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Prorroga en la Ley de Promoción de Empleo, reducción en las contribuciones patronales

Como se viene el incremento en el Salario Mínimo Vital y Movial, el Gobierno quiere dejar contentos a los empresarios beneficiándolos con la prorroga de la ventaja impositiva que las empresas tienen en los últimos años con el aliciente para contratar y/o blanquear a un nuevo trabajador, con l fin de fomentar el mercado formal de trabajo reduciendo el trabajo en negro. El día 11 de julio publico en el Boletín Oficial el Decreto 1066 por el cual extendió hasta el día 31 de diciembre la reducción del 33% en las contribuciones patronales a la Seguridad Social para todas las empresas que cuenten con hasta 80 trabajadores y que incrementen su plantel. Este beneficio rige por la Ley 25.877 «Reforma […]

Como se viene el incremento en el Salario Mínimo Vital y Movial, el Gobierno quiere dejar contentos a los empresarios beneficiándolos con la prorroga de la ventaja impositiva que las empresas tienen en los últimos años con el aliciente para contratar y/o blanquear a un nuevo trabajador, con l fin de fomentar el mercado formal de trabajo reduciendo el trabajo en negro.

El día 11 de julio publico en el Boletín Oficial el Decreto 1066 por el cual extendió hasta el día 31 de diciembre la reducción del 33% en las contribuciones patronales a la Seguridad Social para todas las empresas que cuenten con hasta 80 trabajadores y que incrementen su plantel. Este beneficio rige por la Ley 25.877 «Reforma Laboral» articulo 6to. comenzando su aplicación en el año 2004, con sucesivas prórrogas durante los años sucesivos, como el Decreto que fue publicado ayer y rige en forma retroactiva desde el 31 de diciembre de 2007, aquellas empresas que hayan pagado las contribuciones en su totalidad por los nuevos trabajadores incorporados durante los seis primeros meses del año pueden exigir la devolución del % correspondientes a sus contribuciones.

La reducción del 33% en las contribuciones Patronales es para el caso de nuevos trabajadores, ampliándose al 50%, si el personal incorporado perteneces a los beneficiarios del Plan Jefe y Jefas de Hogar, solo es aplicado en empresas donde la nómina de sus trabajadores no muestra una caída con respecto a enero del año 2004 y que las contrataciones se realicen bajo el amparo de la Ley de Contrato de Trabajo, el régimen de empleo rural o de la construcción, con un planten de hasta 80 trabajadores y que facturen en el año hasta:

  • Agropecuarios $ 10.8 millones

  • Sector Industrial y minero $ 43.2 millones

  • Comercio $ 86.4 millones

  • Servicios $ 21.6 millones

11/07/2008 – El Cronista – 

 

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