Planilla Excel liquidación de sueldos para Empleados de Comercio Enero 2009
Como lo venimos haciendo habitualmente volvemos a publicar la planilla Excel sencilla la cual le permitirá a los trabajadores del Convenio Colectivo de Comercio realizar su recibo de sueldo y verificar si esta cobrando lo que le corresponde.
El interesado deberá bajar la planilla Excel adjunta y modificar los datos de acuerdo a su categoría, esta realizada en base a un trabajador con una categoría de Administrativo A con una antigüedad de 2 años. Para modificarla deberá poner donde dice 1 la cantidad de años de antigüedad suya y poner la categoría que corresponde para su liquidación con su respectivo básico dado por el Sindicatos de empleados de Comercio.
El mes de enero no hubo modificaciones a lo cobrado en el mes de noviembre pero la publicación se debe a que se publico una correspondiente al mes de diciembre ya que en este se pago la suma adicional.
Esperando que la misma le sea de mucha utilidad y comente todo lo que necesite saber, consultar o si le fue de utilidad
Bajar planilla Excel liquidar sueldo enero/2009 Empleados de Comercio
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367 respuestas to “Planilla Excel liquidación de sueldos para Empleados de Comercio Enero 2009”
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[367] Comentarios
14 agosto 2009 a las 2:10 pm
quisiera saber si me podrías indicar que actividad debo escojer de la tabla de codigo de actividades de la afip TO3 para un empleado de comercio, tengo que liquidar sueldos y me lo exije el software. Y la verdad que la tabla me mareó. No se si va provincia incorporada al SIJP con obra social nacional y con Art o si es alguna otra.
Si me podés ayudar te lo super agradezco
10 agosto 2009 a las 9:29 pm
Claudio
Muchas gracias, por el momento no tengo ninguna publicada
10 agosto 2009 a las 9:04 pm
Hola, muy buena página y de mucha ayuda, me gustaria saber si hay alguna planilla para liquidar sueldo de camioneros. Desde ya muchas gracias
4 agosto 2009 a las 6:58 pm
mary
El basico $1319.56
4 agosto 2009 a las 2:35 pm
cual es sueldo de un adminstrativo a julio de 2009
30 julio 2009 a las 11:29 am
hola trabajo como franquera en una farmacia, dias sabados domingos y feriados a la noche,(10 hs, tengo un basico de 850 y cobro un total de 1250. queria saber si me corresponde los 1500 de sueldo basico??
gracias
27 julio 2009 a las 11:17 am
un empleado que se jubilo en su oportunidad (trabajo en el gremio bancario) ahora trabaja en relación de dependencia empleado de comercio es verdad que no hay que retenerle obra social, si es así (que retenciones sufre su sueldo?)
23 julio 2009 a las 3:21 pm
ariel
Remunerativo lo que lleva descuentos seguridad social No remunerativo qu eno llevan descuentos
23 julio 2009 a las 1:48 pm
quisiera saberl cuales son los conceptos remunrativos y los no remunerativos en una liquidación final por despido. Por favor gracias.
20 julio 2009 a las 2:17 pm
¿Hola que tal? El 10 de junio comence a trabajar como fiambrera en un supermercado. quisiera saber a que categoria correspondo y cual deberia ser mi sueldo?muchas gracias
18 julio 2009 a las 8:50 pm
hola quisiera daber si me estan liquidado bien el sueldo.hace dies años que estoy en la empresa,estaba de dia y me pasaron al turno noche.el sueldo de dia es de $2900 de noche paso a 3200,medisen que 6 hs me correspode el 30%.por que el horario noctorno empiesa apartir de las 22 hs, mi horario es de 18 a 4 hs.me gustaria saber apartir de que hora me coresponde el 30% y si tiene que figuar en el recibo de sueldo.muchaa gracias
17 julio 2009 a las 5:56 pm
Graciela: Buenas tardes, trabajo en un call center, antes trabajaba 7 horas, a partir de primero de junio, 6 hs y los viernes 5 hs y media. Era la unica vendedora A mientras que mis compañeros tienen la categoria B. Pedi que se modifique. Resulta que como vendedor A cobraba 978 (sueldo basico) y como vendedor B me figura ahora $984 con tres años y dos meses de antiguedad. Esto es correcto? Porque el personal de RR HH justifico ese importe con el calculo siguiente: remuneracion vend bpor 48 hs : 1349. Remuneración por 35 (porque se mantiene las horas trabajadas antes para el recibo): 984. Veo un simple calculo de regla de tres simple y nada que tenga ver con un calculo relacionado a la categoria y la antiguedad. Mis compañeras que tienen 4 años y medio y 6 , cobran respectivamente de sueldo basico 1026 y 1031. Quisiera saber cual es el importe que me corresponde por favor. uchas gracias.
15 julio 2009 a las 6:12 pm
Hola, para aquellos que sean de Capital Federal, les comento que en Derecho del Trabajo, rige el principio de Gratuidad Laboral, por lo cual, se exime al trabajador de realizar cualquier tipo de gasto a los fines de ejercer sus derechos, tanto en el Juicio, como en las consultas ante su Abogado.
Es decir, que esta prohibido expresamente por la ley, el cobro de la consulta cuando esten en juego derechos de indole Laboral.
Incluso el proceso judicial es gratuito, tanto en lo que respecta a solicitudes a traves de Oficios, Cartas Documento, etc.
Es una rama del Derecho como pocas, ya que ha sido pensada desde un primer momento para proteger al trabajador en el ejercicio de sus derechos, compensando una inferioridad Economica, con una Superioridad Juridica.
Para aquellos interesados en realizar consultas y eventualmente ejercer sus derechos a fin de obtener lo que por derecho les corresponde, sin ningun compromiso, les recomiendo comunicarse al correo electronico com.ar, y nos comunicaremos con Ud. a la brevedad con absoluta reserva, y en caso de que asi lo deseen, concertaremos una cita a los fines brindar todo el asesoramiento que usted necesita, no solo desde el punto de vista teorico, si no con la experiencia forjada durante todos estos años de ejercicio de esta profesion tan hermosa, como es el derecho.
Les recomendamos recibir SIEMPRE, un adecuado asesoramiento legal previo a realizar cualquier tipo de accion judicial o extrajudicial.
Somos un Estudio Juridico fuerte, especializado en Derecho Laboral, siempre como parte actora, es decir, a favor de los derechos del trabajador, lo que nos permite un conocimiento exaustivo del tema, y nos da la posibilidad de mejorar dia a dia el nivel y calidad de los servicios prestados a nuestros clientes.
Desde ya muchas gracias, y esperamos sus consultas con la mejor predisposicion.
Atte. Leandro
14 julio 2009 a las 10:35 pm
hola trabaje en una zapateria un año y el dueño vendio $960 era mi sueldo trabajaba de lunes a viernes de 9 a 12hs y de 16 a 20hs los sabados de 9 a 13hs y 16 a 20hs nunca me pagaron aguinaldo y me dieron 7 dias de vacaciones cuanto me tendrian que liquidar gracias
13 julio 2009 a las 11:11 am
Hola mi consulta es la siguiente,
Tengo intenciones de renunciar a mi actual trabajo, trabajaria todo el mes de julio.
Mi ultimo recibo de sueldo es:
Fecha de ingreso: 14-03-2007
Seccion: Administracion
Categoria: Adminis. Cat. B
Calificacion profesional: Administrativo
Remuneraciones sujetas a retencion:
Sueldo: 1881,16
Antiguedad: 18,81
Presentismo: 160,72
Remuneraciones exentas:
Asig. no remunerativa: 100
Acuerdo abril 2009: 300
Acuerdo abril 2008: 418
Presentismo ac. 2009: 24,99
Descuentos:
Jubilacion: 229,91
Ley 19032: 62,70
Ley 23660: 62,70
Cuota sindical: 58,66
Faecys: 14,67
Cual seria mi liquidacion final por renuncia?
Muchas gracias.
12 julio 2009 a las 10:53 pm
Hola la empresa donde trabajo con antigüedad de 2 anos paso a todos a Sindicato de Comercio con fecha 1/7 y somos administrativos A con 5.30hs de trabajo y 30 de refrigerio xq en realidad es un call center.
Cuanto tengo q cobrar a fines de Julio? Mi sueldo era $1019 mas presentísmo de $200 plus nocturno de $100 y productividad de $140 todos valores en bruto.
Tengo 1 hija, a cambio de categorizarnos en Comercio nos quitaron la prepaga.
Muchas gracias espero q me orientes por favor!
26 junio 2009 a las 1:53 am
hola queria hacer una consulta, soy empleado de comercio (vendedor) estuve 1 año y medio en negro y 2 años en blanco actualmente, osea tengo 3 años y medio trabajando en esta empresa y cobro 1600 pesos.
queria saber si es correcto lo que me estan pagando. Y de no ser asi ¿que es lo que puedo hacer?
16 junio 2009 a las 8:38 pm
Hola Graciela.. Quisiera saber cuanto me corresponderia cobrar. Mi categoria es Admin. F, y trabajo de 10 a 18 de lunes a viernes y los sabados de 16.30 a 21.30. No tengo antiguedad. Espero me sepas ayudar. Un saludo grande.
16 junio 2009 a las 6:29 pm
Hola Graciela, estoy realmente en un problema.yo trabaje desde 01/01/08 en una estacion de servicio como administrativa, y me despidieron sin justa causa.Ahora segun me dijeron yo podia pedir el despido como afiliada a CCT(no sé que es) y de esa manera me tendrian que pagar un reajuste mensual por los 18 meses mas lo que me corresponde por indemnización.Cuanto tendría que cobrar? el viernes me pagan.
16 junio 2009 a las 6:22 pm
Hola Graciela, la pregunta sería: empleada con licencia por maternidad desde 01/05 hasta el 01/08/09 figuran en su recibo de pago los aportes , o durante ese lapso no se le efecturan los aportes?