Tipos de Jubilaciones
En nuestro país existen la Jubilación de Reparto, Régimen Público o del Estado y la Jubilación de Capitalización, Régimen Privado, la persona que ingresa a realizar aportes por primera vez tiene un plazo de noventa (90) días para realizar la opción de cual de las dos prefiere si no la realiza pasa automáticamente al Régimen de Reparto ó Público, pudiendo luego realizar la opción en cualquier momento.
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Régimen de Reparto o Publico: Es el Régimen administrado por el Estado por medio de la Administración Nacional de Seguridad Social, ANSES. Otorga:
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Jubilación ordinaria
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Jubilación por edad avanzada
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Jubilación por invalidez
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Pensión
2. Régimen de capitalización o Privado: Este Régimen esta en nuestro país a partir del año 1990, Los aportes de los afiliados van a una administradora privada de fondos de jubilaciones y pensiones, AFJP, allí existe una cuenta individual de cada afiliado hasta el momento de su retiro. Otorga:
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Jubilación ordinaria (Sistema de Renta vitalicia previsional, retiro programado o retiro fraccionado)
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Pensión por fallecimiento
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Retiro por invalidez
Los trabajadores en relación de dependencia y los trabajadores autónomos se encuentran cubiertos por cualquiera de estos sistemas jubilatorios, con las excepciones de los trabajadores estatales, provinciales, municipales o algunos profesionales que se encuentran cubiertos por sus respectivas cajas.
Requisitos para jubilarse:
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Jubilación ordinaria: Mujeres 60 años y hombres 65 años de edad con treinta (30) años de servicios.
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Jubilación por edad avanzada: Existe una cobertura para personas de 70 o mas años, de cualquier sexo, que no tengan los treinta (30) años de aportes, deben acreditar Díez (10) años con aportes, de los cuales los últimos cinco (5) deben haber sido trabajados dentro de los ocho (8) años antes de cesar actividad. Es obligación no poseer ningún otro tipo de beneficio
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Retiro por Invalidez: Las personas cualquier sexo o edad que sufran un accidente o enfermedad que los discapacite física o mentalmente con un 66% o mas, para poder desempeñar sus actividades. El cobro de la misma esta condicionado a un examen periódico y no volver a ninguna actividad laboral.
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34 respuestas to “Tipos de Jubilaciones”

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[34] Comentarios
20 mayo 2009 a las 10:15 am
buenos dias estoy interesado en saber sobre la NUEVA jubilacion de la q ya el pais habla ,tengo 60 años cumplidos y 29 años de aportes podre consultar en algun sitio web ,por favor necesito informacion.
10 abril 2009 a las 9:47 am
Walter:
Para ver si puedo ver algo necesito datos DNI, CUIL, Expediente, tipo de pension, etc
9 abril 2009 a las 7:16 pm
hola soy walter quiero preguntar por una pension no contributiva que empeso mi papa el sr gomez tomas hace 12 meses en la provincia de catamarca
28 febrero 2009 a las 11:14 am
hola.me gustaria saber cuanto esta cobrando un jubilado de SEGBA que se jubilo en el año 1980 maso menos…y trabajo 33 años.
y si no me gustaria saber como averiguarlo. Desde ya muchas gracias -
saluda atte. CLAUDIO
28 enero 2009 a las 6:36 am
Buenos días. Trabajo en relación de dependencia desde hace más de 33 años, cuento actualmente con 58 años. Mi pregunta es: podré iniciar mis trámites jubilatorios por lo menos un año antes de la fecha de mi cumpleaños número 60 en septiembre del 2010, de manera de no volver a trabajar el día siguiente a mi cumpleaños? Podré iniciarlos aún antes de eso? Muchas gracias.
20 enero 2009 a las 1:16 pm
soy diaz hugo domingo y reclamo mi pencion por invalidez . que tengoque hacer para que me paguen
15 enero 2009 a las 10:03 am
Hola Emilia:
Depende de que jubilación y el monto.
15 enero 2009 a las 8:50 am
Hola, mi duda es que si uno pasa a cobrar pension del marido, (por fallecimiento de este), ¿que importe cobras? ¿el 100% de lo que cobraba el marido como jubilacion? ¿si no es asi, cuanto te sacan?
Muchas gracias
Emilia
8 enero 2009 a las 11:51 am
Hola Maria Elena:
La jubilación de 60 años es la que tenes que tener aportados 30 años de servicios y 60 años de edad
8 enero 2009 a las 8:20 am
hola, soy maria elena, le consulto x mi madre quiere saber si la jubilacion que se llama de los 60 años es la misma de ama de casa xq ella tiene pension x mi padre fallecido y la de ama de casa pero le dijeron que hay otra de los 60 años x favor me pueden dar la informacion correcta, gracias!!
14 septiembre 2008 a las 12:30 pm
Hola Alberto:
Capitalización y reparto es lo mismo, si en la empresa y vos quieren trabajr mas tiempo nadie te va a decir nada, pero si te intiman a iniciar los tramites tenes que acerlo.
gracias
13 septiembre 2008 a las 9:40 pm
en capitalizacion llegada la edad para jubilarse y los años de servicio se puede seguir trabajando uno o dos años mas?
11 septiembre 2008 a las 9:13 am
Hola laura:
Si nunca aporto es mejor que te asesores bien en la AFIP tarta de qu ete expliquen bien, si no te convense la explicación volve otro dia y sacate todas las dudas o anda a otra sucursal, depende de la persona que te atienda tenes que preguntar bien y asesorarte antes de iniciar una moratoria si queres luego volve a preguntarme o simplemente comentame como te fue y que te dijeron gracias
10 septiembre 2008 a las 7:24 pm
Hola! a quien corresponda: necesito saber si mi mama de 61 años ama de casa puede empezar a realizar los tramites para la jubilacion,donde tiene que dirigirse, y a partir de cuando. espero una pronta respuesta
31 agosto 2008 a las 4:13 pm
La iniciativa permitiría a los jefes comunales jubilarse a los 61 años y percibir una asignación del 50% del sueldo
El Director Ejecutivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), Amado Boudou
Me llamo Antonio Oscar OLIVA, soy “DESEMPLEADO” del año 2003, ya cuento con 30 años de servicios y 61 años de edad porque UD. y la Sra. Presidente no sacan un Decreto para los que quedamos afuera del mes de fin de Abril/07/2008, y aquellas personas que podemos pedir la Jubilación Anticipada también nos podemos veneficiar como los Señores Intendente, yo también fui FUNCIONARIO de una empresa como SEGBA SA, y SEGBA RECIDUAL, ya que yo me puedo Jubilar a los 63 años por tener tareas preferenciales y me acortan la edad Jubilatoria, como comente me jubilaría antes de los 65 años. Del 2003 hasta la fecha solo tuve respuesta de negación tanto del orden Nacional , Provincial y Comunal, pedí audiencias al Poder Ejecutivo nacional reencontrarme con mi DIGNIDAD y me mandaron a la AMIA a buscar trabajo. NUNCA DESEO TENER UNA AYUDA MONETARIA NO ES LO QUE VUSCO ASI TODO CUMPLO CON MIS RESPONSABILIDADES DE TENER TODOS MIS INPUESTOS AL DIA , no deseo pagar a estos señores , que con lo que cobran ya roban bastante porque no trabajan a donoren haber si se quedan en sus puesto. Disculpe la bronca y la impotencia.
ANTONIO OSCAR OLIVA
DNI 7595180
BERNARDO DE IRIGOYEN 889 – CODIGO POSTAL 1602
LOCALIDAD FLORIDA – PARTIDO DE VTE. LOPEZ
TE 011-7430-1063
CEL.15-5928-1713
MAIL. antoniooliva@arnet.com.ar
antoniooscaroliva@hotmail.com
Espero un llamado suyo que al menos, me de una respuesta de la Delegación de Munro que ya están todo hechos los reconocimientos de servicio y aprobado, que tiempo antes de cumplir mis 63 años tengo que presentar los papeles para poder iniciar mi JUBILACION ORDINARIA Y QUE DOCUMENTACION TENGO QUE PRESENTAR, es muy difícil no tener ninguna entrada y estar DESEMPLEADO NO DESOCUPADO PARA ESO LLEVO MI CRUZ QUE ME LA DIO EL SEÑOR PARA TODOS LOS DIAS. Sea el primero que me pueda comunicar, mi respuesta sin filtro por este medio.
Atte. OLIVA, Antonio Oscar
29 agosto 2008 a las 9:29 am
Teniendo una jubilación por incapacidad,
al obtener la jubilació definitiva, qué debe abonar la AFJP? Agradeceré me contesten pues nadie me informa. Gracias.
25 agosto 2008 a las 9:42 am
Muchas gracias Graciela.
Saludos.
22 agosto 2008 a las 12:14 pm
Hola Anabel:
Un jubilado iempre y cuando no este jubilado por invalidez puede reingresar a trabajar, los aportes y contribuciones son diferentes y tengo entendido que la jubilación se congela sin aumento hasta llegar a ser la minima.
gracias
21 agosto 2008 a las 4:25 pm
Buenas tardes, queria saber si un jubilado puede reingresar a la actividad laboral bajo relacion de dependencia sin perder la prestacion de Jubilacion y si en el recibo de sueldos le deben seguir descontando el 11% y el 3% del INSJJP.
Gracias
13 agosto 2008 a las 9:37 pm
BUNAS NOCHES YO INICIE MIS TRAMITES POR PENSION NO CONTRIBUTIVA HACE YA MAS DE 15 MESES EL TRAMITE SIGUE EN MARCHA PERO SIN NOVEDADES.-