anteriores. Si bien aún no hay datos oficiales, se estima que el Sinceramiento Fiscal permitió la exteriorización de 116.800 millones de dólares.

A diferencia de anteriores blanqueos, el Fisco Nacional ha decidido otorgar un beneficio a los contribuyentes que han cumplido con sus obligaciones fiscales. Para acceder al mismo, ellos debían calificar como «Buenos cumplidores, lo cual han hecho 540.000 personas.

Requisitos para ser Buen Cumplidor

  • Haber cumplido con las obligaciones correspondientes a los períodos fiscales 2014 y 2015.
  • No haber adherido obligaciones de 2014 ni 2015 al régimen de exteriorización voluntario ni al de regularización de obligaciones tributarias establecidos en la Ley 26860 ni a los planes de facilidades de pago particulares otorgados por el Fisco Nacional en uso de las facultades delegadas en el Artículo 32 de la Ley 11683.
  • No contar con deudas en condición de ser ejecutadas por el organismo recaudador, haber sido ejecutivos fiscalmente ni condenados con condena firma por multas por defraudación fiscal en el período fiscal 2014 ó 2015.
  • Constituir y mantener actualizado el Domicilio Fiscal Electrónico.
  • Informar un número de teléfono y e-mail de contacto.

En caso de cumplir con dichos requisitos, el contribuyente tenía la oportunidad de elegir uno de los siguientes beneficios:

  • Exención del Impuesto sobre los Bienes Personales en los períodos fiscales 2016, 2017 y 2018.
  • Exención de Ganancias en la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC) de este año para empleados en relación de dependencia, jubilados y pensionados.

Un dato a tener en cuenta es que, si bien no tendrán que pagar Bienes Personales, los Buenos Cumplidores igualmente tendrán que presentar la Declaración Jurada (DDJJ) respectiva.

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