Jubilados tristes de la Anses

Empleados de Comercio, Obligación de pagar el Seguro de Retiro «La Estrella»

Los empleados de comercio deben pagar el seguro de retiro La Estrella.

A raíz de las consultas efectuadas por nuestro visitantes informamos la obligación del deposito del pago de un  Seguro de Retiro para todos los trabajadores incluidos en el Convenio de Trabajo 130/75 Empleados de Comercio, ya que este es un beneficio para los trabajadores y en el momento de retirarse del establecimiento es obligación del empleador entregar dicho aportes que servirán como una jubilación privada aparte. En el momento de su desvinculación de la empresa los trabajadores pueden optar por dejar este ahorro en la compañía hasta el momento de jubilarse o bien retirarlo y le será descontada una comisión.

Existen varias jurisprudencia en relación a los años de prescripción aplicable a la obligación patronal de aportar este sistema de Retiro Complementario previsto en el convenio de Trabajo Nº 130/75, el plazo de prescripción es d e10 años. Adjuntamos archivo Word con el Fallo Plenario 319 según Acta Nº 2.527 de fecha 17 de julio de 2008

Bajar Fallo Plenario 319

fallo-seguro-de-retiro-plenario-319-acta-2527.doc

330 comentarios en “Empleados de Comercio, Obligación de pagar el Seguro de Retiro «La Estrella»”

  1. Hola Graciela, gracias por tu devolucion , si mi abogado estuvo de acuerdo con lo que me liquidaban solo que a mi me generaba duda, me parecia poco, me pagaron 5747, y con respecto al seguro a pesar de haberselo comentado a mi abogado que estaba desentendido de dicho seguro el sse lo expuso a la otra parte y como tenia que cobrar y firmar la desviculacion, y con este planteo corria el riesgo de no cobrar segun la otra parte, mi abogado quedo en averiguar a sindicato bien, que puede llegar a pasar , ya que la otra parte no accede a dicho seguro? y con respecto a la liqudacion final tenia dudas sobre lo que me pagaron $5747
    , por eso mi consulta?
    saludos.

    1. cristina

      Bajaste la planilla excel publicada la calculaste? si queres que te la haga pasame todos los datos completos. Igual podes ocbrar la liquidación final y luego reclamar lo del seguro

  2. Estimada Graciela, lo del seguro de sancor es el seguro de vida, no asi el seguro de retiro , hablando con el abogado y confirmando situacion, le aclaré que en la carta que me envia el empleador dice: a mi disposicion con certificado de servicios, liquidacion final y seguro de vida al dia.
    y cuando llame a la estrella, me dijeron que no hiciron los aportes y que puisiera abogado, ahora hable con mi abogado para cerrar la firma de desvinculacion el dia de mañana 09/09 y le aclare situacion para que se asesore porque desconocía el seguro de retiro y antes de firmar la desvinculacion necesito saber como proceder? y otra consulta mi ultima remuneracion agosto cobrado, es de en mano 1620, sin contar lo no remunerativo del acuerdo no?y remuneracion asignada por categoria A es de 1378.23 habiendo trabajado 20 meses, cual seria mi liquidacion final a cobrar? ya que el monto que me pasaron no me cierra , es por $5700, despido sin causa y sin mes de pre aviso?

  3. Me despidieron sin causa, y por comentarios de compañeros que habian despedido,me avisaron del Seguro La Estrella, lo cual llame y me dijeron que el empleador no habia hecho los aportes y que debia poner abogado, intimo la situacion al empleador para que regularice los aportes, y contestaron que los habiasn hecho en Seguros Sancor, lo cual no comprendo si para empleados de comercio como es mi caso los aportes se hacen en Seguro La Estrella, Puede ser factible que lo hagan en otro seguro, perteneciendo a empleado de comercio?, todavia tengo que cobrar la liquidacion final, por eso planteo esta duda ahora antes de firmar la desvinculacion.
    Gracias.

  4. hola graciela!! te queria consultar en enero del 2008 me despidieron de un trabajo, en el dia de hoy despues de 1 año y 7 meses me entero q podia cobrar el seguro de la estrella, yo tenia entendido q era solo por renuncia.Mi pregunta es puedo cobrarlo todavia ?? y si no tengo la liquidacion final , ni el telegrama de despido, porq los tire .. puedo cobrarlo solo con el dni?? espero tu respuesta…desde ya muchas gracias …VANESA

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