Vencimientos importantes de Octubre 2008
Subido por Graciela el 1 Octubre 2008 12:52 pm. En la categoría AFIP , Ingresos Brutos.
Algunos vencimientos importantes durante el mes de octubre de 2008, correspondientes a los impuestos de AFIP, Ingresos brutos y Convenio Multilateral.
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SEGURIDAD SOCIAL |
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| CONCEPTO | Vi.3 | L.6 | M.7 | Mi.8 | J.9 | V.10 | L.13 |
| Autónomos | 0 -1 | 2-3 | 4-5 | 6-7 | 8-9 | ||
| Empleados DDJJ Pres. F931 y Pago | 0-1 | 2-3 | 4-5 | 6-7 | 8-9 | ||
| Serv.Doméstico | Aporte Oblig. | ||||||
| Monotributos | Todos | ||||||
| CONCEPTO | M.14 | Mi.15 | |||||
| Empleados DDJJ Pres. F931 y Pago | Aport.Vol. | ||||||
| I.V.A. Otros Impuestos | |||||
| CONCEPTO | L.13 | Ma.14 | Mi.15 | ||
| Ganancias 3er.Anticipo Personas Físicas | 0-1-2-3 | 4-5-6 | 7-8-9 | ||
| Bienes Pers. 3er.Anticipo Personas Físicas | 0-1-2-3 | 4-5-6 | 7-8-9 | ||
| Ganancia Mínima Presunta 3er.Anticipo Personas Físicas | 0-1-2-3 | 4-5-6 | 7-8-9 | ||
| CONCEPTO | L.20 | Ma.21 | M.22 | J.23 | V.25 |
| IVA Pres.F730 y pago | 0-1 | 2-3 | 4-5 | 6-7 | 8-9 |
| SICORE Ret.prac. del 1 al 15/10 | 0-1-2-3 | 4-5-6 | 7-8-9 | ||
| INGRESOS BRUTOS | |||||
| CONCEPTO | L.13 | Ma.14 | Mi.15 | J.16 | V.17 |
| IIBB mensual | 0-1 | 2-3 | 4-5 | 6-7 | 8-9 |
| IIBB Convenio Tener en cuenta el Digito verificador | 0-1 | 2-3 | 4-5 | 6-7 | 8-9 |
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6 respuestas to “Vencimientos importantes de Octubre 2008”




15 Diciembre 2008 a las 11:29 am
Hola Gustavo:
Tengo publicado un articulo pasa a paso para la baja de ingresos brutos te va a ser util. Primero da la baja y a ver que te dicen no creo que te devuelvan nada, vos sos el responsable de tu baja no podes echarle la culpa al contador, si bien te hace los trámites de tus papeles sos el responsable, trata de obtener la baja y de que no te cobren nada
15 Diciembre 2008 a las 10:21 am
Hola Graciela. Te queria consultar lo siguiente.
Hace poco me di cuenta que me estaban reteniendo de mi Caja de ahorro un porcentaje sobre cualquier credito que tuviera. Me comunique con el telefono de consultas de Sircreb en donde me informaron que tenia una cancelacion de oficio del año 1998. Supongo que debia ser de una perfumeria que tenian mis viejos y que me anotaron ami, pero no recuerdo bien. Me mandaron a presentar una nota en viamonte 900 solicitando el reverso de cancelacion de oficio. Me dijeron que dentro de 15 días debia entrar a la pagina de sircreb para hacer la baja. Ahora bien mi consulta es la siguiente: 1) Mire la pagina de Sircleb y lo unico que se puede hacer ahi es consultar si estas en el padron o no. Me parece que me dijeron cualquier cosa. Por este punto quizas me conviene esperar los 15 días y ver que pasa. 2) Me haran pagar algo? yo no tengo ninguna documentación al respecto y ni siquiera recordaba que yo estaba anotado en IIBB. Tenia entendido que cuando se cerro el negocio en contador habia dejado todo bien. Ni siquiera puedo consultarlo pues paso a mejor vida. 3) Una vez que haga efectiva la baja corresponde que me hagan la devolución de todo lo retenido desde Agosto a la fecha?
9 Octubre 2008 a las 3:32 pm
Hola Gaby:
Si es lo mejor ya que de no presentarse te descuentan a vos.
suerte despues contame, gracias
9 Octubre 2008 a las 12:43 pm
Muchas gracias Graciela.
El realmente no tuvo ingresos desde esa época porque la que trabajo soy yo y el cuida a los chicos.
Lo que me asusta es que tenga que pagar YO una multa muy grande porque él no se dio de baja en su momento.
Veremos… entonces vos me decís que lo mejor es que se presente.
Gracias de nuevo!
9 Octubre 2008 a las 12:29 pm
Hola Gaby:
Sugiero que se acerque a Rentas y de la Baja definitiva, explicando todos los motivos de la inundación, si es necesario que haga una nota y explique el problema del cierre del local. Si facturaba que lleve el talonario de facturas que no utilizo o algun comprobante como que no realiazo movimientos. Si despues de eso fue trabajador en relación de dependencia mejor, peor que trate de dar la baja definitiva. Yo levante una baja de oficio para seguir trabajando y cuesta un poco pero que se arme de paciencia.
suerte y si queres luego comentame, gracias
9 Octubre 2008 a las 12:17 pm
Hola Graciela, una consulta me retienen de mi cuenta sueldo un concepto SIRCREB IB GCBA y en realidad no es por mi sino por mi marido que está como cotitular de esa cuenta. Y es porque aparentemente no está dado de baja en IB por un local (quiosco) que tuvo en el año 1997, cuando llamo a Rentas me dicen q haga una nota “solicitando la reversa de la cancelación de oficio de la inscripc. en IB con motivo de dar el cese total” y luego debe ir a hacer la baja.
Mi pregunta es: si ellos dieron la cancelación de oficio, qué pasa?? si solicita que la reversen, no sería volver a activarse??
Qué multas tiene por no haber gestionado la baja en el año 97 y en realidad el cierre del local fue por una inudación donde se perdió mercadería pero también los papeles.
Alguna sugerencia sobre qué hacer y cómo proceder. Gracias.