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¿Tengo que presentar partida de defunción para cobrar pensión?

Muchos pensionados se encuentran en sus recibos de sueldos con la mala noticia de que deben presentar en una oficina de ANSES una copia de la Partida de Defunción de su cónyuge para continuar cobrando, e inclusive en algunos casos también se les pide el certificado de casamiento. Sin embargo el organismo previsional ha emitido una circular que libera a los beneficiarios de realizar este molesto trámite. En muchos casos, el hecho de tener que presentar la partida de defunción es toda una odisea, dado que suele pasar que la persona viuda viva en la misma jurisdicción en la que falleció su cónyuge, por lo que deben viajar o contratar a un gestor para conseguir el comprobante. Mucha gente no […]

Muchos pensionados se encuentran en sus recibos de sueldos con la mala noticia de que deben presentar en una oficina de ANSES una copia de la Partida de Defunción de su cónyuge para continuar cobrando, e inclusive en algunos casos también se les pide el certificado de casamiento. Sin embargo el organismo previsional ha emitido una circular que libera a los beneficiarios de realizar este molesto trámite.

En muchos casos, el hecho de tener que presentar la partida de defunción es toda una odisea, dado que suele pasar que la persona viuda viva en la misma jurisdicción en la que falleció su cónyuge, por lo que deben viajar o contratar a un gestor para conseguir el comprobante.

Mucha gente no solo está impedida físicamente para realizar este trámite, sino que algunos ni siguieran cuentan con un familiar o el dinero para contratar un gestor y conseguir lo que precisan para continuar cobrando la pensión.

Recordemos que ANSES estaba pidiendo en los recibos de sueldo presentar los certificados de defunción e inclusive de matrimonio a las personas que cobran una pensión por fallecimiento. Esto suele ocurrir porque al revisar los beneficios, en el organismo previsional se encuentran con que faltan algunos papeles.

Si embargo, ahora ya no habrá que presentarlo, dado que es ANSES puede acceder a la información requerida sin la necesidad de que el pensionado o pensionada tenga que obtener los papeles requeridos.

El día 30 de junio, con la circular DPA N° 15/17 ANSES informó la actualización de datos en ADP correspondientes a beneficiarios de pensión por fallecimiento en curso normal de pago que exime a los beneficiarios de presentar el certificado de defunción de su cónyuge.

La misma le pone fin a la etapa de comunicaciones mediante orden de pago previsiona (OPP) prevista en el programa de rutina de actualización datos de ANSES.

La dra. Laura Kalerguiz señala desde su Facebook oficial que aunque hayan recibido el mensaje en su último recibo de sueldo que deben presentar el certificado de defunción, no es necesario llevar la información a ninguna oficina de ANSES.

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