Empleados de Comercio, Obligación de pagar el Seguro de Retiro “La Estrella”
A raíz de las consultas efectuadas por nuestro visitantes informamos la obligación del deposito del pago de un Seguro de Retiro para todos los trabajadores incluidos en el Convenio de Trabajo 130/75 Empleados de Comercio, ya que este es un beneficio para los trabajadores y en el momento de retirarse del establecimiento es obligación del empleador entregar dicho aportes que servirán como una jubilación privada aparte. En el momento de su desvinculación de la empresa los trabajadores pueden optar por dejar este ahorro en la compañía hasta el momento de jubilarse o bien retirarlo y le será descontada una comisión.
Existen varias jurisprudencia en relación a los años de prescripción aplicable a la obligación patronal de aportar este sistema de Retiro Complementario previsto en el convenio de Trabajo Nº 130/75, el plazo de prescripción es d e10 años. Adjuntamos archivo Word con el Fallo Plenario 319 según Acta Nº 2.527 de fecha 17 de julio de 2008
Bajar Fallo Plenario 319
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290 respuestas to “Empleados de Comercio, Obligación de pagar el Seguro de Retiro “La Estrella””
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[290] Comentarios
23 julio 2009 a las 3:15 pm
Maxi
Gracias, el Seguro es segun un % mensual de tu sueldo, no se puede decir cuanto es? Y el fondo de desempleo tambien % y años de aportes
23 julio 2009 a las 12:14 pm
Hola Graciela, MUY BUEN BLOG. Queria saber cuanto me corresponde por Seguro de Retiro LA ESTRELLA, luego de trabajar 4 Años y unos 3 meses mas o menos, con el ultimo sueldo en 2500$. Y el ANSES de Seg de Desempleo solo paga 400$ ? Desde ya muchas muchisimas gracias!
22 julio 2009 a las 10:51 am
trabaje 3 meses, que me deben pagar? cobro seguro de retiro? gracias
22 julio 2009 a las 9:42 am
Natalia: la direccion del seguro La Estrella es:
San Martín 483 Piso 6°
(1348) Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Centro de Atención Telefónica: (011) 4320 – 7000
Fax (011) 4393 – 3438
Mesa de Ayuda “Software para Empresas”
0800 – 333 – 4443 de Lunes a Viernes de 10 a 17
Centro de Atención Córdoba:
Horario de Atención de 9 a 13 y de 14 a 17
Rivadavia 85 Piso 4° Of. 404
(5000) Córdoba Centro de Atención Rosario:
Horario de Atención de 9 a 13 y de 14 a 17
Mitre 868 Piso 4° Of. 2
(2000) Rosario
Centro de Atención Mar del Plata:
Horario de Atención de 9 a 13 y de 14 a 17
San Martín 2675 Piso 5° B
(7600) Mar del Plata
22 julio 2009 a las 2:59 am
hola que tal graciela. quisiera saber donde hubicar el seguro la estrella. aun no encuentro la direccion,si me podrias ayudar desde ya muchas gracias
12 julio 2009 a las 9:01 am
Andrea:
Si te corresponde habla con la empresa, cuando la empresa no hizo lso aportes se tiene que hacer cargo la empresa, se reclama judicialmente, pero apra evitar hacerlo de esa manera, podes hablar con la empresa y llegar a un acuerdo a la empresa el conviene arreglar que ir a juicio
11 julio 2009 a las 7:46 pm
Buenas noches. Yo trabajo para una empresa de telecomunicaciones como empleados de comercio hace casi 5 años y deseo renunciar. Lo que quisiera saber es si me corresponde cobrar este seguro y si la empresa no realizó los aportes como se los puedo reclamar.
Desde ya muchas gracias.
Andrea.
11 julio 2009 a las 4:31 pm
Mariana
Comunicate con tu empleador y preguntale donde te hizo el aporte del seguro
10 julio 2009 a las 6:19 pm
deje de trabajar como emp. de comercio en el 97 y nunca mi empleador me dijo sobre el seguro la estrella, si el me aportaba todavia puedo cobrarlo?, tengo entendido que eso no caduca pero quiero estar segura.Ojala puedan contestar pronto ya que me cuesta mucho comunicarme al seguro,desde ya muchas gracias
7 julio 2009 a las 7:58 pm
Malena g
Recibo de la estrella no necesitas Averigua que seguro es en esa provincia preguntale a tu empleador donde hizo los aportes?
7 julio 2009 a las 2:18 pm
Hola graciela,gracias por tu respuesta.Yo vivo en bahia blanca,como tengo que hacer para cobrarlo?a quien le reclamo?no guarde ningun recibo de la estrella.son necesarios?
6 julio 2009 a las 9:42 pm
malena
Si tenes que cobrar el seguro es la plata que tenes acumulada por lso aportes realizados no tiene que ver con tu sueldo actual si no con todos los sueldos
6 julio 2009 a las 5:55 pm
Hola!Soy empleada de comercio y mi empleador aporta al seguro la estrella desde el 2001.Quisiera saber si me corresponde cobrar lo que tengo aportado si renuncio y cuanto es el monto con el sueldo de $1500.
Espero tu respuesta.Muchas gracias.
28 junio 2009 a las 10:18 pm
Patricia
si pertenecias al convenio empleados de comercio si tenes que cobar al seguro la estrella mas la indemnización del despido
28 junio 2009 a las 9:19 pm
HOLA LES ESCRIBO YA QUE TRABAJE COMO EMPLEADA DE FARMACIA CASI 5 AÑOS Y NO ME HICIERON APORTES DE SEGURO DE VIDA YENESTE MOMENTO ME HAN HECHADO ES POR ESO QUE QUISIERA SABER SI TENDRIA QUE HABER APORTADO ALGO YSI ENESTOSMOMENTOS ME CORRESPONDE COBRAR ALGUN
PORCENTAJE.AGRADECERIA QUE ME CONTESTEN Y SALUDO A UDS. MUY ATTE.
11 junio 2009 a las 12:46 pm
hola mi nombre es laura y quisiera saber como es el tema de este seguro, en donde puedo consultar si tengo algo que cobrar. si el empleador hiso los aportes, etc
desde ya muchas gracias
27 abril 2009 a las 6:07 pm
mi consulta es que la empresa nunca deposito la plata en la empresa la estrella con lo cual se escudan diciendo que la empresa no tiene plata y que aun no esta lista la liquidacion del seguro hace mas de 28 dias habilesa que renuncie y quiero saber que pasos seguir porque me canse de reclamar y que siempre me digan lo mismo.
25 abril 2009 a las 1:29 pm
Buenos dias, mi consulta es la siguiente:
Yo termine de trabajar el 31/03/09 por reduccion de personal. El problema surge cuando quiero hacer la gestion para cobrar el seguro “La Estrella”. Estaba encuadrada en comercio, dentro de la empresa trabajaba en el Call Center, aunque mis tareas no eran de telemarketer y en mi certificacion de servicios y en mis recibos figuro como administrativa. Cuando averiguo me dicen que no hay aportes a mi nombre en la aseguradora. Llamo a la empresa, hablo con quien era mi jefa y le comento la situacion. Me dice que hace la consulta a RRHH y me avisa. La respuesta de ellos fue la sig: “La actividad de los Call Center no está incluida en la obligatoriedad del depósito en La Estrella. El acuerdo rige sólo para algunas actividades dentro del Convenio de Comercio. Nosotros utilizamos dicho convenio para encuadrarnos dentro de un marco salarial ya que no existe Convenio específico para la actividad de Telemarketer que se desarrolla en los Call Centers.” Yo se que esto no esta bien, pero no quiero mandar la cd porque me fui en muy buenos terminos. Es posible lo que ellos me dicen?? O tengo razon al hacer el reclamo??
Tengo que ir el lunes a hablarlo personalmente y no quiero pelear por algo si no me corresponde!! Espero me ayuden.
Muchas Gracias
22 abril 2009 a las 2:30 pm
Valeria:
Sobre la contribución y aporte a la obra social, se paga lo No remunerativo. Del importe depositado las estrella cobra la comisión y el resto es para el trabajador
22 abril 2009 a las 11:12 am
perdón, la contribución no el aporte
Y otra consulta es cuanto es la comisión de la estrella sobre ese 3.5%
Cuanto recibirá el empleado?
Gracias