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Liquidación de las contribuciones y aportes a las Cargas Sociales, sumas No Remunerativas

Muchos son los acuerdos salariales otorgados en los cuales se abonan sueldos como sumas «No Remunerativas» sobre las cuales no se aplican aportes y contribuciones correspondientes a la Seguridad Social pero si a las Obras Sociales El Aplicativo Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, SIJP, desdobla la base de cálculo del aporte y de la contribución con destino a la obra social en remuneraciones distintas -4 y 2 respectivamente-, y como los sindicatos negociaron aumentos otorgados mediante sumas no remunerativas que contribuían y aportaban a la obra social solamente, estas sumas “semi-contributivas” se sumaban a la Remuneración 4 a los efectos de este cálculo. Ahora con el nuevo aplicativo Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, SIJP, Versión 30, sí se […]

Muchos son los acuerdos salariales otorgados en los cuales se abonan sueldos como sumas «No Remunerativas» sobre las cuales no se aplican aportes y contribuciones correspondientes a la Seguridad Social pero si a las Obras Sociales

El Aplicativo Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, SIJP, desdobla la base de cálculo del aporte y de la contribución con destino a la obra social en remuneraciones distintas -4 y 2 respectivamente-, y como los sindicatos negociaron aumentos otorgados mediante sumas no remunerativas que contribuían y aportaban a la obra social solamente, estas sumas “semi-contributivas” se sumaban a la Remuneración 4 a los efectos de este cálculo.

Ahora con el nuevo aplicativo Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, SIJP, Versión 30, sí se suma a la «Remuneración 4» calcula el aporte y no la contribución de Obra Social. Pero no corresponde sumar a la «Remuneración 2», ya que calcula la contribución de Obra Social y además el 10,17 % de Jubilación y el 1,50 % de INSSJP.

La AFIP, cuando se le pregunta  cómo se debe  ingresar el 6% de la contribución patronal de la Obra Social sobre sumas “no remunerativas “, acordadas en negociación colectiva a partir de la versión 30, contesta  que “para abonar contribuciones de Obra Social por el aumento no remunerativo mencionado, dicho monto debe indicarse en el campo importe Adicional de Contribuciones de la pestaña Obra Social”.

04/12/2008 Infobae

72 comentarios en “Liquidación de las contribuciones y aportes a las Cargas Sociales, sumas No Remunerativas”

  1. necesitaria saber si hay que abonar, una contribucion diferencial en el formulario 931, al liquidar el sueldo de un camionero de corta y larga distancia

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