Empleados de Comercio Homologación del Acuerdo Salarial
El día 28 de junio de 2010 fue homologado el acuerdo salarial firmado por los representantes del Sindicato Empleados de Comercio amparados bajo el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75 y las Cámaras Empresarias del sector mercantil con vigencia a partir del 1º de mayo de 2010, pactando un aumento salarial pagado como Suma No Remunerativa que se ira incorporando al básico de convenio a partir de julio de 2011 en cuotas iguales y consecutivas, la Resolución S.T. lleva el Nº 781.
De esta manera queda homologado el Acuerdo Salarial para los Empleados de Comercio Convención Colectiva de Trabajo Nº 130.75 resta homologarse el articulo DECIMO y DECIMO PRIMERO por no ser de incumbencia del ámbito laboral.
AGRADECEMOS LA COLABORACION DE CONTABLE Y Laborales
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16 respuestas to “Empleados de Comercio Homologación del Acuerdo Salarial”

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[16] Comentarios
1 julio 2010 a las 8:10 pm
ok
muchas gracias
1 julio 2010 a las 1:49 pm
lorena
Un 2% corresponde a los afiliados alsindicato si vos tenes de descuento solo un borra el otro
1 julio 2010 a las 1:46 pm
Graciela
Baja la planilla excell, muy buena!
solo tengo una duda en los descuentos: que es FEC 2%
yo siempre tomé sec 2% y Faecys 0.5%
te agradezco si me aclarás de que se trata
1 julio 2010 a las 1:44 pm
fernando
Yo considero que se toma el basico de convenio, aquellos que tienen otro basico dependen pura y exclusivamente de como la empresa le otorgo un basico diferente,cada caso habria que estudiarlo de manera personal
1 julio 2010 a las 1:32 pm
Graciela, el acuerdo toma el basico de convenio (Es decir $1000) o el basico de cada empleado? en mi caso tengo un basico de 1500 y me gustaria saber si aplica para cada basico en particular o solo se toma el del convenio.
Muchas gracias!
1 julio 2010 a las 12:10 pm
Deborah
El nuevo acuerdo de comercio menciona que los acuerdo No Remunerativo deben estar incluidos en le pago de ANSES, asi que te los tienen que pagar si no lo hacen vas a tener que reclarles a ANSES no queda otra
30 junio 2010 a las 11:17 pm
Graciela: necesito hacerte una pregunta? estoy enbarazada de 7 meses y mi empleador me informo q estoy en el sistema suaf para las asignaciones familiares, del cual hize el tramite ayer y me confirmaron que ellos promedian los ultimos tres meses y de ahi me pagan, el tema es el siguiente, lo no remunerativo, n me lo paga anses?? y el empleador no me lo quiere pagar?? esto es legal? que por tener licencia por maternidad me paguen solo lo remunerativo anses y yo que tengo un monton no remunerativo no me lo pague nadie??? siento como que es un castigo y no lo puedo entender? podrias ayudarme.
Gracias!
30 junio 2010 a las 8:16 pm
Graciela:
Errepar saco una interpretación del acuerdo 06-2010 . Subieron un ejemplo que curiosamente ahora no se puede bajar. En el mismo sí consideran la antigüedad en este acuerdo(06-2010), no así en el acuerdo 04-2008 . Pero mi duda surgio por que no se manejaba de la misma manera con el acuerdo de abril-2008. ya que para ese acuerdo habia tomado el sueldo del empleado en el momento de la firma del acuerdo, y en el ejemplo que pasaban se trataba de un empleado administrativo sin antigÜedad y al dia de hoy consideraba el basico y no tomaba en cuenta el tiempo transcurrido por dicho empleado, osea en abril-2008 el empleado era inicial pero a junio-2010 ese mismo empleado tiene una antigÜedad de 2 años ,pues en el ejemplo en el calculo del 20% no la considero y en la consulta que realice a errepar me dijeron que era asi que el acuerdo de 04-2008 era el 20% al momento del acuerdo. Yo no lo interprete asi a ese acuerdo ¿vos?
Si queres mañana te paso la interpretación que pude bajar en su momento de ERREPAR por este medio o si me pasas un mail te la envío por mail.
Saludos
30 junio 2010 a las 6:32 pm
Inés
Errepar que dice que la antiguedad no se toma? para el acuerdo por que eso es lo que pienso pero averigue y me dijeron que si y la cambie pero sigo en la duda
30 junio 2010 a las 6:13 pm
Silvia
Para lo laboral son 10 años, salvo que hayas entredo en algun plan de pago o moratoria
30 junio 2010 a las 6:08 pm
Hola Graciela, teno una inspeccion de osecac y no encuentro la fecha limite para atras de cadocidad, son 5 o 10 años? lo q no te pueden pedir para atras. Gracias
30 junio 2010 a las 3:56 pm
para el SAC se toma la mejor remuneración del semestre, y se la divide por 2. Y se calcula el SAC proporcional, en el caso de que el empleado no haya trabajado todo el semestre. Por ejemplo, si el empleado solo trabajó dos meses, se le pagará las 2/6 partes del SAC. Entonces, el SAC proporcional sobre los acuerdos lo calcularemos en el caso de un empleado que no haya trabado todo el semestre, y no en relación a desde que mes se paga el acuerdo.
30 junio 2010 a las 3:41 pm
Ojo hay un fallo de la corte suprema (de hace 1 mes aprox) que prohibe que se tome para vacaciones, licencia,y SAC lo no remunerativo de los acuerdos ,es Ilegal ya que la LCT siempre hablo de “remuneraciones”…
mas alla de eso Graciela que se hace con los $50 de OS para los que tiene otra OS????
gracias!!
30 junio 2010 a las 8:21 am
Hola Graciela:
Ante todo muchas gracias por tu blog es excelente. Tanto Errepar como tu blog son las dos fuentes que consulto permanentemente sobre cambios en las liquidaciones de sueldos. Es por eso que te en consultado en varis oportunidades, aunque ultimamente las consultas me quedan en estado moderado y no suben.
En esta oportunidad no me esta coincidiendo el ejemplo de Errepar con el ejemplo de tu blog.
Y esta relacionado con la liquidacion de la antigüedad pero voy a tomar tu ejemplo. Cualquier cosa despues lo modifico.
Si podes darme alguna otra información te lo agradecere.
29 junio 2010 a las 8:18 pm
Hola Graciela quisiera saber como incide el acuerdo de mayo de los empleados de comercio (los $ 75 y el 15 %) en junio, si es como los anteriores un 50% en junio y otro 50% en diciembre, o proporcional?
Muchas gracias
29 junio 2010 a las 7:31 pm
Buenisimooooo!!!!! es decir que con la liquidacion de junio ya entra el retroactivo del 15% de mayo mas el de junio!!! mas aguinaldo de aumentos!!! buenisimoooo!!!!