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AFIP: Vencimiento del Régimen Informativo de Compras y Ventas en Mayo de 2017

Mañana, de acuerdo al calendario de AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos), inicia el vencimiento del Régimen Informativo de Compras y Ventas en Mayo de 2017, cuya fecha varía de acuerdo al dígito verificador del CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria) del contribuyente. Dicho cronograma coincide en el del IVA (Impuesto al Valor Agregado). Los contribuyentes obligados a cumplir con este régimen deben confeccionar su Declaración Jurada utilizando el programa aplicativo «AFIP – DGI – Régimen de Información de Compras y Ventas – Versión 1.0». Luego su presentación se tiene que hacer mediante el servicio «Presentación de DDJJ y Pagos» con el CUIT y la Clave Fiscal, contraseña que se puede obtener de manera online siguiendo los pasos detallados ACÁ. […]

Mañana, de acuerdo al calendario de AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos), inicia el vencimiento del Régimen Informativo de Compras y Ventas en Mayo de 2017, cuya fecha varía de acuerdo al dígito verificador del CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria) del contribuyente. Dicho cronograma coincide en el del IVA (Impuesto al Valor Agregado).

Los contribuyentes obligados a cumplir con este régimen deben confeccionar su Declaración Jurada utilizando el programa aplicativo «AFIP – DGI – Régimen de Información de Compras y Ventas – Versión 1.0». Luego su presentación se tiene que hacer mediante el servicio «Presentación de DDJJ y Pagos» con el CUIT y la Clave Fiscal, contraseña que se puede obtener de manera online siguiendo los pasos detallados ACÁ.

Para generar esta DDJJJ es necesario utilizar la información de las operaciones correspondientes a Abril de 2017.

Fechas de vencimiento del Régimen Informativo de Compras y Ventas en Mayo de 2017

Terminación del CUIT Fecha de Vencimiento
0 – 1 18 de mayo
2 – 3 19 de mayo
4 – 5 22 de mayo
6 – 7 23 de mayo
8 – 9 24 de mayo

Contribuyentes obligados a informar ventas y compras

  • Sujetos comprendidos en la RG 2485, quedando excluidos los de la RG 3067.
  • Contribuyentes del Régimen de Almacenamiento Electrónico de Registraciones previsto en el Apartado A Título II de la RG 1361.
  • Sujetos inscritos en el IVA desde el 1° de enero de 2014.

Las fechas de esta obligación coinciden con las del Impuesto al Valor Agregado. Para generar dicho Declaración Jurada se tiene que utilizar el Formulario 2002 IVA por Actividad, el cual se puede completar siguiendo la guía que se encuentra AQUÍ.

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