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Monotributista vence el plazo de la recategorización

 Recordamos que hoy 7 de enero vence el plazo para la recategorización de los Monotributistas que corresponde al tercer cuatrimestre del 2008. La recategorización consiste en que el contribuyente debe calcular los ingresos brutos obtenidos, y la energía eléctrica consumida en el periodo desde el 1º de enero de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2008, o durante ese lapso los meses que se hayan inscripto en el impuesto,  y,  en ciertos casos que se haya producido una modificación también en la superficie afectada a la actividad al 31 de diciembre de 2008. Si al realizar el calculo el contribuyente observa que hubo modificaciones tanto sean superiores o inferiores a la categoría determinada con anterioridad, debe recategorirzarse. Si no […]

 Recordamos que hoy 7 de enero vence el plazo para la recategorización de los Monotributistas que corresponde al tercer cuatrimestre del 2008.

La recategorización consiste en que el contribuyente debe calcular los ingresos brutos obtenidos, y la energía eléctrica consumida en el periodo desde el 1º de enero de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2008, o durante ese lapso los meses que se hayan inscripto en el impuesto,  y,  en ciertos casos que se haya producido una modificación también en la superficie afectada a la actividad al 31 de diciembre de 2008.

Si al realizar el calculo el contribuyente observa que hubo modificaciones tanto sean superiores o inferiores a la categoría determinada con anterioridad, debe recategorirzarse. Si no hubo ninguna modificación no será necesaria su recategorización y no debe realizar ningún tramite.

Tampoco debe realizar nada el contribuyente que se dio de alta en el  último cuatrimestre y no alcance el periodo completo.

La página de la AFIP dispone de un simulador que lo ayudará a saber si debe o no recategorizarse, se debe ingresar a www.afip.gov.ar herramienta «Mi orientación», cargando los datos requeridos, una guía que lo orientará en el proceso de recategorización.

Si le contribuyente debe realizar la recategorización lo hace a través de www.afip.gov.ar con clave fiscal, accediendo al Servicio «Monotributo» Recategorización
No están obligados a recategorizarse

  1. Los contribuyentes que realizando los cálculos deban permanecer en la misma categoría
  2. No hayan desarrollado sus actividades cómo mínimo durante un cuatrimestre calendario completo, en el caso de inicio de actividades.
     

31 comentarios en “Monotributista vence el plazo de la recategorización”

  1. hola tego una duda mi prima se inscribio como monotributista autonoma por trabajar en laindustria textil ella puede hacer los tramites sola?ya que tenia un contador pero por motivos economicso no puede seguir pagando? cuales son ese tramites? muchas gracias

  2. Hola soy peluquera monotributista B mi pregunta es ?¿cómo debo hacer mi hermana es manicura, cosmetologa ella trabaja 3 veces por semana en mi local pero quiere tener obra social, la puedo incluir en mi monotributo necesito tener un contador para que le haga recibo de sueldo?
    ó se tiene que dar de alta ella en otra clase de monotributo y facturar?¿que le conviene hacer?

    1. Mariana

      Si la contratas en relacion de dependencia que seria lo que deberia hacerse, te va a costar muy caro y no te va a convenir, ya que necesitas inscribirte como empleadora y liquidar cargas sociales, en tu monotributo no la podes inscirbir. Tendira que inscribirse como monotributista, pero no te puede facturar solamente a vos, tiene que hacer varias facturas en el mes por distintos trabajos o sea facturar como que ella les cobra a los clientes entendes? de lo contrario entraria en relación de dependencia. Ademas de monotributo ambas deberian pagar Ingresos Brutos

  3. hola mira te hago una consulta tengo un primo que tiene un apeluqueria y quiere empezar apagar monotributo como hago que tramites necesito hacer y necesito un contador para esto o lo podemos hacer nosotras personalmente, y tambien de un amigo que es remisero tambien tengo la misma pregunta

    1. cecilia

      Lso tramites no son fáciles pero no imposible todo depende de l ahabilidad de cada uno. Tenes que hacer la inscripción en monotributo esa no es tan dificil pero en ingresos brutos es bastante complicada. La habilitación del local si la pueden hacer

  4. Quisiera consultar acerca de lo siguiente: Soy abogada, matriculada CPACF desde hace 6 años, pero mi inscripción como monitributista recién la efectué en 10/2008, categoría hasta $24.000. Mi factura/recibo figura como exenta de ingresos brutos. Luego cambié de trabajo, como contratada por un organismo, no en relación de dependencia ni como planta permanente, durante 3 meses y medio. A partir de 07/2009, continuaré como contratada -ahora por 6 meses, o sea hasta el 31/12/09, pero pasaré a cobrar $4.500. Nunca me recategoricé, pero tampoco pasaron 12 meses desde mi inscripción al monotributo. Mi pregunta es: debo recategorizarme en el monotributo a partir de julio/09? o continúo hasta cumplir los 12 meses de adhesión al monotributo? Por otra parte, hay gente q me recomienda pasarme al régimen de autónomos. Me conviene esto? Cuánto debería abonar en este último caso? Y Qué rubros incluye. Cuál sería mi condición frente al IVA? Mi contratante figura como exento frente al IVA.
    Desde ya muchas gracias y perdón por la ignorancia.
    Saludos cordiales.
    Rosario

    1. Rosario

      La recategorización es cada cuatro meses, no a los doce meses. mayo septiembre y enero. Ingresos brutos por mas que sos exente se presentan las DDJJ. Si sos responsable inscripta presentas mensuale DDJJ de IVA y ganancias una vez por año, se paga autonomos, necesitas un contador

  5. si me pasé del 7 de mayo para hacer la recategorización en monotributo. La puedo hacer ahora, como hago con el próximo pago???

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