Planilla Excel liquidación de sueldos para Empleados de Comercio Enero 2009
Como lo venimos haciendo habitualmente volvemos a publicar la planilla Excel sencilla la cual le permitirá a los trabajadores del Convenio Colectivo de Comercio realizar su recibo de sueldo y verificar si esta cobrando lo que le corresponde.
El interesado deberá bajar la planilla Excel adjunta y modificar los datos de acuerdo a su categoría, esta realizada en base a un trabajador con una categoría de Administrativo A con una antigüedad de 2 años. Para modificarla deberá poner donde dice 1 la cantidad de años de antigüedad suya y poner la categoría que corresponde para su liquidación con su respectivo básico dado por el Sindicatos de empleados de Comercio.
El mes de enero no hubo modificaciones a lo cobrado en el mes de noviembre pero la publicación se debe a que se publico una correspondiente al mes de diciembre ya que en este se pago la suma adicional.
Esperando que la misma le sea de mucha utilidad y comente todo lo que necesite saber, consultar o si le fue de utilidad
Bajar planilla Excel liquidar sueldo enero/2009 Empleados de Comercio
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367 respuestas to “Planilla Excel liquidación de sueldos para Empleados de Comercio Enero 2009”
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[367] Comentarios
4 febrero 2009 a las 12:43 pm
Hola Celeste:
A ver si entiendo? 2 sabados estuviste de vacaciones por lo tanto no trabajaste no corresponde horas extras si no las trabajaste.
Es eso lo que preguntas?
4 febrero 2009 a las 12:36 pm
Hola,trabajo como cajera tipo A en supermercado(empleada de comerc)quería saber si está bien que en lugar de pagarme las horas extras de 5 sábados a la tarde (enero)me hayan pagado 3 solamente, ya que dos sábados correspondieron a mis vacaciones
GRACIAS!!
4 febrero 2009 a las 12:26 pm
Hola silvina:
No es molestias, o sea que solamente facturas para ellos? La uncia mamera es pedirselo peor seguro que si lo pedis te quedas sin trabajo depende de lo que vos quieras y puedas hacer
4 febrero 2009 a las 10:42 am
Hola Graciela, acabo de leer tu contestación.
Te cuento que cuando yo cobro mi sueldo, la factura que les hago es a nombre de ellos.
Ultima pregunta para no molestarte más con lo mismo : ellos, tienen obligación de ponerme en relación de dependencia? Hay alguna manera de conseguirlo?
Graciela, muchísimas gracias y disculpá las molestias.
Silvina
4 febrero 2009 a las 8:51 am
Hola silvina:
Ellos se cubren a medias ya que si te despiden vos con testigos podrias demostrar que no sos monotributista seguramente ellos realizan tus facturas a varios clientes como si trabajas para otras personas y no para ellos, vos decidis si te conviene
4 febrero 2009 a las 8:15 am
Graciela, te agradezco tu pronta respuesta.
Cuando yo les dije que estaba en negro, me dijeron que no, porque tenía que sacar el monotributo. Ellos me pagan el monotributo y el porcentaje de ingresos brutos.
Pregunto, tienen obligación de ponerme en blanco o con el tema del monotributo ellos se cubren?
Muchas gracias. Silvina
3 febrero 2009 a las 9:12 pm
Osvaldo V.: no, pasan a ser remunerativas a partir de abril 2009
3 febrero 2009 a las 8:54 pm
la escala salarial del 2008 p/empleados de comercio se mantiene p/todo el 2009 o esta previsto algun cambio?
3 febrero 2009 a las 8:48 pm
tenia entendido que a pàrtir de enero 2009 las cifras no remunerativas pasaban a ser remunerativas, porque el recibo de enero que publican es igual a setiembre de 2008, es realmente así?, gracias
3 febrero 2009 a las 3:48 pm
Graciela, disculapame te moleste nuevamente, respecto a la liquidacion que me pasate p vend B de comercio, media jornada, sin antiguedad, 7 de vacaciones… pregunto el monto fijo no deberia ser $50 y las vacaciones un concepto remunerativo a tener en cuenta para aportes y contribuciones?
HABERES IMPORTE
SUELDO BASICO Vendedora B 23 $ 529,00
VACACIONES 7 $ 193,20
ANTIGÜEDAD 0 $ -
PRESENTISMO $ 60,18
SUMA FIJA (No Remunerativa) $ 100,00
Acuerdo Colectivo Abril 2008 $ 144,44
PRESENTISMO (No Remunerativo) $ 20,37
TOTALES $ 1.047,19
DEDUCCIONES % IMPORTE
JUBILACION 11 $ 64,81
LEY 19032 3 $ 17,68
OBRA SOCIAL OSECAC 3 $ 59,58
F.E.C. 2 $ 20,94
FAECYS 0,50 $ 5,24
DEDUCIONES $ 168,25
IMPORTE $ 878,95
3 febrero 2009 a las 1:55 pm
Hola Gabriel:
La obra social de comercio ya se pagaba por jornada completa. Ahora con la modificación de la Ley de Contrato de trabajo se liquida tambien el sueldo completo, estamos en dudas yo creo que esto es a partir del sueldo de febrero
3 febrero 2009 a las 12:53 pm
Gabriel: tenes que tomar la base sujeta a Obra Social como si fuera la de una jornada completa.
3 febrero 2009 a las 12:51 pm
Silvina: se rige por la ley de contratos de trabajo 20744, el tema es que tendrías que hablar para que te pongan en blanco como empleada en relacion de dependencia para tener los derechos que implica la ley.
3 febrero 2009 a las 12:37 pm
nicolas saenz: la antigüedad es el 0,5% sobre el básico por cada año de antigüedad
3 febrero 2009 a las 12:36 pm
Hola Nicolas Saenz:
1.2% de donde lo sacaste corresponde a partir del mes d ejunio de 2008 0.5 % por año
3 febrero 2009 a las 12:17 pm
Hola Graciela:
Mi consulta es la siguente, como seria la liquidacion de sueldos de media jornada para el mes de enero para comercio, teniendo en cuenta, que la obra social se empieza a aportar por jornada completa?
Saldos
3 febrero 2009 a las 11:12 am
Graciela, yo quisiera saber si las Fundaciones se deben regir por algúna ley de contrato de trabajo para liquidar sueldos.
Te lo pregunto porque yo trabajo en una, nunca me hicieron un contrato, no tengo recibo de sueldo, sólo me hicieron sacar el monotributo y además me están pagando menos que al personal de servicio doméstico.
Para no aumentarnos el sueldo, nos quitaron horas de trabajo. Necesitaría que me orientes en el tema, de ser posible.
Mucnas gracias.
3 febrero 2009 a las 9:43 am
hola
quisera saber como calculan la antiguedad para un empleado de comercio, categoria vendedor b
yo hago el 1.2% por cada año de antig.
gracias por toda la ayuda
2 febrero 2009 a las 7:02 pm
nicolas saenz: la mayoría de los conceptos remunerativos los determina principalmente la ley 20744, algunos son: el básico, licencias por enfermedad o accidente, horas extras, comisiones, licencias especiales, etc. Algunas como la antigüedad, adicional por falla de caja, etc son determinados por el convenio de comercio. Las no remuneraticas son actualmente los aumentos del acuerdo abril 2008
2 febrero 2009 a las 4:39 pm
mi consulta es por las vacaciones, que sumas son las remunerativas?
para empleado de comercio
muchas gracias