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UOCRA: ¿Quienes y Cómo cobran el Fondo del Cese Laboral?

Los trabajadores de la construcción agrupados en la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina, UOCRA, cuando finaliza el trabajo no cobra una indemnización por despido como el  resto de los trabajadores, sino que los empleadores están inscriptos en el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción, IERIC, y depositan en una cuenta  de forma mensual un aporte sobre el sueldo del obrero. Estos una vez finalizado el trabajo tanto sea  por despido, voluntario o cualquier causa, cobran el Fondo del cese Laboral. Los obreros de la construcción cobran el fondo del Cese Laboral depositado por su empleador en una cuenta especial en el banco de la zona, a nombre del trabajador, durante el […]

Los trabajadores de la construcción agrupados en la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina, UOCRA, cuando finaliza el trabajo no cobra una indemnización por despido como el  resto de los trabajadores, sino que los empleadores están inscriptos en el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción, IERIC, y depositan en una cuenta  de forma mensual un aporte sobre el sueldo del obrero. Estos una vez finalizado el trabajo tanto sea  por despido, voluntario o cualquier causa, cobran el Fondo del cese Laboral.

Los obreros de la construcción cobran el fondo del Cese Laboral depositado por su empleador en una cuenta especial en el banco de la zona, a nombre del trabajador, durante el tiempo de servicio prestado. Si la antigüedad es inferior al año se deposita el 12% del total de remuneraciones y si es mayor al año se deposita un 8%.

Antes el maneja era con la Libreta del Fondo de Desempleo, la cual se puede utilizar hasta el mes de marzo de 2011, ya que la misma fue reemplazada por la tarjeta “Soy Constructor”.

¿Quienes Cobran el Fondo del cese Laboral?

El Fondo del Cese Laboral lo cobran todos los trabajadores de la UOCRA al finalizar su relación laboral, ya sea por renuncia, despido o cualquier otra causa.

Si el trabajador inició sus tareas después del día 20 del mes y se retira antes del día 15 del mes, el empleador puede hacer el pago de manera efectiva, caso contrario tiene la obligación de abrir la cuenta especial.

¿Cómo cobran el Fondo del Cese Laboral?

Cuando finaliza la relación laboral, el empleador debe entregarle al obrero la libreta del fondo de Desempleo, si todavía no tramito la tarjeta “Soy Constructor”, corresponde la manual, caso contrario entregara las Hojas Móviles.

En ambos casos, debe estar completa y debidamente firmada indicando el nombre del banco y sucursal donde fueron depositados los fondos.

875 comentarios en “UOCRA: ¿Quienes y Cómo cobran el Fondo del Cese Laboral?”

  1. MI CONCUBINO FALLECIO EN ENERO,no le habian pagado en la obra ni diciembre ni la quincena de enero ni nada, tengo derecho a reclamar yo y mishijos algo?

  2. Buenos días, acabo de finalizar mi relación laboral después de 18 meses, me corresponde cobrar fondo de desempleo? Tengo tarjeta de IERIC , otorgada por otra empresa anterior que me empleó por contrato, la cual esta en esta ultima empresa y no en mi poder. Saludos.

    1. Marcos La tarjeta SIEMPRE debe estar en tu poder, deben entregártela y además, darte hoja móvil, baja laboral de la AFIP y nota dirigida al banco con toda la información de tu cuenta donde esta depositado el Fondo del Cese Laboral y si es despido podes gestionar el Fondo de Desempleo en ANSES

  3. Tengo la tarjeta del fondo de desempleo, me la tramitó , tras ser despedido nunca cobre nada.., quisiera saber cual es mi situación actual

  4. Buenos días mis hijos trabajaron 7 meses en una empresa de construcción los echaron, le dieron liquidación y la tarje de fondo de desempleo. Tiene para cobrar el fondo de desempleo o no

    1. susana le dieron la tarjeta del IERIC, debe guardarla. Para cobrar el Fondo del Cese Laboral debe pedirle al empleador Hoja móvil, baja de la AFIP y nota dirigida al banco, con todos los datos, donde esta depositado el Fondo

  5. Hola! Empleador que va a empezar a tomar empleados de la construccion. Lo que quiero saber es cuales son los bancos en los que me permiten abrir una cuenta a nombre de cada empleado para realizarle en la misma el deposito del fondo de desempleo.

    Sabes que normativa me dice la parte practica del deposito del fondo? Ej que banco? que datos se debe presentar en el mismo para abrir la cuenta de cada empleado?

    Gracias

    1. Si vos trabajas con un banco averigua quizás te lo permitan, se que se hace en el Nación y en el Fránces y los requisitos son abrir una cuenta

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