Empleados de Comercio, Obligación de pagar el Seguro de Retiro “La Estrella”
A raíz de las consultas efectuadas por nuestro visitantes informamos la obligación del deposito del pago de un Seguro de Retiro para todos los trabajadores incluidos en el Convenio de Trabajo 130/75 Empleados de Comercio, ya que este es un beneficio para los trabajadores y en el momento de retirarse del establecimiento es obligación del empleador entregar dicho aportes que servirán como una jubilación privada aparte. En el momento de su desvinculación de la empresa los trabajadores pueden optar por dejar este ahorro en la compañía hasta el momento de jubilarse o bien retirarlo y le será descontada una comisión.
Existen varias jurisprudencia en relación a los años de prescripción aplicable a la obligación patronal de aportar este sistema de Retiro Complementario previsto en el convenio de Trabajo Nº 130/75, el plazo de prescripción es d e10 años. Adjuntamos archivo Word con el Fallo Plenario 319 según Acta Nº 2.527 de fecha 17 de julio de 2008
Bajar Fallo Plenario 319
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290 respuestas to “Empleados de Comercio, Obligación de pagar el Seguro de Retiro “La Estrella””
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[290] Comentarios
29 octubre 2008 a las 11:55 am
Hola graciela, muy bueno el blog. Mi consulta es si existe un tope sobre el que calcular la contribucion, por ejemplo si el trabajador cobra $6000 bruto, y existiera un tope de, no se, 4800, se calcula sobre ese tope? O no tiene un tope?
Muchas gracias.
29 octubre 2008 a las 11:36 am
Hola alan:
supongo que te referis a empleada de comercio, si sos monotributistas tenes que inscribirte como empleador, y vas a tener que contratar un contador, ya que el sueldo de los empleados no creo lo puedas hacer ya que es muy complicado, buscar una categoría liquidación, aportes ART, seguros etc. Es eso lo que queres saber?
gracias
29 octubre 2008 a las 11:08 am
Soy monotributista. Quisiera saber cuanto tendría que pagar de aportes a una empleada si trabaja 4 hs. diarias de lunes a sabado y cuanto si trabaja 8. Y cuanto de sueldo.Gracias.
29 octubre 2008 a las 9:03 am
hola graciela, soy empleada de comercio hace 4 años en rio negro, administrativa b, me podrias decir como tendria que ser mi liquidacion? muchas gracias. mariana. otra pregunta esta bien que me retengan CEC? cual es el porcentaje?
28 octubre 2008 a las 11:09 am
Hola Ricardo:
Muchas gracias, el 3.5% sobre el bruto o sea el importe sobre el cual le haces los aportes y contribuciones para la jubilación, la parte no remunerativa NO
gracias
27 octubre 2008 a las 10:43 pm
Hola Graciela, antes que nada muy buenas tus respuestas. Mi consulta es si el empleador tiene que ingresar a La Estrella 3,5% sobre el sueldo bruto + antiguedad de c/ uno de sus empleados solamente o además tiene que tener en cuenta los “acuerdos colectivos”? Gracias y saludos.
27 octubre 2008 a las 7:40 pm
Hola Eliana:
Es obligatorio en todo el pais en alguna provincia pueden contratar otro seguro de retiro pero es obligatorio de que provincia sos? Para estar mas segura pregunta en el sindicato de empleados de comercio luego si queres nos contas
gracias
27 octubre 2008 a las 2:21 pm
hola, con respecto al seguro de retila “La Estrella”, el contador de mi trabajo dice que no es obligatorio, por ende no lo está pagando.
Es así? o por como estuve lellendo los comentarios es obligatorio en todo el territorio del país.
Muchas Gracias
27 octubre 2008 a las 11:40 am
Hola Graciela.. buenos dias! te quería consultar si el decreto 2005/2004 hasta cuando tuvo vigencia o si aun la tiene.
Además me gustaria saber si hay alguna novedad sobre el ADICIONAL de ZONA para la provincia de Rio Negro. Muchas gracias!!
27 octubre 2008 a las 8:33 am
Hola Gabriela.
Te paso la liquidación:
http://WWW.ECONOBLOG.COM.AR
LIQUIDACION HABERES http://www.econoblog.com.ar
HABERES IMPORTE
SUELDO BASICO Vendedora B $ 1.380,01
ANTIGÜEDAD 5 $ 34,50
PRESENTISMO $ 117,88
SUMA FIJA (No Remunerativa) $ 100,00
Acuerdo Colectivo Abril 2008 $ 282,90
PRESENTISMO (No Remunerativo) $ 31,91
TOTALES $ 1.947,20
DEDUCCIONES % IMPORTE
JUBILACION 11 $ 168,56
LEY 19032 3 $ 45,97
OBRA SOCIAL OSECAC 3 $ 58,42
F.E.C. 2 $ 38,94
FAECYS 0,50 $ 9,74
DEDUCIONES $ 321,63
IMPORTE $ 1.625,57
gracias
26 octubre 2008 a las 5:06 pm
Hola, soy empleada de comercio. Trabajo 8 horas de lunes a viernes y 4 horas los sabados por la mañana desde hace 5 años. Estoy anotada como vendedora B. Quisiera saber cuando tendría que estar cobrando.
Gracias
24 octubre 2008 a las 7:39 pm
Hoal Miryan:
Te paso la liquidación:
http://WWW.ECONOBLOG.COM.AR
LIQUIDACION HABERES http://www.econoblog.com.ar
HABERES IMPORTE
SUELDO BASICO Administ. B $ 1.329,92
ANTIGÜEDAD 0 $ –
PRESENTISMO $ 110,83
SUMA FIJA (No Remunerativa) $ 100,00
Acuerdo Colectivo Abril 2008 $ 265,98
PRESENTISMO (No Remunerativo) $ 30,50
TOTALES $ 1.837,23
DEDUCCIONES % IMPORTE
JUBILACION 11 $ 158,48
LEY 19032 3 $ 43,22
OBRA SOCIAL OSECAC 3 $ 43,22
F.E.C. 2 $ 36,74
FAECYS 0,50 $ 9,19
DEDUCIONES $ 290,86
IMPORTE $ 1.546,37
gracias
24 octubre 2008 a las 7:13 pm
Hola Andrea:
No aporta el seguro de retiro? Al momento de desvincularce el empleado tiene que intimar a la empresa y esta tiene que responder si no pago tendra que pagar algunas arreglan y le pagan al empleado pero pagar tiene que pagar
gracias
24 octubre 2008 a las 6:58 pm
Hola Omar:
La obligación es Nacional algunas provincias no necesariamente tiene contratados el seguro “La estrella” pero conviene sacar un seguro ya que si te hacen juicio hay que pagar.
gracias
24 octubre 2008 a las 5:50 pm
hola:
una pregunta soy empleada de comercio y trabajo 8 horas diarias de lunes a viernes cual seria mi sueldo basico mi categoria es administrativa B
24 octubre 2008 a las 1:22 pm
el seguro de retiro la estrella es obligatorio para todos los empleadores. Es una contribucion patronal del 3.5%. Cada empleado de comercio puede al momento de dejar un trabajo, sea por renuncia o despido, cobrar lo que le liquiden, que no es el total de lo depositado, pero gralmente ningun empleado lo sabe y ese dinero se va acumulando para las arcas de La Estrella y no lo cobra nadie.
El cobro se realiza haciendo el tramite en las oficinas del seguro de retiro La Estrella, aca en La Plata la oficina funciona dentro del edificio del Sindicato de Empleados de Comercio y alli asesoran bien a cada empleado.
24 octubre 2008 a las 12:16 pm
Trabajo en una empresa que desde el año 2001 no aporta mas, que pasa con eso ? Se pierde?
O hay alguna forma de que el empleado lo pueda cobrar.
24 octubre 2008 a las 8:54 am
Hola Graciela, te consulto: Esta obligación rige para empleados de comercio de Capital Federal o tiene ámbito en todo el país?
23 octubre 2008 a las 12:28 pm
Hola German:
http://www.laestrellaretiro.com.ar/
esa es la pagina entra y fijate es como un seguro te tenes que inscribir y luega pagar. Es una contribución del empleador.
gracias
23 octubre 2008 a las 10:17 am
Hola Graciela, te pregunto es un aporte del trabajador? o una contribucion del empleador? y porque medio se paga? referido al seguro de retiro la estrella. Gracias