SUAF obligaciones de los trabajadores
Los trabajadores cuyas empresas están incorporadas al SUAF, deben informar a sus empleadores todos los datos y modificaciones relacionados con el cobro de las Asignaciones Familiares, presentando en ambos lugares, ANSeS y empleador la documentación que se requiere para poder cobrar cobrar las Asignaciones Familiares ya que si bien el pago lo debe realizar el ANSeS, es el empleador el encargado de actualizar los datos vía Internet en la página de la AFIP, sistema ” Mi Simplificación – Empleadores” y también en la base de datos del ANSeS según las Resoluciones del ANSeS D.E.-N Nº 241/06, 646/06 y 314/07.
Debe presentar en tiempo y forma ante las oficinas del ANSeS y de su empleador todos los Formularios y la documentación requerida según el trámite a realizar para tramitar las distintas Asignaciones Familiares:
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Asignación Familiar por Maternidad/Maternidad Down: Formulario PS.2.55 “DDJJ Novedades Unificadas – Sistema Único de Asignaciones Familiares”, debidamente cumplimentado el que debe ser presentado ante ANSeS y su empleador, hasta el mismo día de la finalización de la Licencia por Maternidad/Maternidad Down respectiva. Si la documentación la presenta ante ANSeS después de finalizada la Licencia por Maternidad/Maternidad Down no corresponde el pago de la Asignación Familiar perdiendo el derecho a su cobro.
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Asignación Familiar por Prenatal: Formulario PS.2.55 “DDJJ Novedades Unificadas – Sistema Único de Asignaciones Familiares”, debidamente cumplimentado, el que debe ser presentado ante ANSeS y su empleador a partir del 3º mes (12 semanas) y 6º mes (30 semanas) cumplido de gestación para poder tener derecho al retroactivo de Prenatal. Si lo presenta después del 6º sexto mes cumplido de gestación, sólo podrá tener derecho a la Asignación Familiar por Prenatal desde el mes de presentación hasta el nacimiento/interrupción del embarazo. Si se presenta ante ANSeS con posterioridad al nacimiento/interrupción del embarazo, no corresponde el pago de la Asignación Familiar por Prenatal, perdiendo el derecho a su cobro.
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Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual: Formulario PS.2.51 “DDJJ Solicitud Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual”, debidamente cumplimentado. Este Formulario sólo se debe presentar ante ANSeS y su empleador dentro de los ciento veinte (120) días corridos, contados a partir de la fecha de iniciado el ciclo lectivo/tratamiento de rehabilitación si ANSeS no liquidó en el “masivo” la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual. Entiéndase por “masivo” cuando esta Asignación Familiar es liquidada en forma anticipada, Resolución D.E.-N Nº 081/07.
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Para designar un Apoderado/Apoderado Extraordinario para el cobro de las Asignaciones Familiares: Formulario PS.2.55 “DDJJ Novedades Unificadas – Sistema Único de Asignaciones Familiares”, debidamente cumplimentado.
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Para Renunciar o Revocar una Renuncia al Cobro de Asignaciones Familiares: Formulario PS.2.53 “DDJJ Renuncia/Revocación de Renuncia al Cobro de Asignaciones Familiares – Sistema Único de Asignaciones Familiares”, debidamente cumplimentado.
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En el caso que el trabajador no pudiera acercarse hasta las oficinas del ANSeS para presentar los Formularios PS.2.51, 2.53 y 2.55 podrá designar a una persona debiendo en tal caso cumplimentar el Rubro “Representante” previsto en cada formulario.
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Si el trabajador desea modificar o cambiar el medio de pago que desea cobrar las Asignaciones Familiares debe presentar una Nota con Carácter de Declaración Jurada donde conste Apellido/s y Nombre/s, CUIL, Provincia, Localidad o Código Postal del lugar de cobro elegido o bien los datos de su Cuenta Bancaria propia o Cuenta sueldo: Nota con Carácter de Declaración Jurada donde conste Apellido/s y Nombre/s y Número de CUIL, adjuntando Constancia emitida por el Banco o Copia del Extracto Bancario del que surja CUIL o DNI, Apellido/s y Nombre/s y Número de CBU correspondiente.
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Asignación Familiar por Hijo con Discapacidad: Formulario PS.2.3 “Declaración Jurada Solicitud de Autorización de Pago de Asignaciones Familiares por Discapacidad”, debidamente cumplimentado, como así también la documentación establecida en la Cartilla “Tramitación de la Autorización para el pago de Asignaciones Familiares por Hijo con Discapacidad”
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Cualquier reclamo vinculado con la liquidación de Asignaciones Familiares en SUAF: Formulario PS.2.57 “Nota de Reclamo – SUAF”, debidamente cumplimentado.
Cuando el reclamo fuera por la asignación familiar por hijo y/o hijo con discapacidad el trabajador podrá acceder a una retroactividad máxima de 2 años contados desde la fecha de reclamo formal, según corresponda. -
El trabajador que necesite realizar una consulta referida a su liquidación de Asignaciones Familiares podrá ingresar a la página de ANSeS “Autopista de Servicios” “Consultas” “Liquidación de Asignaciones Familiares” y el sistema solicitará unos datos que debe ingresar en forma obligatoria para poder realizar la consulta o en forma telefónica al número 0800-22-26737 o bien dirigirse a cualquier oficina de ANSeS .
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17 respuestas to “SUAF obligaciones de los trabajadores”

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[17] Comentarios
24 julio 2011 a las 7:29 pm
daniel
SUAF es el Sistema Unificado de Asignaciones Familiares? pregunta que es bien lo que te piden
21 julio 2011 a las 3:51 pm
a fin de año me retiro de la armada y para el tramite me solicitan el suaf mio y de mi esposa o el rub.
donde lo solicito….gracias
30 agosto 2010 a las 5:51 pm
paola
LA fecha que acredito la discapacidad al empleador y la otra la fecha en la que presento el certificado medico a su empleador
30 agosto 2010 a las 2:32 pm
Hola necesito con urgencia ayuda estoy llenando el ps 2.3 dorso, para hijos con discapacidad ! y hay tres fechas que tengo que poner la primera es de inicio de actividad del trabajador en la empresa y las otras dos???????????????????
Alguien me ayuda por favor
6 julio 2010 a las 11:32 am
Jimena
propia
6 julio 2010 a las 11:22 am
Hola, quería saber si la cuenta de banco donde se deposita el SUAF debe ser propia o puedo autorizar a que se deposite en la de un familiar.
Muchas gracias.
29 junio 2010 a las 7:23 pm
ruth
Firmale un poder Formulario se baja de internet de la pagina de ANSES sección formularios
29 junio 2010 a las 4:06 pm
hola estoy embarazada de 27 semanas hace casi dos meses estoy dando vueltas para presentar los papeles del prenatal, si no estan de paro ,no hay sistema, si no falta una cosa falta otra.
como podria hacer para que mi novio se encargue de los tramites, ya que en mi trabajo no saben informarme de nada..
26 mayo 2010 a las 4:00 pm
hernan
Si queres que tu señora cobre el salario, vos tenes que renunciar y luego esperar a que ANSES haga el traspaso
26 mayo 2010 a las 12:43 pm
Buenos dias, en el anses me estan pidiendo que renuncie al SUAF asi mi señora puede cobrar la asignación para mis hijos, que implicancias trae esta reununcia? muchas gracias
17 julio 2009 a las 6:24 am
Me gustaría realizar TODOS los trámites por éste medio. Pero para eso TODOS tenemos que mejorar. Sería la manera más fácil, sencilla y cómoda. No???
23 abril 2009 a las 5:35 pm
Me casè el 18/2/09 y segùn lo que he leìdo tengo que presentar la documentaciòn (dni mìo y de mi esposa y libreta de matrimoio) en una sucursal de Correo Argentino para tramitar la asignaciòn por matrimonio.
Debo hacer algùn otro tràmite????
gracias
19 marzo 2009 a las 10:11 am
Ivana:
CUIT de la empresa? donde hizo los trámites empresa ANSe^S?
18 marzo 2009 a las 3:08 pm
HOLA,MI MARIDO TRABAJA EN UNA EMPRESA,YA HIZO LOS TRAMITES PARA COBRAR EL PRENATAL A PRINCIPIOS DE ENERO Y YA ESTAMOS A FINES DE MARZO,YO ESTOY POR TENER A MI BEBE Y NO NOS PAGARON,Q DEBO HACER??
27 febrero 2009 a las 11:12 am
buen dia, trabajo en una empresa, y no estoy del todo segura como es q los empleados cobraran sus asignaciones, osea si fuese por boca de pago,como seria el tramite? o de que otra forma lo puede cobrar?
cual es la gestion que se debe efectuar despues que cargamos toda la informacion en el sitio de afip. que sigue por hacer?
1 febrero 2009 a las 9:07 pm
Adolfo: te aconsejo averiguar si esta liquidado conpletando el formulario que aparece al hacer click aqui: http://www.anses.gov.ar/autopista/Serv_publicos/suaf.htm. Pero tene en cuenta que el anses liquida con uno o dos meses despues de cada periodo que te corresponda.
1 febrero 2009 a las 6:16 pm
soy empleado en relacion de dependencia, la empresa donde trabajo está adherida al suaf y ya realizo los trámites de inscripción correspondientes como empleado ante el Anses. Quería saber si yo debo realizar algún otro trámite o presentación para que me acrediten el valor de la asignación familiar. Atte.