Importación temporal Decreto 1330/04
Subido por Graciela el 6 febrero 2007 7:22 pm. En la categoría Otros.
Régimen de Importación Temporal establecido por el Decreto 1330/04 se encuentra plenamente vigente, habiendo generado cambios sustanciales en su operatoria.
Aquellos vinculados al nuevo sistema a fin de, en función de las experiencias recogidas por las industrias que utilizan o vislumbran poder utilizar el régimen en sus operaciones con el exterior, realizar las recomendaciones necesarias para lograr la mayor eficiencia de esta valiosa herramienta de promoción de exportaciones.
A título de ejemplo podemos indicar temas como:
-Gestión de Informe Técnico Preliminar (ITP) y Certificado de
Tipificación de Importación Temporaria (CTIT).
-Reposición de existencias.
-Reparación.
-Garantías.
-Otros.
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3 respuestas to “Importación temporal Decreto 1330/04”

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[3] Comentarios
21 julio 2011 a las 6:35 pm
hola soy estudiante en que consiste el regimen de importacion para reposicion de existencias
18 mayo 2009 a las 10:27 am
Si. podrias importarlo mediante el regimen de importacion temporaria sin transformacion. Hay tiempos maximos que establace la legislacion, de todas formas eso lo establece la aduana y ademas se debe justificar el uso del bien importado y se deben garantizar los tributos aduaneros.Se puede pedir una prorroga del tiempo otorgadoo por 365 dias mas.
26 febrero 2008 a las 3:12 pm
Hola mi nombre es sergio y necesito que me saquen una duda…
Puedo hacer una importacion temporaria de un camion de carga usado por 365 dias desde francia a argentina.
En que regimen entra y como lo deberia hacer..o a quien le tengo que preguntar o asesorarme muchas gracias desde ya