Mujer mirando el logo de EconoBlog

Recibo de sueldos y jornales

 El recibo de sueldos y jornales debe tener obligatoriamente los datos del empleador Razón social o nombre y apellido CUIT Domicilio Datos de los últimos aportes patronales Nombre y apellido del trabajador CUIL Fecha de ingreso Categoría Tarea cumplida Lugar y Fecha de Pago Determinación de las remuneraciones: Sueldo básico o jornal Días u horas Adicionales Descuentos Asignaciones Familiares Neto a Cobrar  Sueldo básico: Por lo general es el básico de convenio laboral regido en el lugar de trabajo, el cual determina la categoría. A veces las empresas determinan otro básico sumando incrementos otorgados internamente, puede ser mayor al de  convenio pero en ningún caso menor. Días u horas: Son los días u horas trabajadas, feriado, enfermedad, accidente, licencias Adicionales: […]

 El recibo de sueldos y jornales debe tener obligatoriamente los datos del empleador

  • Razón social o nombre y apellido

  • CUIT

  • Domicilio

  • Datos de los últimos aportes patronales

  • Nombre y apellido del trabajador

  • CUIL

  • Fecha de ingreso

  • Categoría

  • Tarea cumplida

  • Lugar y Fecha de Pago

  • Determinación de las remuneraciones:

  1. Sueldo básico o jornal

  2. Días u horas

  3. Adicionales

  4. Descuentos

  5. Asignaciones Familiares

  6. Neto a Cobrar 

  1. Sueldo básico: Por lo general es el básico de convenio laboral regido en el lugar de trabajo, el cual determina la categoría. A veces las empresas determinan otro básico sumando incrementos otorgados internamente, puede ser mayor al de  convenio pero en ningún caso menor.

  2. Días u horas: Son los días u horas trabajadas, feriado, enfermedad, accidente, licencias

  3. Adicionales:  

  • Antigüedad: Depende del convenio colectivo de trabajo generalmente es un % que cambia al cumplir años según la fecha de ingreso, pero también puede ser una suma fija.

  • Horas extras: Pueden ser al 50% cuando se extiende la jornada laboral diarias o se solicita trabajar el sábado hasta las 13 horas no siendo esto jornada laboral. ó al 100% trabajar los sábados después de las 13 horas ó domingo ó feriados.

  • Premios: Puede ser otorgados por el convenio o bien acuerdo internos, que se deben pagar en forma separada de los básicos, ejemplos: a la asistencia, a la puntualidad, a la producción, a  cuenta futuros aumentos, adicional por alimentación, adicional por complementario del servicio, etc.

  • a.C.. Sueldo Anual complementario ó aguinaldo, beneficio que antiguamente se pagaba a fin de año y luego se divide en dos partes se cobra en junio y en diciembre de cada año, se calcula el 50% del mejor sueldo recibido en cada semestre, incluido para su calculo básico y todos los adicionales, antigüedad, horas extras, premios, etc.

     4.  Descuentos:

  • Jubilación 11% tanto el trabajador este a filiado a una AFJP o al régimen de reparto.

  • INSSJP      3% Instituto Nacional de Seguridad Social para Jubilados y Pensionados PAMI

  • Obra social 3% cuando la empresa realiza el deposito a la AFIP un 10 ó 15% se destina al ANSSAL, depende de la obra social.

  • Cuota sindical solamente al trabajador afiliado al sindicato, ya que la misma no es obligatoria, según convenio ronda entre el 2 y 3%, monto destinado íntegramente al sindicato correspondiente.

    5.  Asignaciones Familiares: Es un monto determinado por el ANSeS por poseer el trabajador cargas de familias, de las cuales es el responsable de su crianza y educación ejemplos: hijo, hijo incapacitado, ayuda escolar anual, prenatal, matrimonio, maternidad, nacimiento, adopción.

    6.   Neto a Cobrar: Es el importe neto a cobrar por el trabajador su importe debe estar bien legible en números y letras.    
 

71 comentarios en “Recibo de sueldos y jornales”

  1. graciela es la primera vez q escribo. 1º felicitarte por el blog la verdad q es muy util y es demucha ayuda para muchos pricipiantes en estas labores.2º te queria consultar acerca de la bonificacion o adicional por antiguendad se la calcula hasta el 31 de diciembre como para la vacaciones o en el mes o dia a partir del cual se cumple un nuevo año. desde ya gracias.

  2. la empresa donde trabajo entrega los recibos de sueldo con mucha demora luego de haber depositado los haberes. hay un mínimo de plazo que deberían cumplir?

  3. Graciela:

    Primero, felicitaciones por el blog. Es la primera vez que escribo, hace poco que paseando por internet entre aqui y la verdad me han ayudado muchisimo las notas publicadas.

    Mi consulta es la siguiente, las planillas de excell que publicas en la pagina para liquidar los sueldos, puede servir como recibo de sueldo y jornales? Me encuentro en mi primer trabajo, y al ser una empresa chica debo realizar mi propio recibo sin tener a quien remitirme por consultas. Por lo que me han dicho estoy por convenio de empleados de comercio.

    Agradecere toda información que me puedas brindar para aclarar dudas. Muchas Gracias!

    Gisele

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *